¿Te suena DEH Online?

¿Te suena DEH Online, empresa líder en emisión de certificados digitales? Pues APETI tiene un convenio de colaboración con ella ¡benefíciate de sus ventajas!

 

Debido a las dificultades provocadas por la pandemia, que a veces nos impiden desplazarnos para realizar diversas actividades profesionales APETI recuerda el acuerdo de colaboración que tiene con DEH Online, empresa que ofrece en el mercado, como Autoridad de Registro, servicios de emisión de certificados digitales y, además, vigilancia de las notificaciones electrónicas emitidas por las Administraciones Públicas (AA. PP.) y centralización de certificados digitales en la nube.

 

Si eres asociado de la APETI te beneficiarás con diferentes ventajas exclusivas para sus asociados entre ellas descuentos exclusivos en sus servicios.

 

Si deseas ampliar información llámanos o ponte en contacto directo con DEH Online, no te olvides de facilitar tu número de asociado.

 

 

Dos noticias en una, con el apoyo de APETI

Si eres un profesional de la administración de fincas o tienes una agencia inmobiliaria y presentas impuestos de tus clientes APETI te da todo el soporte

 

La Agencia Tributaria de Andalucía ha modificado los requisitos para autorizar a los profesionales que presenten los impuestos de sus clientes en nombre de ellos.

Desde el uno de febrero se exige que el colaborador/presentador esté asociado a un colectivo profesional que tenga convenio de colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía.

Durante este mes de enero los profesionales del sector han recibido una comunicación por parte de la Agencia Tributaria de Andalucía en la que eran informados sobre esta situación; debido a ello numerosos profesionales han contactado con la APETI, la cual tiene convenio de colaboración con las distintas Agencias Tributarias de las comunidades autónomas de España, y han sido informados del proceso y pasos a dar para su alta y adhesión al convenio.

Si eres profesional y te encuentras en esta situación no dudes en contactar con APETI, nosotros te ayudaremos con todo el proceso.

 

Además… APETI remite a la AEAT listado con sus asociados peritos tasadores

 

Como cada año, la Asociación Profesional ha recibido comunicado por parte de la AEAT con el fin que remitamos el listado de nuestros profesionales peritos asociados.

Dicho listado quedó remitido a mediados de enero tras comunicado y por ello tenemos el placer de comunicar que han quedado todos añadidos satisfactoriamente, deseándoles mucha suerte en la realización de su actividad.

 

 

El importe medio de las hipotecas aumenta un 5,5%

El número de hipotecas constituidas sobre viviendas es de 28.756, un 2,4% menos que en noviembre de 2019. El importe medio es de 136.676 euros, con un aumento del 5,5%.

 

El importe medio de las hipotecas sobre el total de fincas inscritas en los registros de la propiedad en noviembre (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) es de 143.473 euros, un 4,4% superior al del mismo mes de 2019.

 

Hipotecas constituidas por naturaleza de la finca

Por naturaleza de la finca, las hipotecas constituidas sobre viviendas concentran el 70,3% del capital total prestado en el mes de noviembre.

 

Evolución mensual de las hipotecas constituidas sobre viviendas

Para contribuir al análisis e interpretación de los datos, el gráfico siguiente muestra la variación del número de hipotecas sobre viviendas entre los meses de noviembre y octubre en los cinco últimos años. En 2020 la tasa mensual es del 1,8%.

 

Tipo de interés de las hipotecas

Para las hipotecas constituidas sobre el total de fincas en noviembre, el tipo de interés medio al inicio es del 2,39% y el plazo medio de 24 años. El 52,6% de las hipotecas son a tipo de interés variable y el 47,4% a tipo fijo. El tipo de interés medio al inicio es del 2,05% para las hipotecas a tipo variable y del 2,86% para las de tipo fijo.

En las hipotecas constituidas sobre viviendas, el tipo de interés medio es del 2,45% y el plazo medio de 25 años. El 50,8% de las hipotecas sobre viviendas se constituye a tipo variable y el 49,2% a tipo fijo. El tipo de interés medio al inicio es del 2,19% para las hipotecas sobre viviendas a tipo variable y del 2,77% para las de tipo fijo.

