El Índice Registral de Actividad Inmobiliaria (IRAI) mostró un descenso trimestral del 2,1%

El Colegio de Registradores elabora el Índice Registral de Actividad Inmobiliaria (IRAI) único que conjuga transacciones e hipotecas inmobiliarias inscritas en los registros de la propiedad (enfoque desde la demanda) con la actividad mercantil del sector de  la construcción e inmobiliario (enfoque desde la oferta), dando por tanto una estimación completa de la actividad del sector.

 

El valor del índice descendió hasta 121,4 frente a los 124,0 que alcanzó el trimestre anterior. Por contra, el índice suavizado, libre de factores estacionales, se situó en 118,9 frente a los 117,9 alcanzados en el trimestre anterior. En los dos últimos trimestres se ha producido una moderada ralentización en la recuperación de la actividad, que venía creciendo desde el 2º trimestre de 2020, cuando marcó 96,4, a excepción de un ligero descenso en el 4ª trimestre de 2021. Esta evolución trimestral  negativa del IRAI se ha debido principalmente al área de propiedad, con un descenso del 3,8%, motivado por la bajada del número de compraventas (-9,5%) y el número de hipotecas (-3,4%).

 

Evolución anual del IRAI con base 2003 durante el 4º trimestre

La evolución anual del IRAI durante el cuarto trimestre se ha incrementado el 4% frente al mismo trimestre de 2021, similar al crecimiento del trimestre anterior, aunque lejos del observado en trimestres anteriores, que superaba ampliamente los dos dígitos hasta el primer trimestre de este año. Como se aprecia en el siguiente gráfico, son ya siete trimestres de claro crecimiento anual que compensan claramente los descensos de 2020. Por lo tanto, se observan todavía signos positivos de la actividad inmobiliaria global, aunque con una clara ralentización del crecimiento anual de anteriores trimestres.

Con relación a los componentes de la evolución del IRAI mostrada en los datos anuales al término del cuarto trimestre, el crecimiento se produjo fundamentalmente por el incremento en el área de propiedad (4,9%), debido al aumento del número de hipotecas (5,8%) y del número de compraventas (4,1%), acompañados del aumento del precio de las hipotecas (5,9%) y el de las compraventas, (4,6%).

En el área de las sociedades mercantiles se produjo un ligero incremento del 1,5%, que ofreció similar resultado en las áreas de Construcción e Inmobiliario.

 

 

[Fuente: Registradores.org]

 

Indicador adelantado del Índice de Precios de Consumo (IPC) | Febrero 2023

El indicador adelantado del IPC sitúa su variación anual en el 6,1% en febrero, dos décimas por encima de la registrada en enero La tasa anual del indicador adelantado de la inflación subyacente aumenta dos décimas, hasta el 7,7%. La variación anual del indicador adelantado del IPCA es del 6,1%.

 

Evolución de la tasa anual

La inflación anual estimada del IPC en febrero de 2023 es del 6,1%, de acuerdo con el indicador adelantado elaborado por el INE. Este indicador proporciona un avance del IPC que, en caso de confirmarse, supondría un aumento de dos décimas en su tasa anual, ya que en el mes de enero esta variación fue del 5,9%.

Esta evolución es debida a que los precios de la electricidad suben este mes, frente al descenso registrado en febrero de 2022, y a que los alimentos y bebidas no alcohólicas aumentan más que en febrero del año pasado. En sentido contrario, destaca la bajada de los precios de los carburantes y lubricantes, los cuales aumentaron en febrero de 2022, y del transporte combinado de pasajeros, frente a la estabilidad del año anterior.

La tasa de variación anual estimada de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumenta dos décimas, hasta el 7,7%.

 

Evolución de la tasa mensual

Los precios de consumo registran en febrero una tasa del 1,0% respecto al mes de enero, según el indicador adelantado del IPC.

 

Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA)

En el mes de febrero la tasa de variación anual estimada del IPCA se sitúa en el 6,1%, dos décimas superior a la registrada el mes anterior.
Por su parte, la variación mensual estimada del IPCA es del 1,0%.

