El TS condena al Estado a devolver la plusvalía municipal cobrada indebidamente

El impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos, que suele asfixiar a contribuyentes y mantiene en vilo a abogados y administradores, deberá ser ahora devuelto por el Estado, según el fallo del Tribunal Supremo.

Dicho órgano condenó al Estado el pasado 21 de noviembre,  por el impuesto que ha sido cobrado indebidamente y  tras previa sentencia que avalaba la opción de los contribuyentes a reclamar por daños y perjuicios.

El hecho de solicitar responsabilidad patrimonial es debido al artículo 32 de la Ley 40/2015 de Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas en cuyo apartado cuatro estipula que “si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada”, por lo que se recurrirá al citado apartado una vez se hayan agotado todas las vías judiciales, habiendo una sentencia desestimatoria de un recurso contra la decisión administrativa.

En este último fallo, el Tribunal Supremo ha certificado la disminución patrimonial que existe entre adquisición y transmisión del inmueble, procediendo a estimar el recurso interpuesto, lo que lleva a la imposición de las costas al Estado.