«Hay que unirse, no para estar juntos, sino para hacer algo juntos»

Vivimos tiempos complicados. Nuestras vidas han cambiado de la noche a la mañana y probablemente, todos cambiemos un poco a partir de ahora. Porque lo que ocurre no deja impasible a nadie. Leemos, vemos y escuchamos las noticias, siendo testigos del esfuerzo de aquellos que estos días están ‘en primera línea de fuego’ y preguntándonos qué podríamos hacer para poner las cosas más fáciles…

 

Y nuestro Colectivo no iba ser menos. Son ya varios los compañeros y miembros de la Junta Directiva los que nos han hecho llegar su propuesta de solidaridad: una donación de 15€ por asociado, cuya recaudación, en representación de la APETI, será destinada para la compra de material sanitario.

Habiendo valorado esta iniciativa, desde la Asociación decidimos respaldar la propuesta, con el total convencimiento de que cada uno de vosotros la verá con buenos ojos, aunque entendemos perfectamente las circunstancias personales de cada uno, y por ello, obviamente. la acción tiene carácter totalmente voluntario.

En este sentido creemos que la forma más objetiva y transparente de llevarla a cabo es dirigiendo dicha donación al Ministerio de Sanidad a través del Banco de España.

 

#JuntosLoConseguiremos

#GraciasPorSerAPETI

 

Convenio de colaboración para la presentación telemática de autoliquidaciones

En el marco de la Colaboración Social con las Administraciones Públicas, tanto estatales como autonómicas, con el propósito de  favorecer la actividad profesional, APETI está suscribiendo convenios de colaboración con dichas Administraciones.

 

En este caso y ya de forma oficial, nos congratulamos por la autorización otorgada por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha.

En este sentido os comunicamos que los asociados de APETI ya pueden suscribir el formulario de adhesión individualizado, rogando que aquellos interesados sigan el procedimiento indicado en el Portal Tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, en el que se ha puesto a disposición de los nuevos colaboradores sociales en la aplicación de los tributos, un programa de ayuda específico para cumplimentar y presentar en el registro electrónico tributario la solicitud individual de adhesión a convenios de colaboración social en la aplicación de los tributos que se recomienda sea utilizado a partir de ahora, debido a que ésta será la forma más rápida de resolver las solicitudes.

El nuevo programa de ayuda permite cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo 434 de adhesión individual a un convenio de colaboración social en la aplicación de los tributos. El enlace para su cumplimentación se encuentra en el Portal Tributario:
( https://portaltributario.jccm.es/ ).

 

 

¿Cómo solicitar aplazamientos para PYMES y Autónomos?

Indicamos las instrucciones para solicitar aplazamientos de acuerdo con las reglas de facilitación de liquidez para PYMES y autónomos contempladas en el Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de marzo, adaptadas a las medidas técnicas desarrolladas, así como los puntos más importantes del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, en la parte que se refiere a los aspectos generales de las moratorias y aplazamientos de cuotas de la Seguridad Social

 

El Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, contempla una serie de medidas para la flexibilización de aplazamientos para pymes y autónomos. Con carácter provisional, los contribuyentes que, en virtud del Real Decreto-ley, quieran acogerse a las medidas de flexibilización de aplazamientos incluidas en el mismo, deberán proceder de acuerdo con las siguientes instrucciones:

 

 

Asimismo, resumimos en este documento los puntos más importantes del RD-Ley 11/2020, de 31 de marzo en la parte que se refiere a los aspectos generales de las moratorias y aplazamientos de cuotas de la Seguridad Social, que pensamos que puede resultaros de utilidad para vuestra actividad en estos momentos:

 

 

Aplazamiento del ‘Segundo Dividendo Digital’ a causa del COVID-19

El Segundo Dividendo Digital es un proceso por el cual se va a liberar la banda de 700 megahercios (MHz) del espectro radioeléctrico para desplegar en ella las  futuras redes de telecomunicaciones 5G.

