Aspectos clave de la nueva regulación del teletrabajo

Nuevo artículo Supercontable.com, entidad que colabora con nuestro colectivo, relativo a los aspectos claves de la Nueva Ley de Teletrabajo (Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre) que ha sido regulado recientemente.

 

Nuevo artículo Supercontable.com, entidad que colabora con nuestro colectivo, relativo a los aspectos claves de la Nueva Ley de Teletrabajo (Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre) que ha sido regulado recientemente:

 

 

 

Guía práctica para identificarse digitalmente en la Administración

APETI pone a disposición de todos los asociados una guía práctica para identificarse digitalmente en la Administración.

 

Esta guía explica diferentes cuestiones como la tramitación de certificados FNMT sin necesidad de acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria o los Registros de Apoderamiento, opción para realizar trámites en la Sede electrónica en nombre de terceros.

Si eres miembro de APETI y quieres solicitar esta guía, puedes hacerlo a través del correo info@apeti.com o bien llamándonos al teléfono 91 559 02 09 y te la haremos llegar a la mayor brevedad posible.

 

 

 

 

GRUPO LAE: Implantación de la coordinación de actividades empresariales en las comunidades de propietarios

Desde GRUPO LAE, empresa con la nuestro colectivo mantiene un acuerdo de colaboración, nos remiten información esencial para implantar la coordinación de actividades empresariales en las comunidades de propietarios con las que trabajan de los asociados de APETI, como administradores de fincas.

 

Desde GRUPO LAE, empresa con la nuestro colectivo mantiene un acuerdo de colaboración, nos remiten información esencial para implantar la coordinación de actividades empresariales en las comunidades de propietarios con las que trabajan de los asociados de APETI, como administradores de fincas:

 

 

También adjuntamos la documentación que acredita la obligatoriedad de la norma (modificación del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo) así como el comunicado para los presidentes en formato Word y descargable, donde cada una de las comunidades debería incorporar su logo y su nombre como administrador para dirigirse a sus comunidades:

 

 

 

El trabajo de GRUPO LAE respecto a esta medida se compone de dos líneas de actuación:

  • Elaboración del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de cada comunidad redactado por un técnico superior en prevención de riesgos laborales. Como sabe esto sólo se puede realizar si se está acreditado como Servicio de Prevención Ajeno. Visita a todas las comunidades de propietarios.
  • Gestión documental. Se encargan, como Coordinadores de Prevención y en nombre de la comunidad de propietarios y del Administrador, de toda la gestión documental. Solicitaremos a los proveedores cuanta documentación sea necesaria para que se compruebe, legitime y habilite al proveedor para trabajar en condiciones adecuadas en la finca.

El administrador podrá comprobar los detalles en todo momento accediendo a la Plataforma de Coordinación de Actividades, la documentación que han aportado los proveedores. No tendrá que hacer nada. Informaremos en todo momento del grado de cumplimiento de la gestión documental de cada finca y de cada proveedor.

El administrador dispondrá de acceso mediante usuario y contraseña a la plataforma para comprobar la gestión documental. Allí estará toda la documentación subida  de cada proveedor de cada comunidad y podrá descargarla si la necesita.

El trabajo lo realiza GRUPO LAE, para que el AAFF no desvíe tiempo de su  actividad en una labor que asumen los técnicos.

 

 

 

Modelo de representación para actuar ante la Dirección General del Catastro y las Gerencias Regionales y Territoriales del Catastro

Se ha publicado en el BOE la Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el modelo normalizado de representación en los procedimientos tributarios, para actuar ante la Dirección General del Catastro y las Gerencias Regionales y Territoriales del Catastro en los procedimientos tributarios de su competencia que se indican.

 

Este documento tiene validez para acreditar la condición de representante en las actuaciones que se realicen ante la Dirección General del Catastro y las Gerencias del Catastro, incluso en las actuaciones que se pudieran realizar a través de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro o de los registros electrónicos habilitados al efecto.

La importancia de este modelo de representación, para los profesionales inmobiliarios, radica en que permite actuar en los procedimientos de declaración, solicitud, subsanación de discrepancias y rectificación e inspección catastral, así como en los procedimientos de revisión de actos cuya tramitación y resolución corresponda a la Dirección General del Catastro y a sus Gerencias Regionales y Territoriales y, en particular, en el recurso de reposición y en el procedimiento de rectificación de errores.

Aprovechamos la ocasión para recordar que APETI tiene firmado un convenio con DEH Online, que permite obtener y gestionar las firmas digitales y buzones de nuestros clientes de forma sencilla y además puede constituir una fuente de ingresos adicional para el asociado.

 

APETI firma un acuerdo de colaboración con la Consejería de Hacienda y Administración Pública de Extremadura

Nuevo acuerdo de la Asociación Profesional de Expertos Técnicos Inmobiliarios, esta vez, con la Consejería de Hacienda y Administración Pública de Extremadura.

 

El pasado 23 de septiembre fue remitido a todos nuestros asociados una circular informando sobre la formalización del acuerdo de colaboración con la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura mediante el cual los asociados ejercientes de la APETI podrán presentar de forma telemática por cuenta de terceros declaraciones tributarias correspondientes a los tributos gestionados por dicha Comunidad, el cual será publicado en el DOE.

Dicha formalización fue llevada a cabo a través de firma de acuerdo por parte del Presidente de la Asociación, Luis Guirado Pueyo el pasado mes de septiembre.

