Dos años de control del alquiler: la oferta se reduce hasta un 51%, con rebaja de precios ficticia

Este lunes se cumplen dos años desde la entrada en vigor del control de precios del alquiler que el Gobierno planteó como solución a la crisis de acceso a la vivienda. El Instituto Juan de Mariana ha realizado un estudio sobre el impacto que está teniendo esta intervención en el mercado en ciudades «tensionadas».

 

l Instituto Juan de Mariana ha realizado un estudio sobre el impacto que está teniendo esta intervención en el mercado en ciudades «tensionadas» como Barcelona, Pamplona o Coruña, y la conclusión a la que llega es que la caída de precios ha sido inexistente cuando se descuenta la subida que se produjo justo antes de la entrada en vigor de las restricciones, además de que se ha producido un fuerte descenso de la oferta de vivienda disponible para alquiler.

Para el caso de Cataluña, donde 140 municipios, incluida Barcelona, se vieron afectados por los topes en los precios, el servicio de estudios explica que «la caída aparente de estos se explica, en gran medida, por efectos estadísticos». Asegura que la renta media pasó en Barcelona de 1.193 euros mensuales en el primer trimestre de 2024 a 1.087 euros en el primer trimestre de 2025 (−8,9%), mientras que en Navarra descendió de 849 a 774 euros entre el segundo y el cuarto trimestre de 2025 (−8,8%). Pero puntualiza que si se comparan periodos equivalentes «ajustando el llamado efecto anticipación, el descenso es testimonial». Esto se debe, señalan, a que los propietarios subieron precios antes de la entrada en vigor de la norma para anticipar el posterior impacto de la regulación.

El Instituto relata que la calidad de las viviendas disponibles para alquiler también se ha visto dañada, y no solamente en el precio por metro cuadrado. Así, en Barcelona, la superficie media ha pasado de 75 metros en 2019 a 71,4 m² en la actualidad. De hecho, el precio por metro cuadrado alcanzó máximos históricos de 16,8 euros en el tercer trimestre de 2025. En Navarra ocurre un fenómeno similar: el precio por metro cuadrado no baja de 9,2-9,3 euros y la superficie media cae a 84,3 metros.

 

 

[Fuente «ABC»]

 

 

Las cuatro razones sumergidas del iceberg inmobiliario por las que no va a bajar el precio de la vivienda

Entre las mayores consecuencias de la pandemia del Covid que aún perviven, sin duda el precio de la vivienda es la que mayor quebradero de cabeza está dando. Tras la burbuja inmobiliaria de 2008, el mercado necesito de casi una década para recuperarse y estabilizarse y cuando todo parecía haberse consolidado llegó la crisis sanitaria de 2020 disparando los precios hacia máximos históricos.

 

Desde entonces la escalada ha continuado hasta convertir el asunto de la vivienda en un problema estructural de difícil solución, al menos a corto plazo, o como mínimo hasta dentro de 2 años, tal y como apunta la agencia de rating Fitch.

La constante comparativa entre la inestabilidad actual en el mercado, provocada en gran medida por el desequilibrio entre la oferta y la demanda, y la crisis de hace casi 20 años ha encendido las alarmas sobre el estallido de una nueva burbuja y en consecuencia el desplome de los precios. Las previsiones para los próximos años no es solo que los precios se mantengan, sino que el mercado continuará al alza y de momento sin techo. De la misma manera, el Fondo Monetario Internacional señala un crecimiento explosivo de los precios «basándose en síntomas observables». Así, en el mercado persisten cuatro factores indicativos de por qué no va a descender el precio de la vivienda.

Con todo, el desajuste estructural de la demanda y la escasa oferta no es más que la punta de un iceberg sumergido a causa del limitado número de viviendas nuevas construidas, en parte como consecuencia del incremento de los costes y las materias primas, y el crecimiento continuo de población que con lleva un aumento también en la formación de nuevos hogares.

Sin olvidar el impacto que podría tener, y que seguro que tendrá, el conflicto de Oriente Medio, aunque desde la tasadora Tinsa, aseguran que el inmobiliario español «puede ser una buena protección ante las incertidumbres inflacionarias» y todavía es un mercado «atractivo para la inversión», por lo que su previsión es que los niveles de compraventa se mantengan fuertes para los extranjeros.

