No todas las derramas son obligatorias: cuándo puedes negarte a pagar

Abonar una derrama es, por norma general, una responsabilidad que corresponde a los propietarios de una comunidad de vecinos. Estas aportaciones extraordinarias se utilizan para hacer frente a gastos que no estaban previstos inicialmente o para costear determinadas actuaciones y obras que quedan fuera de las cuentas ordinarias de la comunidad.

 

No obstante, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece determinadas situaciones en las que un propietario puede quedar al margen de este pago. Esto puede suceder cuando se trata de mejoras que no resultan imprescindibles para mantener el edificio en condiciones adecuadas de conservación, seguridad o accesibilidad. Entre ellas pueden encontrarse determinadas actuaciones cuyo objetivo principal sea mejorar la estética o embellecer las zonas comunes.

En estos casos, los propietarios que hayan votado en contra de la actuación no tendrán que hacerse cargo de la derrama correspondiente a esa mejora estética. Sin embargo, tampoco podrán disfrutar de ella mientras no participen económicamente en su financiación.

Esta posibilidad de no asumir el coste de determinadas mejoras consideradas innecesarias se encuentra relacionada con el artículo 17.4 de la mencionada normativa, que establece lo siguiente: “Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características”.

 

 

[Fuente «La Razón»]