¿Sabías que si vendes tu piso debes avisar a la comunidad?

La venta de una vivienda no termina pasando de vendedor a comprador, sino que además es el primero el que tiene el deber de avisar a la comunidad de vecinos que va a proceder con la venta de su vivienda, sobre todo si se trata de una comunidad formada por un gran número de vecinos.

 

Así lo refleja el artículo  9.1.i) de la Ley de Propiedad Horizontal:

“Son obligaciones de cada propietario

  1. i) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local.

Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste”.

 

Es decir, no cumplir con dicha obligación puede traer consecuencias tales como el deber de abonar los impagos que contraiga el nuevo propietario  en la comunidad.

Esta norma no aclara  la forma de hacer la comunicación por lo que se daría por válida cualquier comunicación escrita, hecha de tal forma que si en un futuro se necesitase, se pudiese demostrar.

Sostenibilidad de los edificios y la Banca

Entidades financieras solicitan modificaciones en la Ley de Propiedad Horizontal que faciliten mejoras en edificios en eficiencia energética con el fin de combatir el cambio climático.

 

Es sabido que una calificación energética alta solo se consigue con la reforma integral del edificio (normalmente la cual requiere una gran inversión) y no con las reformas individuales de vivienda.

La banca ha solicitado pues la modificación de la ley mostrándose dispuesta a financiar dichos proyectos, los cuales no son financiados en la actualidad.

También, el Presidente de la Asociación Española de Banca (AEB) defiende lo anterior alegando además que sería una “oportunidad empresarial” en ese sector.

Finalmente, esta rehabilitación del edificio abarataría el gasto energético de las comunidades y por ende de los pisos en individual.

Índice de Precios de Consumo (IPC)

Índice de Precios de Consumo (IPC). Base 2016 e Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA). Base 2015

 

Principales resultados

*La tasa de variación anual del IPC en el mes de diciembre es del 0,8%, cuatro décimas superior a la registrada el mes anterior.

*La tasa anual de la inflación subyacente se mantiene en el 1,0%.

*La variación mensual del índice general es del –0,1%.

*El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) sitúa su tasa anual en el 0,8%, tres décimas por encima de la del mes de noviembre.

 

Evolución anual de los precios de consumo

La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de diciembre es del 0,8%, cuatro décimas superior a la registrada el mes anterior.

Por su parte, el grupo que destaca por su influencia negativa es:

Vivienda, cuya tasa del –5,0%, casi un punto inferior a la de noviembre, es debida a que los precios de la electricidad bajan este mes, mientras que aumentaron en 2018.

Cabe reseñar también, pero en sentido contrario, la estabilidad de los precios del gasóleo para calefacción, frente a la disminución de 2018.

 

La tasa de variación anual de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) se mantiene en el 1,0%, con lo que se sitúa dos décimas por encima de la del IPC general.

Entre los grupos con repercusión negativa en la tasa mensual del IPC destacan:

*Vivienda, que presenta una tasa del –1,1% y una repercusión de –0,145 debidas al descenso de los precios de la electricidad.

*Vestido y calzado, con una variación del –2,1%, debida a las primeras bajadas de precios de la campaña de rebajas de invierno. Este grupo repercute –0,144 en el IPC general.

*Alimentos y bebidas no alcohólicas, cuya tasa del –0,2% repercute –0,032, como consecuencia de la disminución de los precios de las frutas. Cabe reseñar también en este grupo, aunque en sentido contrario, las subidas de los precios de la carne, las legumbres y hortalizas y el pescado y marisco.

Por su parte, los grupos con mayor repercusión positiva en el índice general son:

*Ocio y cultura, con una variación del 2,0%, que se explica fundamentalmente por el incremento de los precios de los paquetes turísticos. La repercusión de este grupo en el índice general es de 0,165.

*Transporte, cuya tasa del 0,7%, que repercute 0,109, está causada por el aumento de los precios de los carburantes y lubricantes.