Esperamos poder remitir muy pronto la notificación de la publicación del Convenio en el DOE a todos nuestros asociados.

La APETI confía en que este nuevo acuerdo resulte de utilidad para asociados que ejercen su profesión en la comunidad autónoma de Extremadura, sirviendo de ayuda en el ejercicio de su profesión.

 

APETI participa en la Semana Europea de la Movilidad

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se nos propuso adherirnos a la campaña de la Semana Europea de la Movilidad 2020.

 

Esta campaña de concienciación va dirigida a sensibilizar, tanto a los responsables políticos como a los ciudadanos, sobre las consecuencias negativas que tiene el uso irracional del coche en la ciudad, tanto para la salud pública como para el medio ambiente, y los beneficios del uso de modos de transporte más sostenibles como el transporte público, la bicicleta, los viajes a pie, los sistemas de coche compartido, etc.

La iniciativa que surgió en Europa en 1999 y que desde el año 2000 cuenta con el apoyo de la Comisión Europea, se celebra cada año, del 16 al 22 de septiembre, realizando actividades para promocionar la movilidad sostenible y fomentando el desarrollo de buenas prácticas y medidas permanentes.
El tema elegido por la Comisión Europea para la campaña de este año es “Por una movilidad sin emisiones”. Esta temática refleja el ambicioso objetivo de alcanzar la neutralidad en las emisiones de carbón para el año 2050, recogido en el Pacto Verde Europeo, resaltando también la importancia de la accesibilidad a sistemas de transporte de cero emisiones y promover un sistema inclusivo para todas las personas.

Desde APETI, concienciados y comprometidos con el desarrollo sostenible, hemos querido formar parte de ella, haciendo difusión entre nuestros asociados, con el fin de que estos se unan a las próximas convocatorias y fomentar así entre todos la concienciación medioambiental.

 

 

Nueva Línea de Avales Inversión: Preguntas frecuentes y cuestiones relevantes

Dentro de las medidas adoptadas por el Ministerio de Economía y Transformación Digital para la protección de autónomos y empresas frente al COVID-19, entra en funcionamiento la nueva Línea de Avales Inversión.

 

Esta nueva línea aprobada por Real Decreto-ley 25/2020 de 3 julio y dotada con 40.000 millones de euros, pretende fortalecer el tejido productivo y atender sus necesidades de liquidez y en particular, las derivadas de la realización de nuevas inversiones.

Tal y como establece el acuerdo en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 28 de julio de 2020, se pone en marcha el primer tramo de la línea por un importe de 8.000 millones de euros, que se distribuirán a su vez en dos subtramos: uno destinado a PYMES y autónomos, dotado con 5.000 millones de euros; y otro dirigido a empresas no PYMES, con una cuantía de 3.000 millones de euros.

En el siguiente enlace puedes acceder al documento en el que se da respuesta a preguntas frecuentes ne relación a este tema, junto con las cuestiones más relevantes del mismo:

 

 

 

AEAT crea dos nuevos trámites para telematizar servicios sin suprimir la vía presencial

Para necesiten obtener certificados, firmas electrónicas y/o apoderamientos,  la AEAT ha creado dos nuevos trámites que tratan de, sin suprimir la vía presencial, telematizar dos servicios.

 

Los nuevos servicios son los siguientes:

1. Respecto al registro de apoderamientos, se ha habilitado un nuevo trámite para dar de alta el apoderamiento sin necesidad de intervención de poderdante. Esta posibilidad requiere que el apoderado con su identificación electrónica remita los documentos públicos que acrediten el apoderamiento que solicita.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Nueva_forma_de_apoderamiento_electronico.shtml

2. Respecto a la solicitud y obtención de los certificados de representante de persona jurídica:
Se ha habilitado un nuevo trámite electrónico que permite la acreditación on line para la solicitud de los certificados de representante de persona jurídica de la FNMT correspondientes a entidades cuyo NIF comience por las letras A, B, C y D.

Puede encontrar toda la información en el siguiente enlace:

 

 

 

Nuevas medidas preventivas para afrontar la crisis sanitaria en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid presenta la actualización y refuerzo de las actuaciones que va a poner en marcha para evitar la propagación del coronavirus tras las vacaciones estivales.

 

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha establecido nuevas medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19, que se había recogido mediante la Orden 688/2020, de 19 de junio, en la que se preveía la facultad de modificar o suprimir las medidas de prevención y contención establecidas o bien adoptar otras adicionales, en caso de ser necesario, en función de la evolución epidemiológica.

Incluimos un análisis de la misma que trata de aclarar la nueva situación, en el siguiente enlace:

 

 

 

¿Sabes los que son los Agentes de la edificación? ¡Te lo contamos!

Los agentes de la edificación son todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación cuyas obligaciones vendrán determinadas por lo dispuesto en la LPH y demás disposiciones que sean de aplicación y por el contrato que origina su intervención.

 

Entre ellos destacaremos las siguientes figuras:

 

El promotor:

Persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título. De entre sus obligaciones destacan facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, gestionar y obtener las diferentes licencias administrativas, suscribir los seguros previstos en el artículo 19, etc.

 

El proyectista:

Es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto. De entre sus obligaciones destacamos que debe estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de personas jurídicas, designar al técnico redactor del proyecto que tenga la titulación profesional habilitante.

 

El constructor:

Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato. Son obligaciones del constructor ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto, designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra, firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra y facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, entre otras.

 

El director de obra:

Es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.