Los retos de las comunidades de propietarios del siglo XXI

Nuestras viviendas deben adaptarse a los nuevos tiempos y el trabajo de los propietarios se centra ahora en mejorarlas infraestructuras para hacer sus hogares más sostenibles, seguros y accesibles.

 

Algunas de las más famosas series de televisión de los últimos tiempos han puesto bajo el foco de forma satírica las comunidades de propietarios. Han dado lugar a personajes que forman parte del imaginario audiovisual español convirtiendo en contenido humorístico los debates que tienen lugar en el contexto de una comunidad de vecinos que debe tomar decisiones en cada junta para que las zonas comunes se mantengan en condiciones y para que nuestros edificioscumplan con todas las normativasrequeridas.

Pero, ¿cuáles son los principales retos a los que deben hacer frente las comunidades de vecinos hoy en día? Lo cierto es que España tiene un parque inmobiliario envejecido y esto provoca que los esfuerzos de muchas comunidades de propietarios se están centrando en renovar unas viejas fachadas que suponen una gran pérdida de energía; en adaptarlas zonas comunes a las personas con movilidad reducida; y en mejorar la seguridad.

Ha habido dos factores que nos han llevado a todos a girar la mirada hacia el gasto energético. Por un lado, la concienciación colectiva de que hay que cuidar el planeta en el que vivimos,para lo cual hay que reducir la demanda energética y lograr al mismo tiempo que esta sea más limpia. Por otro lado, la escalada del precio de la energía como consecuencia de la subida de la inestabilidad en materia de geopolítica internacional nos ha obligado a reflexionar sobre las formas que existen en gastar menos energía para bajar así las facturas del gas o de la luz.

 

[Fuente «Diario Vasco»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: “Hacer una vivienda en un local de una comunidad”

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

El propietario de este local en una comunidad que administramos quiere hacer una vivienda en el mismo, ha consultado con el ayuntamiento y según indican los documentos adjuntos le darían el permiso. Nuestra consulta es:

¿Tendría que solicitar autorización a la comunidad?

¿Variaría la cuota de participación en la comunidad?

En este caso en concreto también estaría interesado en cambiar la entrada y realizarla por el interior del portal, ¿el acuerdo tendría que ser por mayoría o unanimidad?.

 

RESPUESTA:

Existe un doble ámbito:

 

Administrativo:

Es necesario cumplir una serie de trámites de carácter administrativo:

  1. Conseguir la aprobación del proyecto técnico de cambio de uso de local a vivienda ante el Ayuntamiento.
  2. Pagar las tasas e impuestos municipales que suponen la solicitud de una licencia de obras.
  3. Realizar la declaración de alteración catastral, a fin de constatar el cambio de local a vivienda.
  4. Solicitar la cédula de habitabilidad y el certificado de eficiencia energética.
  5. Una vez terminada la obra necesitarás obtener la licencia de primera ocupación, presentando en el Ayuntamiento el certificado de final de obra, así como la declaración de alteración catastral.
  6. Registrar la nueva vivienda mediante un notario

 

Civil-Ley de Propiedad Horizontal:

El derecho de propiedad privada constituye un derecho reconocido por el artículo 33 de la Constitución Española y en el ámbito de la Propiedad Horizontal, las comunidades pueden establecer limitaciones o prohibiciones a la propiedad que velen por los intereses generales de sus miembros, como la realización de determinadas actividades o el cambio de uso de la propiedad. Eso sí, hay que tener en cuenta que, para que surta efecto plenamente, tiene que haber sido inscrito en el Registro de la Propiedad.

Esto quiere decir que los copropietarios no pueden verse privados de ejercer su derecho a la propiedad de la manera que consideren oportuna a menos que este uso quede legalmente prohibido o que el cambio de destino se limite de manera expresa en la Ley de Propiedad Horizontal, el Título Constitutivo o los Estatutos.

La descripción que se hace en el título constitutivo no significa limitación alguna salvo que expresa y específicamente se prohíba la alteración del uso o destino de esos elementos privativos. La doctrina del Tribunal Supremo considera que la mera descripción del inmueble no supone una limitación del uso o de las facultades dominicales, sino que la eficacia de una prohibición de esta naturaleza, exige de una estipulación clara y precisa que la establezca.

No obstante, si se quiere modificar la fachada, el portal abriendo nuevas puertas en el portal. Para ello necesitará acuerdo de la junta, que permita dichas alteraciones en la estructura, y estética del edificio.