 

Resultados por comunidades autónomas:

Tasas de variación anual La tasa anual del IPC sube en todas las comunidades autónomas en diciembre respecto a noviembre. Los mayores incrementos, de seis décimas, se producen en Illes Balears y Castilla–La Mancha. Por su parte, Andalucía registra el menor aumento, de dos décimas.

 

Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA):

En el mes de diciembre la tasa de variación anual del IPCA se sitúa en el 0,8%, tres décimas por encima de la registrada el mes anterior. La variación mensual del IPCA es del –0,1%.

 

Índices de Precios de Consumo a Impuestos Constantes:

En el mes de diciembre la tasa de variación anual del IPC a Impuestos Constantes (IPC-IC) se sitúa en el 0,7%, una décima por debajo de la registrada por el IPC general. La tasa de variación mensual del IPC-IC es del –0,1%. Por su parte, el IPCA a Impuestos Constantes (IPCA-IC) presenta una tasa anual del 0,8%, la misma que la del IPCA. La tasa de variación mensual del IPCA-IC es del –0,1%.

 

AMPLIAR INFORMACIÓN EN: INE https://www.ine.es/daco/daco42/daco421/ipc1219.pdf

 

Mercado Inmobiliario: ¿qué nos depara el 2020?

El principal desafío del sector inmobiliario es la Ley Hipotecaria, la cual llena de dudas sobre su capacidad a la hora de financiar. A ello se le suma que la tasa de emancipación sea alta  siendo la alternativa de la población el alquiler compartido, el cual se está incrementando.

 

Por el contrario, arrancarán diferentes medidas para el acceso a la vivienda tras la aprobación de una nueva Ley del Alquiler que trajo consigo mayor duración de los contratos entre otras cosas facilitando una mayor confianza a los inquilinos a la hora de alquilar.

Otras comunidades que no han aprobado esta medida por contra ofrecen crear nuevas viviendas más asequibles.

Otro reto al que se enfrentará el sector inmobiliario será una posible burbuja inmobiliaria ya que los bajos tipos de interés y el exceso de liquidez incrementan los riesgos.

También se debe tener en cuenta que además se debe terminar de solventar todos los problemas creados en la anterior crisis por parte de los fondos de inversión, bancos y Sareb de los activos tóxicos.

¿Pagar la comunidad a partes iguales?

En muchas comunidades el abono de los gastos se realiza a partes iguales mas este no contempla factores como el reparto por coeficientes.

 

Lo más sencillo es, sobre todo en comunidades carentes de Administrador, dividir el gasto entre todos los propietarios a partes iguales sin tener en cuenta otro gastos los cuales no pertenecen a todos los propietarios (plaza de garaje, local, etc.) Esta forma injusta de reparto no casa con lo fijado en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Así, el Tribunal Supremo alega en la sentencia del 3 de diciembre de 2004 que “la tolerancia de cuentas o presupuestos en Juntas anteriores con un sistema de reparto diferente al que correspondía, en base a lo que especialmente se haya establecido en los Estatutos,  sea suficiente aceptación de hecho para evitar la impugnación del acuerdo”.

A no ser que a dicho acuerdo se llegue por unanimidad no será posible dicho reparto de gastos, en sustitución de lo fijado en la Ley.

Las pernoctaciones en alojamientos turísticos extrahoteleros descienden un 1,4% en noviembre

Las pernoctaciones en alojamientos turísticos extrahoteleros (apartamentos, campings, alojamientos de turismo rural y albergues) superan los 5,8 millones en noviembre, un 1,4% menos que en el mismo mes de 2018. Las pernoctaciones de residentes suben un 1,6%, mientras que las de no residentes bajan un 2,6%.

 

La estancia media es de 4,7 pernoctaciones por viajero. Durante los 11 primeros meses de 2019 las pernoctaciones disminuyen un 0,4% respecto al mismo periodo del año anterior. Los viajeros y pernoctaciones en los alojamientos turísticos colectivos extrahoteleros durante el mes de noviembre son:

Apartamentos turísticos

Las pernoctaciones en apartamentos turísticos disminuyen un 4,0% en noviembre. Las de residentes suben un 0,9%, mientras que las de no residentes bajan un 5,1%.

