ARRENTA: Estudios de viabilidad del inquilino

Gracias al acuerdo de colaboración que APETI mantiene con ARRENTA Correduría de Seguros, publicamos la información elaborada por dicha empresa, en la que se indica que desde el 1/07/2021 es necesario remitir la autorización de datos del inquilino cuando se solicita el estudio de viabilidad para el seguro de impago de alquiler.

 

La Agencia de Protección de Datos obliga a las compañías aseguradoras y no nos permiten enviar la documentación para valorar sin ese documento, por lo que se puede paralizar el estudio por dicho motivo.

Con el objetivo de agilizar los trámites de los estudios de inquilino para el seguro de impago de alquiler, te rogamos nos remitas dicha autorización desde el inicio de la solicitud de estudio y te recordamos que puedes descargar la documentación actualizada en nuestra página web o iniciar los trámites a través de la contratación online, desde la que es posible automatizar los procesos de firma y envío de documentación. Descargar la autorización de protección de datos aquí.

Puedes consultar en este enlace todas nuestras recomendaciones para que los estudios sean más rápidos y eficaces.

 

Nuevo modelo DOM, Orden de domiciliación bancaria para el pago de aplazamientos y fraccionamientos en Andalucía

La Agencia Tributaria de Andalucía informa sobre el nuevo modelo de solicitud de Domiciliación Bancaria para el pago de aplazamientos y fraccionamientos a los profesionales que operan en representación de terceros a través de Convenios de Colaboración.

 

Se ha puesto a disposición de los profesionales adheridos a Convenios de Colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía, que operan en representación de terceros en la Plataforma de Telemática de Pago y presenación de la Oficina Virtual, un nuevo documento,  el modelo DOM que posibilita la presentación telemática de la solicitud de  Orden de Domiciliación Bancaria para el pago los fraccionamientos y aplazamiento.

En el documento DOM Orden de domiciliación bancaria para el pago de aplazamiento o fraccionamiento se consignarán:

 

A. DATOS DEL DEUDOR

 

B. IDENTIFICACIÓN DEL APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO por cualquiera de las siguientes referencias:

1.- Número de referencia única de expediente APLAFRAC EHcccc  202x nnnnnn

2.- Datos del documento de solicitud de l Aplazamiento o Fraccionamiento

  • Modelo 270: Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento de Deudas de más de 30.000 euros.
  • Modelo 271: Solicitud de aplazamiento o Fraccionamiento de Deudas de hasta 30.000 euros.

3.- Datos del documento de Resolución de concesión del Aplazamiento o Fraccionamiento

RAF 1 9 dígitos

 

C. PRESENTADOR

Al actuar en nombre de terceros, se deberá marcar que el presentador no es el titular de la cuenta bancaria

 

D. DATOS BANCARIOS

Datos del titular de la cuenta: N.I.F. y nombre de la persona física o jurídica titular de la cuenta bancaria utilizada para la domiciliación. No tiene por qué coincidir con el deudor.

 

E. IBAN:

Código de la cuenta bancaria utilizada para la domiciliación.

 

F. SWIFT BIC:

Código de identificación bancaria para transferencias internacionales de la cuenta bancaria utilizada para la domiciliación. Solamente para cuentas en el extranjero.

 

 

Las compraventas e hipotecas totales en mayo se encuentran ligeramente por debajo de 2019

El Colegio de Registradores informa sobre el avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al mes de mayo, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, mediante la comparación de datos con el mismo mes del año anterior. En las comparativas se introduce el dato mensual de mayo de 2019 a efectos de comparar también con el mismo mes del año anterior a la pandemia.

 

El Colegio de Registradores informa sobre el avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al mes de mayo, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, mediante la comparación de datos con el mismo mes del año anterior. En las comparativas se introduce el dato mensual de mayo de 2019 a efectos de comparar también con el mismo mes del año anterior a la pandemia.

Compraventas e hipotecas del mes de mayo

En mayo, el número de compraventas totales se ha incrementado un 145,9% respecto a mayo de 2020. De las 37.809 operaciones realizadas en mayo de 2020, se pasaron a las 92.987 en mayo de este año, un aumento de más de 55.000 operaciones, consecuencia del confinamiento durante el inicio de la pandemia en mayo del año anterior. Con relación al mes de mayo de 2019, en el que se registraron 93.979 operaciones, se constata un ligero descenso, del 1,1%, siendo del -3,8% para compraventas de vivienda.

