Porque no todo son malas noticias…

En esta ocasión, y haciendo un pequeño paréntesis en la vorágine de noticias que nos inundan y nos preocupan en estos días, nos dirigimos de  nuevo a vosotros para comunicaros un acontecimiento muy especial.

 

Hemos meditado mucho si era procedente en estos momentos el compartir con vosotros esta noticia y finalmente, pensamos que hacer un hueco a las buenas noticias y al optimismo, nunca está de más. Somos conscientes de que vivimos unos tiempos difíciles, dramáticos en muchos casos, pero como no nos hemos cansado de repetir en los últimos días, estamos convencidos de que esto pasará y que juntos superaremos las complicaciones, saliendo incluso más reforzados en lo personal y con más energía en lo profesional.

Y precisamente con el crecimiento, la superación y la fuerza, tiene que ver lo que hoy os contamos. Porque tras casi tres décadas de trayectoria, nuestra Asociación da un paso más allá y continuando con la renovación interna que en muchos aspectos hemos ido experimentando desde hace más de un año, nos renovamos también por fuera, con el firme propósito de posicionarnos como colectivo de referencia en nuestro sector profesional.

Por ello y para ello… ¡Estrenamos nueva imagen corporativa!. Un cambio que se centra sobre todo en la modificación de nuestro logotipo y que supone un nuevo capítulo en la trayectoria de la Asociación, haciendo evolucionar la seña de identidad que ha acompañado a la APETI desde sus inicios.

Con este cambio, nuestro colectivo se moderniza, evolucionando hacia algo más actual, más cercano y más optimista, pero manteniendo y transmitiendo los valores corporativos que nos caracterizan:

  • Profesionalidad
  • Transparencia
  • Calidad
  • Compromiso

Porque de eso se trataba, de conservar nuestra esencia, acercándonos más a nuestros diferentes públicos objetivos, a vosotros, a nuestro cliente final, a entidades públicas y privadas y a los medios de comunicación.

Por eso, nuestro color es el mismo, pero las formas son otras. Y ahora, incluyendo ya un ‘símbolo’ que hacemos nuestro a través de este logotipo y que nos permitirá tener una presencia más contundente en todos los soportes digitales en los que ya empezamos a estar más que presentes, como es el caso de las redes sociales, haciendo mucho más sencilla nuestra identificación.

Solo nos queda añadir que hemos trabajado en este proyecto que hoy ve la luz, con mucho esfuerzo y mucha ilusión, y que seguimos trabajando en esta renovación, de la cual os mantendremos informados. Por eso, estamos felices de poder compartirlo con vosotros, a modo de ‘regalo’ en este momento que nos toca vivir, con todo el optimismo del que somos capaces puesto en el futuro y con el convencimiento de que yendo todos juntos… ¡solo podemos crecer!.

Y si os ha extrañado no ver ningún logo en la imagen de este post, como es lo habitual, es porque hemos querido dejar lo mejor para el final… 😉

 

 

Resumen del Real Decreto-ley 11/2020 de medidas urgentes complementarias

El pasado 31 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

 

En el documento al que podéis acceder a través de este enlace, tratamos de resumir el contenido del mismo:

 

No obstante incluimos también el enlace para acceder al texto íntegro:

 

 

 

¿Cómo afecta a los ETI’s la regulación del permiso retribuído?

El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo recoge una medida totalmente nueva que entró en vigor el pasado 30 de marzo (con moratoria de 1 día para adaptarse) hasta el 9 de abril (ambos inclusive) y que consiste en la regulación de un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

 

El presente real decreto-ley se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

¿Cómo nos afecta a los ETI’s administradores de fincas?

El referido RDL en su artículo 1 recoge el ámbito de aplicación del mismo:

El presente real decreto-ley se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Por lo tanto, no afecta a otras personas que no se encuentren en ese ámbito de relación laboral.

Asimismo, regula en el anexo 2 las excepciones previstas:

No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente real decreto-ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena.

En el apartado 16 de dicho anexo se establece:

Las que prestan servicios en despachos y asesorías legales, gestorías administrativas y de graduados sociales, y servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes.

Por lo tanto, si Vd. es autónomo que se desplaza a su despacho de su titularidad que se encuentra cerrado al público para poder realizar: ”…… sus funciones, teléfono, correo electrónico, esta semana están los gastos generales que hay que emitirlos y mandarlos telemáticamente, cerrar el trimestre contablemente, etc.”, tareas que son urgentes para el mantenimiento del servicio a los clientes y en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración, podría realizarlo debiendo acreditar ante las Fuerzas de Seguridad esas circunstancias (autónomo, titular del Despacho y a lo que se dedica) cuando le paren en los controles que pueda encontrarse de camino al despacho y a su regreso.

Además de todo ello significamos que en el apartado 18 se establece como esenciales las actividades:

Las que presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia, así como que presten servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos y transporte y retirada de subproductos o en cualquiera de las entidades pertenecientes al Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Dichos servicios, en cuanto a su organización, control y supervisión están enmarcados dentro de las funciones del administrador de fincas.

 

El paro aumentó en 302.000 personas y los afiliados descendieron en 800.000

Según el Ministerio de Trabajo “a 31 de marzo, el número de personas afiliadas a la Seguridad Social fue de 18.445.436, lo que supone que hasta ese día el sistema perdió 833.979 afiliados.”

 

Este dato es necesario verificarlo el último día del mes ya que expresa con mayor fiabilidad la evolución de empleo y, en este caso excepcional, la repercusión del COVID19.

También destaca que “por sectores los mayores descensos (desde el 12 de marzo) se han registrado en Construcción (-17,08%), Hostelería (-14,27%), Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares (8,91%), Educación (-5,24%), Transporte y Almacenamiento (-4,76%). En Actividades Sanitarias ha crecido en 7.085 afiliados.”

Los datos de afiliación incluyen también a  los afectados por los Expedientes de Regulación de Temporal de Empleo (ERTE) por el COVID-19.

Los datos en comparación con el pasado año 2019 esclarece que el cómputo interanual de afiliación media para el mes de marzo queda en un saldo negativo de -36.817 ocupados, siendo el mayor retroceso el de Régimen General con una bajada del 0.21%.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos respecto a marzo de 2018 restó 1.562 ocupado y el Régimen del Mar bajó en 1.772 ocupados, además el Carbón decrece en 323 afiliados.

Por comunidades autónomas, el número de afiliados bajó a excepción de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Navarra y Cantabria.

Destacan los descensos en Andalucía, Canarias y Cataluña.