Cabe señalar que las tasas de variación anual de las pernoctaciones en apartamentos turísticos presentan crecimientos negativos a lo largo de los últimos meses (con excepción de abril y agosto de 2019, en el que tuvo lugar la Semana Santa y el Verano) debido, principalmente, a que hay establecimientos de apartamentos turísticos que se están reclasificando, pasando a ser considerados como viviendas de uso turístico y saliendo, por tanto, del ámbito de observación de la Encuesta de Ocupación de Apartamentos Turísticos (EOAP).

La estancia media se reduce un 7,9% respecto a noviembre de 2018, situándose en 5,7 pernoctaciones por viajero. En noviembre se ocupan el 30,8% de las plazas ofertadas por los apartamentos turísticos, un 8,0% menos que en el mismo mes de 2018. El grado de ocupación por plazas en fin de semana se sitúa en el 34,3%, con un descenso del 8,1%.

Las pernoctaciones de no residentes en apartamentos turísticos representan el 81,0% del total. Reino Unido es el principal mercado emisor, con más de 1,0 millón de pernoctaciones, un 5,5% menos que en noviembre de 2018. El siguiente mercado emisor es Alemania, con 461.545 pernoctaciones, un 9,1% menos.

Destino favorito

Canarias es el destino preferido en apartamentos, con más de 2,3 millones de pernoctaciones y un descenso del 6,8% respecto a noviembre de 2018. También alcanza la mayor ocupación, con el 78,4% de los apartamentos ofertados.

Por zonas turísticas, Isla de Gran Canaria es el destino preferido, con 839.268 pernoctaciones, y también alcanza la mayor ocupación, con el 84,8% de los apartamentos ofertados. Los puntos turísticos con mayor número de pernoctaciones en noviembre son San Bartolomé de Tirajana, Arona y Mogán.

 

Campings

Las pernoctaciones en campings registran en noviembre un incremento del 5,5% respecto al mismo mes del año anterior. Las de residentes suben un 1,9%, y las de no residentes un 7,3%. Durante el mes de noviembre se ocupan el 36,4% de las parcelas ofertadas, un 1,0% más que en el mismo mes de 2018. El grado de ocupación por parcelas en fin de semana alcanza el 38,9%, con un aumento del 2,0%. El 67,8% de las pernoctaciones en campings las realizan viajeros no residentes. Reino Unido es el principal mercado emisor, con el 33,3% de las pernoctaciones de no residentes, un 2,1% más que en noviembre de 2018.

Destino favorito

Comunitat Valenciana es el destino preferido en campings, con 592.455 pernoctaciones, lo que supone un aumento del 8,0% en la tasa anual. La Rioja alcanza el mayor grado de ocupación, con el 60,7% de las parcelas ofertadas. Por zonas turísticas, Costa Blanca registra el mayor número de pernoctaciones (333.535) y la mayor ocupación (79,5% de las parcelas ofertadas). Los puntos turísticos con más pernoctaciones son Benidorm, Cartagena y Marbella.

 

Alojamientos de turismo rural

Las pernoctaciones en alojamientos de turismo rural presentan un incremento anual del 2,6% en noviembre. Las de residentes suben un 2,0% y las de no residentes un 6,1%. En los alojamientos de turismo rural se ocupan el 13,3% de las plazas en noviembre, un 0,3% menos que en el mismo mes de 2018. El grado de ocupación en fin de semana se sitúa en el 29,3%, con un descenso del 1,2%.

Destino favorito

Por comunidades, Castilla y León es el destino preferido, con 121.999 pernoctaciones, un 4,4% menos que en noviembre de 2018. Canarias alcanza el mayor grado de ocupación, con el 31,3% de las plazas ofertadas. Por zonas turísticas, Pirineus es el destino preferido, con 29.176 pernoctaciones. El Parque Nacional del Teide alcanza la mayor ocupación, del 39,5% de las plazas ofertadas.

 

Albergues

Las pernoctaciones en albergues registran en noviembre un aumento anual del 0,8%. Las de residentes suben un 3,2%, mientras que las de no residentes bajan un 3,1%.