 

 

 

[Fuente: Instituto Nacional de Estadística]

 

 

 

Asesoría Jurídica Responde: “Instalación del gas natural»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Se solicita por parte de un propietario la instalación de gas natural en la finca, la cual no tiene la instalación necesaria previa para poder darle servicio a su vivienda.

El coste de la instalación ronda los 20.000 es euros según instaladores autorizados de la zona. No sería necesario solicitar una derrama a la comunidad, ya que hay fondos comunitarios suficientes.

Si bien según el artículo 17 indica que es necesario 1/3 para su aprobación.

En el caso de los vecinos que no estén de acuerdo, ¿Cómo se trataría el coste de la instalación?

Deberían de aprobarse una derrama a los que sí quieren la instalación, y cumplen más de 1/3 en doble mayoría.

 

RESPUESTA:

Sería necesaria la doble mayoría para la instalación de gas natural en una comunidad de vecinos. El voto favorable de un tercio de los propietarios que representen a su vez un tercio de las cuotas de participación, es decir es necesario un doble quórum de un tercio de propietarios y de las cuotas de participación.

El articulo aplicable es el art. 17.1 LPH que regula los votos necesarios para, entre otras cosas, acceder a nuevos aprovechamientos energéticos colectivos, considerando suficiente el voto favorable de un tercio de los comuneros que represente un tercio de las cuotas; pero esta doble mayoría especial es solo para ese acceso a los nuevos suministros y desde la base de la plena voluntariedad de cada comunero de sumarse a ese nuevo suministro o no, como evidencia que la propia norma dispone que » la comunidad no podrá repercutir el coste o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo «; solo si posteriormente quieren sumarse al nuevo suministro habrán de pagar la parte correspondiente debidamente actualizada. El coste de instalación del gas natural es variable dependiendo de cada comunidad y distribuidora. No es posible definir un precio exacto, por lo que lo más aconsejable para la comunidad es pedir varios presupuestos donde se detallen todas las obras a realizar y cualquier otro punto a tener en cuenta.

Este tipo de instalaciones pueden ser subvencionadas para las comunidades de vecinos por parte de la empresa distribuidora de gas y en ocasiones por la Comunidad Autónoma donde residan

Los fondos comunitarios que existen a la fecha de todos los propietarios, incluidos los que no han votado a favor de la instalación por lo tanto, en el cálculo de los fondos a aplicar para la nueva derrama hay que excluir el porcentaje correspondientes a los propietarios que no han votado a favor.

Será más sencillo el cálculo de una nueva derrama para ese caso concreto que se aportará por los propietarios que han votado a favor. Si se utiliza un fondo común previamente preconstituido únicamente debe corresponder a los propietarios que han votado a favor, generando una variación de porcentajes de participación  en el fondo de reserva común de unos frente a otros que deberían reponerse por los que hubieran disminuido en su participación.

 

 

 

APETI te invita al Foro del Asesor | Forinvest 2023

Los  próximos días 8 y 9 de marzo, la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana (APAFCV) organiza la 11ª edición del FORO DEL ASESOR, dentro del marco de Forinvest 2023.

 

Forinvest es el mayor espacio de networking financiero empresarial del país. Más de 100 CONFERENCIAS sobre economía, finanzas, innovación, tecnología y seguros. Un evento con 15 años de trayectoria, en el que los mejores expertos reflexionarán sobre el presente y futuro del sector.

Un evento, sobre todo para nuestros asociados de Comunidad Valenciana, que desde APETI, os recomendamos al cien por cien.

 

Estos son los contenidos que te invitamos a compartir:

 

 

Adjuntamos tu entrada para Forinvest – FORO DEL ASESOR.

Para obtenerla solo tendrás que registrarte en el enlace que encontrarás a continuación. Tras rellenar tus datos podrás descargarte la entrada y mostrar el código QR en los tornos de acceso a la feria. No es necesario llevarla impresa.

El acceso será a través del Centro de Eventos de Feria Valencia.