 

Desde nuestro blog, incluimos información sobre el aplazamiento por parte del Gobierno para completar el Segundo Dividendo Digital, una vez que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha comunicado a la Comisión Europea que, debido a la situación excepcional derivada de la pandemia del COVID-19, ha decidido aplazar la fecha para la liberación de la banda de 700 MHz, proceso conocido como Segundo Dividendo Digital.

 

 

 

Porque no todo son malas noticias…

En esta ocasión, y haciendo un pequeño paréntesis en la vorágine de noticias que nos inundan y nos preocupan en estos días, nos dirigimos de  nuevo a vosotros para comunicaros un acontecimiento muy especial.

 

Hemos meditado mucho si era procedente en estos momentos el compartir con vosotros esta noticia y finalmente, pensamos que hacer un hueco a las buenas noticias y al optimismo, nunca está de más. Somos conscientes de que vivimos unos tiempos difíciles, dramáticos en muchos casos, pero como no nos hemos cansado de repetir en los últimos días, estamos convencidos de que esto pasará y que juntos superaremos las complicaciones, saliendo incluso más reforzados en lo personal y con más energía en lo profesional.

Y precisamente con el crecimiento, la superación y la fuerza, tiene que ver lo que hoy os contamos. Porque tras casi tres décadas de trayectoria, nuestra Asociación da un paso más allá y continuando con la renovación interna que en muchos aspectos hemos ido experimentando desde hace más de un año, nos renovamos también por fuera, con el firme propósito de posicionarnos como colectivo de referencia en nuestro sector profesional.

Por ello y para ello… ¡Estrenamos nueva imagen corporativa!. Un cambio que se centra sobre todo en la modificación de nuestro logotipo y que supone un nuevo capítulo en la trayectoria de la Asociación, haciendo evolucionar la seña de identidad que ha acompañado a la APETI desde sus inicios.

Con este cambio, nuestro colectivo se moderniza, evolucionando hacia algo más actual, más cercano y más optimista, pero manteniendo y transmitiendo los valores corporativos que nos caracterizan:

  • Profesionalidad
  • Transparencia
  • Calidad
  • Compromiso

Porque de eso se trataba, de conservar nuestra esencia, acercándonos más a nuestros diferentes públicos objetivos, a vosotros, a nuestro cliente final, a entidades públicas y privadas y a los medios de comunicación.

Por eso, nuestro color es el mismo, pero las formas son otras. Y ahora, incluyendo ya un ‘símbolo’ que hacemos nuestro a través de este logotipo y que nos permitirá tener una presencia más contundente en todos los soportes digitales en los que ya empezamos a estar más que presentes, como es el caso de las redes sociales, haciendo mucho más sencilla nuestra identificación.

Solo nos queda añadir que hemos trabajado en este proyecto que hoy ve la luz, con mucho esfuerzo y mucha ilusión, y que seguimos trabajando en esta renovación, de la cual os mantendremos informados. Por eso, estamos felices de poder compartirlo con vosotros, a modo de ‘regalo’ en este momento que nos toca vivir, con todo el optimismo del que somos capaces puesto en el futuro y con el convencimiento de que yendo todos juntos… ¡solo podemos crecer!.

Y si os ha extrañado no ver ningún logo en la imagen de este post, como es lo habitual, es porque hemos querido dejar lo mejor para el final… 😉

 

 

Resumen del Real Decreto-ley 11/2020 de medidas urgentes complementarias

El pasado 31 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

 

En el documento al que podéis acceder a través de este enlace, tratamos de resumir el contenido del mismo:

 

No obstante incluimos también el enlace para acceder al texto íntegro:

 

 

 

¿Cómo afecta a los ETI’s la regulación del permiso retribuído?

El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo recoge una medida totalmente nueva que entró en vigor el pasado 30 de marzo (con moratoria de 1 día para adaptarse) hasta el 9 de abril (ambos inclusive) y que consiste en la regulación de un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

 

El presente real decreto-ley se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

¿Cómo nos afecta a los ETI’s administradores de fincas?