Destino favorito

Por comunidades, Cataluña es el destino preferido, con 56.019 pernoctaciones, un 12,3% más que en noviembre de 2018. Canarias alcanza la mayor ocupación, con el 54,2% de las plazas ofertadas.

 

AMPLIAR INFORMACIÓN EN: https://www.ine.es/daco/daco42/ocuptr/eoat1119.pdf

Modificación del Código Técnico de la Edificación

Se ha publicado el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Mediante este real decreto se introduce una nueva exigencia básica de salubridad HS 6, de protección frente al gas radón, por la cual se obliga a que, en los edificios situados en los términos municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable, se dispongan los medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada en su interior, a radón procedente del terreno. Dicha exigencia básica es desarrollada mediante la inclusión de una nueva sección en el documento básico DB HS de «Salubridad», donde se caracteriza y cuantifica la exigencia, y se establecen los criterios para la verificación y justificación de su cumplimiento.

Asimismo, teniendo en cuenta los efectos que sobre los cerramientos exteriores del edificio podrían derivarse del incremento de las nuevas exigencias reglamentarias de eficiencia energética, se realizan algunas modificaciones en el Documento Básico DB SI de «Seguridad en caso de incendio», para limitar adecuadamente el riesgo de propagación del incendio por el exterior del edificio.

Los consumidores podrán reclamar por la cláusula abusiva en su hipoteca

El Tribunal Supremo acaba de dictaminar que los consumidores que padecieron una cláusula suelo abusiva en su hipoteca tiene derecho a reclamar a su entidad la restitución del dinero indebidamente cobrado aunque el préstamo haya vencido.

El fallo abre la puerta a una nueva ola de demandas en torno a las ya célebres cláusulas suelo hipotecarias al permitir que no solo quienes mantengan el crédito vivo puedan exigir judicialmente la devolución de lo pagado.

Puede descargar la sentencia STS 3911/2019 en CENDOJ

La Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente para 2020

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2020, pero con algunas novedades significativas respecto a 2019, de las que destacamos:

Se sigue aumentando la cantidad de modelos que se pueden presentar con Cl@ve PIN, aunque siempre deben ser personas físicas, no representantes ni personas jurídicas.

El 1 de abril de 2020 será cuando se inicie el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2019.

Las citas previas para que Hacienda nos ayude telefónicamente se podrán concertar desde el 31 de marzo. La presentación de los diferentes modelos se podrá hacer de forma telemática como es habitual con DNIe, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Los modelos 190, 347 y 390 correspondientes al ejercicio 2019 se presentarán mediante formulario de ayuda o mediante fichero. Desaparece la opción de presentación con SMS. Además hay dos nuevos modelos, el 234 y 235 declaraciones informativas de información de determinados mecanismos de planificación fiscal y comercializables respectivamente.

La declaración anual del modelo 349 correspondiente al 2019 se presentará en enero de 2020, si bien ya no se realizará la declaración anual a partir del año 2020, a presentar en el 2021. Se sigue con la intención de armonizar el calendario fiscal, aunque el modelo 347 sigue presentándose durante el mes de febrero hasta el 2 de marzo, a pesar de la intención de Hacienda de moverlo a enero.

Finalmente y a  tener en cuenta que si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente.

 

El Colegio de Registradores lanza una campaña para las vacaciones navideñas relacionada al alquiler vacacional

El Registro de la Propiedad, además de ser una gran herramienta para los inquilinos, también se puede consultar para confirmar si el dueño del alojamiento es realmente el propietario, pudiendo alquilarlo con pleno derecho si la descripción de la vivienda casa con la realidad. También los registradores ayudan a los inquilinos a conocer sus derechos y obligaciones, saber si los contratos tienen cláusulas abusivas o si la ubicación indicada es la real.

Por ello, los registradores intentan dar a conocer la labor de servicio público que ejercen, en concreto en esta época del año para disfrute de unas tranquilas vacaciones, garantizando los derechos de la ciudadanía.