Toda la información en forinvest.feriavalencia.com

 

 

 

El boom de la compra de vivienda dispara los ingresos fiscales de las autonomías a niveles récord

Según los datos del Ministerio de Hacienda publicados el 16 de febrero, la recaudación de las comunidades autónomas cerró el año 2021 con cifras récord en los impuestos sobre transmisiones patrimoniales (ITP) y actos jurídicos documentados (AJD), los tributos que gravan las transmisiones de casas.

 

En total, las autonomías ingresaron por esta partida unos 10.800 millones de euros, un 43% anual más. En 2022, se espera que la recaudación sea mayor, de unos 11.500 millones de euros.

El ITP y el AJD son dos impuestos de carácter indirecto que se aplican en España y que gravan las transacciones inmobiliarias y financieras, respectivamente. Su gestión y recaudación están cedidas a las comunidades autónomas, que modulan el gravamen.

El primero afecta a las transmisiones de bienes y derechos de carácter patrimonial, entre los que se incluyen la compraventa de casas, la constitución de préstamos hipotecarios o la cesión de derechos sobre inmuebles. El tipo impositivo varía en función de cada región y oscila entre el 6% y el 10% del valor de la transacción exceptuando al País Vasco, donde se reduce al 2,5% en la primera vivienda.

El AJD, por su parte, grava los documentos notariales y mercantiles, como las escrituras de préstamo hipotecario o las pólizas de seguros. En este caso, los tipos oscilan entre el 0,5% y el 1,5% del valor del documento.

Por eso, en un contexto en el que las compraventas de vivienda están en cifras máximas, los ingresos fiscales se disparan, pero sin embargo, la fiscalidad en la compra de vivienda no parece haber frenado en los últimos dos años la demanda de casas, aunque la alta carga impositiva dificulte el acceso a la compra de un inmueble, especialmente entre las personas que quieren adquirir su primera vivienda habitual en propiedad y sobre todo en un contexto económico complejo ante la subida de los tipos de interés, la caída de poder adquisitivo y un menor ahorro.

Según los expertos por la compra una vivienda nueva que tenga un valor de venta de 140.000 euros, las diferentes administraciones -local, autonómica y estatal- se embolsan más de 37.000 euros en impuestos directos e indirectos. Esta transacción soporta unos gravámenes en tasas e impuestos municipales como la licencia de obras, de primera ocupación o el de construcciones de 4.772,34 euros, a los que hay que sumar otros 3.382,53 euros de los de carácter autonómico como la tasa de calificación provisional o definitiva. A todo ello hay que añadir el IVA, que en el caso de este bien es del 10% y asciende, por tanto, a 14.000 euros. En total, 22.104 euros en impuestos directos.

En cualquier caso, la compraventa de vivienda en España ha comenzado ya a perder fuelle tras dos años alcanzando cotas inusualmente elevadas. Sin embargo, y a la espera de si la tendencia de moderación se estabiliza, las comunidades autónomas pueden presumir de los ingresos fiscales cosechados en 2021 y 2022, dos años de vacas gordas en el mercado inmobiliario.

 


En el siguiente acceso, puedes ver la información publicada por el Ministerio de Hacienda al respecto de la recaudación obtenida por tributos cedidos gestionados por las comunidades autónomas y la obtenida por tributos concertados, convenidos y propios de las comunidades forales, durante el 2021:

 

 

Fuerte caída de las ventas y subida de los alquileres: estas son las previsiones de la vivienda en 2023

Tras un 2022 caracterizado por un aumento de la compraventa de viviendas, ¿qué se espera para este año marcado por el alza inflacionista y las consecutivas subidas de los tipos de interés oficiales por parte del Banco Central Europeo (BCE)?. El último informe sectorial de CaixaBank Research sobre la tendencia en el sector inmobiliario para este nuevo año prevé un «enfriamiento» del mercado inmobiliario, que ya se ha empezado a notar.