El referido RDL en su artículo 1 recoge el ámbito de aplicación del mismo:

El presente real decreto-ley se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Por lo tanto, no afecta a otras personas que no se encuentren en ese ámbito de relación laboral.

Asimismo, regula en el anexo 2 las excepciones previstas:

No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente real decreto-ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena.

En el apartado 16 de dicho anexo se establece:

Las que prestan servicios en despachos y asesorías legales, gestorías administrativas y de graduados sociales, y servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes.

Por lo tanto, si Vd. es autónomo que se desplaza a su despacho de su titularidad que se encuentra cerrado al público para poder realizar: ”…… sus funciones, teléfono, correo electrónico, esta semana están los gastos generales que hay que emitirlos y mandarlos telemáticamente, cerrar el trimestre contablemente, etc.”, tareas que son urgentes para el mantenimiento del servicio a los clientes y en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración, podría realizarlo debiendo acreditar ante las Fuerzas de Seguridad esas circunstancias (autónomo, titular del Despacho y a lo que se dedica) cuando le paren en los controles que pueda encontrarse de camino al despacho y a su regreso.

Además de todo ello significamos que en el apartado 18 se establece como esenciales las actividades:

Las que presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia, así como que presten servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos y transporte y retirada de subproductos o en cualquiera de las entidades pertenecientes al Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Dichos servicios, en cuanto a su organización, control y supervisión están enmarcados dentro de las funciones del administrador de fincas.

 

El paro aumentó en 302.000 personas y los afiliados descendieron en 800.000

Según el Ministerio de Trabajo “a 31 de marzo, el número de personas afiliadas a la Seguridad Social fue de 18.445.436, lo que supone que hasta ese día el sistema perdió 833.979 afiliados.”

 

Este dato es necesario verificarlo el último día del mes ya que expresa con mayor fiabilidad la evolución de empleo y, en este caso excepcional, la repercusión del COVID19.

También destaca que “por sectores los mayores descensos (desde el 12 de marzo) se han registrado en Construcción (-17,08%), Hostelería (-14,27%), Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares (8,91%), Educación (-5,24%), Transporte y Almacenamiento (-4,76%). En Actividades Sanitarias ha crecido en 7.085 afiliados.”

Los datos de afiliación incluyen también a  los afectados por los Expedientes de Regulación de Temporal de Empleo (ERTE) por el COVID-19.

Los datos en comparación con el pasado año 2019 esclarece que el cómputo interanual de afiliación media para el mes de marzo queda en un saldo negativo de -36.817 ocupados, siendo el mayor retroceso el de Régimen General con una bajada del 0.21%.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos respecto a marzo de 2018 restó 1.562 ocupado y el Régimen del Mar bajó en 1.772 ocupados, además el Carbón decrece en 323 afiliados.

Por comunidades autónomas, el número de afiliados bajó a excepción de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Navarra y Cantabria.

Destacan los descensos en Andalucía, Canarias y Cataluña.

Guía práctica para gestionar el teletrabajo

Dada la situación de emergencia sanitaria, el artículo 5 del Real Decreto publicado el pasado 18 de marzo y por el que se decretaba el estado de alarma, establece el carácter preferente del trabajo a distancia en esta situación.

 

El RD indica que «se establecerán sistemas de organización que permitan mantener la actividad por mecanismos alternativos, particularmente por medio del trabajo a distancia, debiendo la empresa adoptar las medidas oportunas si ello es técnica y razonablemente posible y si el esfuerzo de adaptación necesario resulta proporcionado».

En este sentido, aquí os dejamos una guía elaborada por la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital de la Generalitat Valenciana, que incluye indicaciones prácticas para la empresa y personal de la misma, relativas también al teletrabajo.

 

 

 

Modelo para la suspensión de contrato de arrendamiento

Publicamos un documento de utilidad, a los efectos de solicitar la suspensión del contrato de arrendamiento de local de negocio, por parte del arrendador al arrendatario, como consecuencia del COVID-19.

 

Accediendo a este enlace, podréis descargaros el documento en formato Word, para así poder completarlo de forma personalizada en cada caso: