Servicio Jurídico APETI

Asesoría Jurídica Responde: “Rampa desmontable: Unica solución viable para la eliminación de barreras arquitectónicas”

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En una comunidad tenemos un propietario que debido a que en la comunidad no se puede realizar una eliminación de barreras arquitectónicas por tres escalones en el portal, solicita que la comunidad le compre unas rampas de quitar y poner para que esos escalones sean accesibles.

¿Tendría la comunidad obligación de comprarle esas rampas, cuando los estudios para accesibilidad son totalmente inviables?. Si con esas rampas hubiese una caída sería responsable la comunidad

 

RESPUESTA:

En primer lugar haría falta que existiera un informe técnico que explicara la situación en que apoyar la solución o la ausencia de solución y que únicamente podría salvarse con una rampa desmontable.

Si es así al seguro de la comunidad se le debe informar sobre la única solución viable para permitir el acceso de la vecina y que estuviera dentro de la cobertura de la póliza.

El coste de la rampa sería gasto de la comunidad así la logística para su instalación y retirada que puede realizarse en la forma en que acuerde la Junta o el Presidente para que sea lo más efectiva posible.