En concreto, «prevemos un retroceso del número de compraventas de vivienda de alrededor de un 20% hasta las 480.000 viviendas en 2023, pero todavía se situaría en un nivel superior al promedio desde 2007″, detallan en el informe. Asimismo, prevén que el precio de la vivienda «mantendrá una modesta tasa de crecimiento positiva en términos nominales (alrededor del 1%)». No obstante, «el riesgo de que se produzca una corrección brusca en el mercado es bajo», indican. Por lo que no llegará al nivel que están viviendo en otros países como Canadá, Nueva Zelanda o Suecia.

 

Ralentización en el precio de la vivienda

Por otro lado, los expertos destacan que la oferta de vivienda continúa siendo bastante limitada e «insuficiente» en comparación con la demanda estructural, sobre todo en grandes poblaciones. Una situación que, previsiblemente, se agravará a lo largo de este año, pronostican. Uno de los factores serán los costes de construcción, que en España «exhibirán una trayectoria descendente en 2023, aunque se mantendrían por encima del nivel prepandemia».

 

 

[Fuente: 20 minutos]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: “Rampa desmontable: Unica solución viable para la eliminación de barreras arquitectónicas”

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En una comunidad tenemos un propietario que debido a que en la comunidad no se puede realizar una eliminación de barreras arquitectónicas por tres escalones en el portal, solicita que la comunidad le compre unas rampas de quitar y poner para que esos escalones sean accesibles.

¿Tendría la comunidad obligación de comprarle esas rampas, cuando los estudios para accesibilidad son totalmente inviables?. Si con esas rampas hubiese una caída sería responsable la comunidad

 

RESPUESTA:

En primer lugar haría falta que existiera un informe técnico que explicara la situación en que apoyar la solución o la ausencia de solución y que únicamente podría salvarse con una rampa desmontable.

Si es así al seguro de la comunidad se le debe informar sobre la única solución viable para permitir el acceso de la vecina y que estuviera dentro de la cobertura de la póliza.

El coste de la rampa sería gasto de la comunidad así la logística para su instalación y retirada que puede realizarse en la forma en que acuerde la Junta o el Presidente para que sea lo más efectiva posible.

 

 

Se aprueba el régimen jurídico que protegerá a quienes informen de irregularidades en el entorno de las relaciones profesionales

Por fin, y aunque fuera del plazo de transposición marcado por la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, nuestro legislador ha aprobado el régimen legal que protegerá a los ciudadanos que informen sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación profesional.

 

Por fin ha sido publicada la esperada transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2019/1937 (Protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión) que se aprobó por el Parlamento Europeo y el Consejo con dos claros objetivos: proteger a las personas informantes y establecer las normas mínimas que debían cubrir los canales de información de los que podían hacer uso -ver comentario web al pie, apartado “Comentarios relacionados”-.

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, ha sido el vehículo para establecer nuestra regulación propia, y adaptada desde la Directiva, que protegerá a los ciudadanos que tomen la determinación de informar sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico detectadas en el marco de una relación profesional.

Como señala la Ley, es indispensable que el ordenamiento jurídico proteja a la ciudadanía cuando muestra una conducta valiente de clara utilidad pública. Además, resulta importante asentar en la sociedad la conciencia de que debe perseguirse a quienes quebrantan la ley y que no deben consentirse ni silenciarse los incumplimientos.

 

 

[Fuente: garrido.es]

 

Los precios de la vivienda se reducen un 0,4% con respecto al trimestre precedente

El Colegio de Registradores, en su Estadística Registral Inmobiliaria del cuarto trimestre de 2022, analiza las tendencias actuales que reflejan el comportamiento de los españoles en la compra de viviendas. Se incluye también un informe de precios medios, adicional al tradicional índice Case & Shiller de precios aplicado a España.