 

 

[Fuente «El Economista»]

 

Índice de Precios de Consumo (IPC) – Febrero 2026

La tasa de variación anual del IPC del mes de febrero se situó en el 2,3%, la misma que la registrada en enero. La tasa anual de la inflación subyacente aumentó una décima, hasta el 2,7%. La variación mensual del índice general fue del 0,4%. El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) situó su tasa anual en el 2,5%, una décima por encima del mes anterior.

 

La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de febrero fue del 2,3%, la misma que la registrada el mes anterior.

El grupo que más destacó por su influencia negativa en la tasa anual fue:

  • Vivienda, que situó su variación anual en el 1,9%, ocho puntos por debajo de la del mes pasado. Este comportamiento se debió a la bajada de los precios de la electricidad, que subieron en febrero de 2025.

Entre los grupos con influencia positiva destacaron:

  • Restaurantes y servicios de alojamiento, cuya tasa anual aumentó tres décimas, hasta el 4,8%. Este incremento fue debido a la subida de precios de los restaurantes y de los servicios de alojamiento, mayor que la registrada en febrero del año anterior.
  • Alimentación y bebidas no alcohólicas, con una tasa del 3,2%, dos décimas superior a la del mes anterior. Esta evolución se debió, en su mayor parte, a la estabilidad de los precios de los aceites y grasas y del pescado y marisco, frente a las bajadas del mismo mes de 2025.

La tasa de variación anual de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) se situó en el 2,7%, una décima superior a la del mes anterior.

 

 

[Fuente «Instituto Nacional de Estadística»]

 

Asesoría Jurídica Responde: «Desplazamiento de tubo de gas»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Tenemos una comunidad que está realizando trabajos en Fachada (entre otros) con el sistema SATE y con los Fondos Next Generation.

Ahora nos hemos encontrado con que en una de las fachadas para el tubo de gas (que da servicio a los vecinos que lo tienen, algunos no lo quisieron), pero se hizo una instalación comunitaria. Y nos dicen que, por normativa, ese tubo no puede quedar ocultado por el SATE y hay que sacarlo unos centímetros de la fachada para que el SATE quede detrás de dicho tubo.

Ahora bien, tengo varios vecinos que me comunican que este trabajo deben costearlo únicamente los vecinos que dispongan del gas y no el resto ¿esto es cierto?, si en su momento se hizo una instalación comunitaria para dar servicio a los vecinos que quisieran usar el gas y si en un futuro alguien lo quiera contratar ya dispone de dicha instalación.

 

RESPUESTA:

La cuestión se plantea a partir de una remodelación de la fachada con la instalación del sistema SATE que es una solución constructiva que consiste en aplicar paneles aislantes en la cara externa de la fachada, protegidos por un revestimiento especial.

Sirve para mejorar el aislamiento térmico y acústico, elimina puentes térmicos y reduce drásticamente el consumo energético en climatización y si su instalación afecta a una previa instalación receptora común del edificio que es la instalación del tubo de gas  (y, por tanto, elemento común a efectos de conservación), atendiendo a si discurre desde la llave del edificio/llave de acometida hasta antes de las llaves de cada abonado, porque esa configuración encaja en el concepto de instalaciones receptoras comunes.

Por lo tanto, si la conducción es común, la intervención para reubicarla/separarla de fachada por exigencias técnicas del SATE debe tratarse como actuación de conservación/mantenimiento de elemento común, con la consecuencia de imputación comunitaria del gasto y del riesgo de responsabilidad por daños si no se actúa correctamente.

No obstante revisar el título del acuerdo por el que en su día se ejecutó la instalación comunitaria de gas y si hubo no repercusión a disidentes/no votantes, porque esa regla condiciona la posibilidad de cargarles ahora costes asociados a esa infraestructura.

Además, se debe documentar técnicamente que la solución “sacar unos centímetros” responde a exigencia normativa y de seguridad, y encuadrar el alcance como parte del proyecto de obra en fachada, sin alterar la naturaleza de la instalación (común/privativa).

Por lo tanto, si la conducción forma parte de una instalación receptora común, cargar el coste solo a usuarios de gas puede generar conflicto y potencial impugnación interna, al tratarse de conservación de elemento común.