 

 

En cuanto al número de hipotecas totales en mayo, se han incrementado un 32,2% respecto al mismo mes de 2020, con un aumento similar, del 33,3%, en las de vivienda. En número de operaciones, se han registrado 45.404, frente a las 34.342 del mismo mes del año anterior, lo que supone un aumento de más de 11.000 operaciones. Si se compara con el mes de mayo de  2019, cuando se alcanzaron las 47.187 operaciones, se produce un descenso del 3,8%, siendo del -1,4% en las correspondientes a vivienda.

 

 

Con relación a la evolución anual por CC.AA de las compraventas totales en el mes de mayo respecto al mismo mes del año anterior, se producen aumentos en todos los territorios, por encima del 200,0% en  Murcia, Castilla y León, y Extremadura.

 

 

Por último, el análisis mensual de la evolución anual de compraventas e hipotecas inscritas en los registros de la propiedad durante los últimos doce meses, de junio de 2020 a mayo de 2021, mediante la comparación con el mismo mes del año anterior, muestra los siguientes resultados:

En el apartado de compraventas inscritas y respecto al mismo periodo del año anterior, la evolución desde el inicio de la pandemia muestra caídas que llegaron a superar el 50% en mayo y el 33,4% en junio de 2020, comenzando entonces una tendencia de paulatina recuperación, solo interrumpida en octubre, hasta el mes de diciembre. En enero y febrero los datos volvieron a terreno negativo, -13,5% y -2,0%, remontando con mucha fuerza a partir de marzo, aunque resulte poco significativa la comparación debido a producirse sobre los meses del confinamiento estricto por el primer estado de alarma. En mayo de este año se ha producido el mayor incremento de la evolución anual, alcanzando el 145,9% en las compraventas totales, y del 108,4% para las compraventas de vivienda, siempre respecto al mismo mes del año anterior.

 

En cuanto a las hipotecas totales, los datos mostraron una mayor resistencia que las compraventas durante los primeros meses de la pandemia, en los que se observaron intensas caídas, recuperándose en el mes de agosto y sobre todo en septiembre de 2020, cuando se produjo un incremento del 22,1% en las hipotecas totales. La situación empeoró significativamente durante el último trimestre de 2020, y hasta el mes de febrero continuó con tasas anuales negativas. A partir de marzo, la evolución se estabiliza en cifras superiores al 30% de incremento sobre 2020, que suponen un ligero descenso sobre las hipotecas constituidas en los mismos meses de 2019.

 

 

[Fuente Colegio de Registradores de España]

 

 

Modificación de la estructura y organización territorial de la AEAT en Madrid

Por Resolución de 2 de junio de 2021 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), se ha procedido a modificar la estructura y organización territorial de la AEAT. En particular, se han reestructurado las Administraciones que la AEAT tiene en Madrid.

 

El objeto de esta reestructuración consiste en buscar la mayor eficacia y eficiencia posible, junto con la optimización y racionalización de los recursos disponibles, que deben ser los principios inspiradores de la actuación de la AEAT, facilitando con ello a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y potenciando las labores de control.

Dentro de este proceso, la estructura de la Delegación Especial de la AEAT de Madrid se ha reordenado fusionando en la nueva Administración de Sudeste las anteriores de Vinateros y Villa de Vallecas a partir del próximo 9 de julio de 2021, fecha de entrada en vigor de la citada Resolución. Con esta fusión se inicia un plan de reorganización de las zonas este y sur del término municipal de Madrid, que culminará con la futura integración de la Administración de San Blas.

Los contribuyentes con domicilio fiscal próximo a las Administraciones de Vinateros y Villa de Vallecas serán atendidos, a partir dicha fecha, en la Administración de Sudeste, con independencia de que lo puedan ser también en cualquier oficina de la AEAT, además de en las Administraciones de Asistencia Digital Integral y por cualquiera de los medios de asistencia telemáticos que la AEAT pone a su disposición.

La dirección de la nueva Administración de Sudeste es Av. Vinateros, 51, 28030-Madrid (actual dirección de la Administración de Vinateros).

Trasladamos esta información con el objeto de evitar, en la medida de lo posible, molestias y confusiones innecesarias, confiando en que esta medida redundará en una mejora de los servicios que presta la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Madrid gracias, como ya se ha comentado, a una mejor utilización de los recursos disponibles para ello.