 

Precios medios de las compraventas de vivienda inscritas

El precio medio de la vivienda ha ralentizado considerablemente su crecimiento trimestral, mientras que los datos interanuales siguen mostrando incrementos significativos. Los 1.951 €/m² del cuarto trimestre suponen un suave descenso del 0,4% con respecto al trimestre precedente, debido sobre todo al descenso de la vivienda usada (-1,1%), mientras que la vivienda nueva se incrementa el 2,5%. Conviene tener en cuenta que la vivienda nueva apenas representa 2 de cada 10 operaciones y en ocasiones recoge acuerdos de compraventa con una antelación media de dos años, siendo por tanto más representativa la evolución de los precios de la vivienda usada.

Los resultados anualizados muestran un comportamiento más estructural, en el que para el conjunto de España los 1.944 €/m² de precio medio han supuesto un incremento interanual del 6,7%, originado por la mayor fuerza de la vivienda usada (7,9%), mientras que la vivienda nueva registra un aumento más moderado del 3,3% en sus precios.

Por CC.AA., en el cuarto trimestre, los mayores precios medios se localizaron en Baleares (3.257 €/m2), seguido de Madrid (3.176 €/m2), País Vasco (2.932 €/m2) y Cataluña (2.417 €/m2). En sentido opuesto, los precios más bajos se registraron en Castilla-La Mancha (834 €/m2) y Extremadura (760 €/m2), únicas comunidades por debajo de los 1.000 euros por m2.

Compraventas inscritas

Entre octubre y diciembre se inscribieron en los registros de la propiedad 150.141 compraventas de vivienda, con un descenso del 10,6% sobre el trimestre anterior.

En vivienda nueva se han registrado 25.862 compraventas (un descenso del 9,6% sobre el trimestre anterior). La vivienda usada registró 124.279 operaciones, con un descenso trimestral del 10,8%.

Los datos acumulados de los últimos doce meses muestran 646.241 compraventas de vivienda, la mayor cifra desde mediados de 2008, superando ampliamente los resultados anteriores a la pandemia, que mostraban poco más de 520.000 compraventas inscritas.

 

 

[Fuente: Registradores.org]

 

Índice de precios de consumo (IPC) | Enero 2023

La tasa de variación anual del IPC del mes de enero se sitúa en el 5,9%, dos décimas por encima de la registrada en diciembre. La tasa anual de la inflación subyacente aumenta cinco décimas, hasta el 7,5%. La variación mensual del índice general es del –0,2%.

 

El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) sitúa su tasa anual en el 5,9%, cuatro décimas superior a la del mes anterior. Con la publicación del IPC de enero de 2023 el INE introduce un nuevo procedimiento de cálculo de las ponderaciones, y amplía la cobertura de la electricidad y el gas con la incorporación de los precios del mercado libre.

Evolución anual de los precios de consumo

La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de enero es del 5,9%. Esta tasa es dos décimas superior que la registrada el mes anterior. Los grupos que destacan por su influencia en el aumento de la tasa anual son:

  • Vestido y calzado, con una tasa del 3,6%, casi dos puntos superior a la del mes anterior. Esta evolución se debe a los precios de todos sus componentes descienden este mes menos que en enero de 2022.
  • Transporte, que sitúa su tasa en el 5,6%, más de dos puntos superior a la del mes pasado, a causa de la subida de los precios de carburantes y lubricantes, mayor que en enero del año anterior.
  • Comunicaciones, cuya variación se sitúa en el 2,3%, más de cuatro puntos por encima de la registrada en diciembre, debido a que los servicios de telefonía suben más que en enero de 2022.

Por su parte, entre los grupos con influencia negativa destacan:

  • Vivienda, que disminuye su variación casi cuatro puntos, hasta el –8,4%. Destaca en este comportamiento la bajada de la electricidad, mayor que en enero del año pasado.
  • Ocio y cultura, cuya variación anual del 2,5%, más de un punto por debajo de la registrada en diciembre, se debe a la bajada de los precios de los paquetes turísticos, mayor que la registrada en enero de 2022.

La tasa de variación anual de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumenta cinco décimas, hasta el 7,5%. Es la más alta desde diciembre de 1986 y sitúa su diferencia con el IPC general en más de un punto y medio.

 

 

[Fuente: Instituto Nacional de Estadística]