Asesoría Jurídica Responde: «Punto de carga vehículos eléctricos en comunidad de propietarios»
Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.
PREGUNTA:
Os hago llegar la consulta que me ha realizado la presidenta de una Comunidad de Propietarios sobre los puntos de carga de vehículos eléctricos en los locales de garajes de las Comunidades de Propietarios:
“–> Normativa sobre los dispositivos de carga de coches eléctricos: ¿podrías decirme cómo está la normativa actualmente? He oído algo sobre que los coches que estén cargando deben llevar una funda que los cubra para proteger de posibles incidentes. Me gustaría saber cómo está la normativa por si hay que informar de algo a los usuarios.”
¿Podríais enviarme la normativa vigente referente a los puntos de cargas de los vehículos eléctricos en los locales de garajes de las Comunidades de Propietarios?
¿Dicha normativa hace referencia a lo que comenta la Sra. Presidenta de la Comunidad?
RESPUESTA:
La normativa clave es el artículo 17.5 de la LP, que establece que un propietario puede instalar un punto de recarga en su plaza de garaje si lo comunica a la comunidad, sin necesidad de su aprobación. El propietario debe asumir todos los costes de la instalación y del consumo eléctrico. Además, la instalación debe cumplir con la normativa técnica, como la ITC-BT 52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión(REBT), y ser realizada por un instalador autorizado para garantizar la seguridad y el cumplimiento de las reglas eléctricas.
La normativa instalar cargador coche eléctrico en garaje comunitario se complementa con el Real Decreto 1053/2014, que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Además debe cumplir las Ordenanzas Municipales de Garajes (OCA) vigentes en cada localidad. La Ordenanza Municipal de Garajes (OCA) vigente es exigible en caso de que la instalación se conecte al contador de la vivienda.
Para obtener la información sobre las ordenanzas municipales de Torrevieja para la instalación de cargadores eléctricos y cualquier normativa relacionada con las Oficinas de Atención Ciudadana (OCA), debes consultar directamente las publicaciones del Ayuntamiento de Torrevieja, ya que esta información es específica de cada municipio y no suele encontrarse compilada en fuentes genéricas. Podrías contactar con su departamento de Urbanismo o medio ambiente a través de su web o directorio genera
Para la seguridad al cargar un coche eléctrico en un garaje privado, es fundamental cumplir con la normativa eléctrica vigente, utilizar cargadores homologados e instaladores autorizados, además de notificar a la Comunidad. Se deben seguir las instrucciones del fabricante del cargador y realizar mantenimiento regular para garantizar un funcionamiento seguro.