 

Hipotecas con cambios registrales

El número total de hipotecas con cambios en sus condiciones inscritas en los registros de la propiedad es de 14.058, un 220,1% más que en noviembre de 2019. Atendiendo a la clase de cambio en las condiciones, en noviembre se producen 11.365 novaciones (o modificaciones producidas con la misma entidad financiera), con un aumento anual del 246,1%. Por su parte, el número de operaciones que cambian de entidad (subrogaciones al acreedor) sube un 147,7%, y el de hipotecas en las que cambia el titular del bien hipotecado (subrogaciones al deudor) un 133,0%.

 

Hipotecas con cambios en sus condiciones de tipo de interés

De las 14.058 hipotecas con cambios en sus condiciones, el 20,4% se deben a modificaciones en los tipos de interés. Después del cambio de condiciones, el porcentaje de hipotecas a interés fijo aumenta del 18,6% al 34,7%, mientras que el de hipotecas a interés variable disminuye del 79,8% al 61,3%. El Euribor es el tipo al que se referencia el mayor porcentaje de hipotecas a tipo variable, tanto antes del cambio (65,8%), como después (50,7%). Tras la modificación de condiciones, el interés medio de los préstamos en las hipotecas a tipo fijo disminuye 1,6 puntos y el de las hipotecas a tipo variable baja 0,5 puntos.

 

Resultados por comunidades autónomas

Las comunidades con mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en noviembre son Andalucía (5.474), Comunidad de Madrid (5.087) y Cataluña (4.711). Las comunidades en las que se presta más capital para la constitución de hipotecas sobre viviendas son Comunidad de Madrid (1.033,3 millones de euros), Cataluña (750,5 millones) y Andalucía (626,5 millones). Las comunidades que presentan las mayores tasas de variación anual en el capital prestado son Castilla–La Mancha (31,9%), Aragón (30,8%) y Galicia (21,0%). Por su parte, Illes Balears (–26,1%), Cantabria (–20,3%) y Canarias (–14,6%) presentan los mayores descensos anuales.

 

 

Legalización de instalaciones térmicas. APETI te informa

La pasada semana hubo una explosión de un edifico en Madrid provocada por dos calderas, las cuales no estaban inscritas en el Registro de la Comunidad y en la Dirección General de Industria.

 

Todo gestor de finca deberá saber que es un trámite obligatorio que además debe realizar el dueño del edificio (aunque siempre con la supervisión y buen consejo del gestor).

Pero no todas las instalaciones térmicas deben ser legalizadas. Según ingenierosindustriales.com afirman que “desde el punto de vista de la tramitación administrativa de la instalación podemos tener varios supuestos, que podemos englobar en tres grupos:

 

1) No será preceptiva la presentación de documentación alguna, y por tanto no será necesaria la autorización administrativa en los siguientes casos:

  • La potencia térmica nominal total de la instalación es inferior a 5 kW.
  • Que se trate de una instalación de producción de ACS mediante termos o calentadores cuya potencia térmica total sea inferior a 70 kW, con sistema solar compuesto por un único elemento prefabricado.

 

2) En caso de que la potencia térmica este comprendida entre los 5 y los 70 kW, la instalación deberá ser diseñada, calculada, ejecutada y probada por un Instalador habilitado, que será el responsable de la elaboración de una memoria técnica para su inscripción administrativa, que se realizará de acuerdo con el procedimiento indicado por la Comunidad Autónoma, y se tramitará una vez finalizado el montaje de la instalación.

 

3) Las instalaciones de potencia térmica mayor de 70 kW, también deben ser ejecutadas por instaladores habilitados, si bien se requiere la elaboración de un proyecto previo y dirección de obra por parte de técnico(s) competente(s). El resumen de los agentes que deben intervenir en la ejecución, en caso de que sea precisa la tramitación administrativa, podemos verlo en la siguiente tabla:

 

 

Debe hacerse constar que si el proyecto de la instalación forma parte de un proyecto de edificación, también deben entenderse competentes los técnicos habilitados para la redacción del proyecto del edificio.”