En el caso de que fuera necesario, sería de aplicación el artículo 10.3.b de la LPH que dice lo siguiente: “Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna parte; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio. En estos supuestos deberá constar el consentimiento de los titulares afectados y corresponderá a la Junta de Propietarios, de común acuerdo con aquéllos, y por mayoría de tres quintas partes del total de los propietarios, la determinación de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda. La fijación de las nuevas cuotas de participación, así como la determinación de la naturaleza de las obras que se vayan a realizar, en caso de discrepancia sobre las mismas, requerirá la adopción del oportuno acuerdo de la Junta de Propietarios, por idéntica mayoría. A este respecto también podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la Ley.”

No obstante si el inmueble no requiere de modificación de elementos comunes, el propietario podrá engancharse a elementos o servicios comunes siempre que técnicamente sea posible y corra con los gastos. La cuota de participación de la nueva vivienda será la misma que tenía el local de negocio.

Todo dependerá del proyecto y si se produce o no alteración de los elementos comunes.

 

 

ESINE: La ventana Inmobiliaria. Boletín nº135 – Noviembre 2023

Enlazamos desde este post el último boletín del Campus ESINE, centro de estudios técnicos y empresariales, con toda la información de actualidad sobre el sector inmobiliario.

 

      • Alicante, Málaga, Valencia y Barcelona son las provincias que más pagan a ‘tocateja’.
      • Gobierno y plataformas a favor del Reglamento Europeo de pisos turísticos.
      • El euríbor se sitúa en octubre en el 4,16%.
      • El real state roza los 1,5 millones de trabajadores.
      • Las casas de marca o “branded residences” se expanden en España.

 

 

 

 

+QUE INMOBILIARIO: La actualidad y la excelencia como empresario autónomo

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Esta semana, nos han acompañado Luis Guirado, Presidente de APETI y Fernando Fernández Duque, vocal de la Junta Directiva, para comentar la actualidad inmobiliaria. Además, Guirado respondió a alguna de las consultas de nuestros oyentes sobre administración de fincas y Sebastián Linde, asociado de APETI y ganador del premio CEPYME al mejor Empresario Autónomo, nos dio las claves de una trayectoria profesional de éxito.

 

Esta semana, una vez más, Luis Guirado, Presidente de APETI, y Francisco Rosales, Vocal de APETI, acompañaron a Gracia Calleja, presentadora del programa, para comentar la ‘Actualidad Inmobiliaria’ de la semana:

  • Por qué en 11 provincias de España la vivienda de protección oficial es más cara que la libre de mercado.
  • Cómo invertir en ciencias de la vida a través del sector inmobiliario.
  • ¿Se pueden compensar las pérdidas por la venta de varias fincas rústicas?.
  • . La participación de los jóvenes en el mercado inmobiliario se desploma hasta el 41%.

 

Esta semana trajimos de nuevo a nuestro programa la sección de “Tu Administrador Responde”, en la que el Presidente de APETI dio respuesta a las dudas suscitadas sobre cuestiones relativas a la convivencia en comunidades de propietarios. Cuestiones básicas, que siguen planteando dudas, como son la de determinar cuáles son los gastos que no requieren acuerdos en junta; el derecho de adquisición preferente por parte del arrendador de un local perteneciente a una comunidad de propietarios, o el reparto de fondos comunitarios.

Además, en el ‘Espacio del Asociado’, recibimos en nuestro programa a Sebastián Linde, asociado de APETI desde 2014 y experto en administración de fincas. Sebastián es el fundador de LINDE & BARRAGÁN, S.L., una empresa creada en 2011 y formada por profesionales del sector inmobiliario y jurídico, con gran experiencia profesional dedicada al sector inmobiliario, en la que ejerce junto a Mercedes Barragán Valdivia, Abogada, que se encarga de la gestión del área jurídica de la empresa.

Sebastián Linde Rodríguez, fue premiado en 2021 con el galardón de Empresario Autónomo del Año, durante la VII Edición de los Premios de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, CEPYME. Premio que recibió de las manos de S.M. el Rey Felipe VI. Y durante su entrevista nos contó, entre otras cosas, sobre su negocio y cómo comenzó su viaje como empresario autónomo, para acabar recibiendo un galardón de esta envergadura.

Puedes ver la entrevista completa en nuestro canal de YouTube:

 

 

Si no pudiste escuchar el programa de esta semana, aquí te dejamos el enlace del vídeo emitido en directo en la página corporativa de Gran Vía Radio:

 

 

Y recuerda, que te esperamos el próximo martes, 14 de noviembre a las 11:00h (las 10.00h en Canarias) a través de cualquiera de estos canales:

Sintonizando desde cualquiera de estas ciudades las siguientes frecuencias…
  • Barcelona: 95.8 FM
  • Madrid: TDT y Dab+
  • Valencia: 93.7 FM y Dab+
  • Sevilla (Onda Joven): 100.1 FM
Descargándote la app de Gran Vía Radio…