Crece el tiempo para pagar una vivienda: los ciudadanos destinan 6,7 años de salario íntegro

El tiempo necesario para pagar una vivienda aumenta. Un ciudadano tiene que dedicar íntegramente el sueldo bruto de 6,7 años (81 meses) al pago de la hipoteca de una vivienda de 80 m2 comprada en 2022.

 

El año pasado, la vivienda cerró con un precio de 2.051 euros/m2, tras experimentar un incremento anual del 7,5%, mientras que el salario bruto medio registrado por InfoJobs fue de 24.395 euros (2.033 euros brutos mensuales en doce pagas).

Así lo refleja el estudio Relación de salarios y la compra de vivienda en 2022 basado en los datos de los sueldos medios de las ofertas de empleo de la plataforma InfoJobs y en los precios medios de la vivienda de segunda mano en venta del Índice Inmobiliario Fotocasa. Hace diez años (2012) los españoles dedicaban 6,4 años de su salario (77 meses) y ganaban 23.594 euros brutos al año, mientras que hace 5 años destinaban 5,9 años de su salario (71 meses) y ganaban 23.331 euros brutos al año. En 2021 se invertían 6,2 años (75 meses) de salario íntegro para comprar una vivienda.

«Estamos ante el mayor esfuerzo salarial que los ciudadanos han realizado para hacer frente al pago de su vivienda», señala María Matos, directora de Estudios y portavoz de Fotocasa. La razón, según la experta, es que el precio de compra ha alcanzado la subida más elevada de toda la serie histórica. «El cambio en la política monetaria con las subidas de tipos de interés ha propiciado que la demanda aumente, alentada por conseguir unas buenas condiciones hipotecarias antes de que los tipos suban todavía más. Este furor por comprar ha causado que el desequilibrio entre oferta y demanda sea mayor, por lo que empuja los precios hacia el tensionamiento», explica Matos.

 

 

[Fuente ElEconomista.es]

 

Las compraventas de vivienda inscritas descienden en febrero el 7,1% sobre el mismo mes del año anterior

El Colegio de Registradores incluye en esta nota informativa, un avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al mes de febrero de 2023, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, mediante la comparación de datos con el mismo mes del año anterior.

 

En febrero, las compraventas totales descienden por tercer mes consecutivo, el 9,3%, continuando la tendencia negativa que comenzó en diciembre del año pasado (-13,3%), después de crecimientos continuos desde marzo de 2020. De las 105.450 operaciones realizadas en febrero de 2022 se ha pasado a las 95.622 en febrero de este año, cerca de 10.000 operaciones menos. Las compraventas de viviendas descienden también de forma significativa, aunque más moderada que las totales, desde las 51.889 inscripciones de febrero de 2022 se ha pasado a las 48.212, una caída del 7,1% con unas 3.600 operaciones menos.

 

 

La evolución de las hipotecas en los últimos meses muestra una tendencia negativa, similar a lo ocurrido en las compraventas, con descensos en diciembre, aunque con una ligera recuperación en enero. En febrero, el comportamiento de las hipotecas constituidas mostró un descenso menos acusado que las compraventas. En cuanto al número de hipotecas totales, se han constituido 45.437 operaciones frente a las 47.819 del mismo mes del año anterior, lo que supone un descenso del 5,0%, con una diferencia en torno a 2.400 operaciones. En cuanto a las hipotecas de vivienda, se constituyeron 34.332 operaciones frente a las 35.227 del mismo mes del año anterior, un moderado descenso del 2,5% con unas 900 operaciones menos.

 

 

 

 

[Fuente Registradores.org]

 

Asesoría Jurídica Responde: «Reparto de fondos comunitarios»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Administramos una comunidad donde tienen un saldo en la comunidad de aproximado de 60.000 Euros tienen este dinero ahorrado porque tienen un espacio común alquilado para una antena de telecomunicaciones que les genera unos ingresos al trimestre.
En este ejercicio la presidenta insiste en hacer una reunión para exigir que se le reembolse la parte proporcional que le corresponde de los fondos comunitarios.

Los fondos incluyen ingresos de arrendamiento y de cuotas mensuales que ingresan los vecinos.
¿Podría exigir este dinero si el resto de vecinos no están de acuerdo en la repartición de esos fondos?.

 

RESPUESTA:

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en  el art.9.1.f. Establece como obligación de todos los propietarios contribuir con arreglo a su cuota de participación a la dotación del fondo de reserva

Artículo 9. [Obligaciones de los propietarios y consideración de gastos generales]

  1. Son obligaciones de cada propietario: 
  1. f) Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación, de reparación y de rehabilitación de la finca, la realización de las obras de accesibilidad recogidas en el artículo diez.1.b) de esta ley, así como la realización de las obras de accesibilidad y eficiencia energética recogidas en el artículo diecisiete.2 de esta ley.

El fondo de reserva, cuya titularidad corresponde a todos los efectos a la comunidad, estará dotado con una cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al 10 por ciento de su último presupuesto ordinario.

Con cargo al fondo de reserva la comunidad podrá suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales.

  

La titularidad de dicho fondo de reserva corresponde a todos los efectos a la comunidad. Y cualquier decisión sobre los mismos  debe ser adoptada por la Junta para todos los propietarios, en aplicación a lo previsto en el art. 14 de la referida LPH:

 

Artículo 14. [Competencias de la Junta de propietarios]

Corresponde a la Junta de propietarios: 

  1. b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.

(…)

  1. e) Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.

Por tanto,  no  es un derecho independiente de cada propietario sino de la comunidad ni existe obligación de devolverlo a  petición de un propietario sino mediante acuerdo que afectará a todos los propietarios.

los derechos de tanteo y retracto previstos en este artículo.

  1. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, las partes podrán pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente.

En los casos en los que se haya pactado dicha renuncia, el arrendador deberá comunicar al arrendatario su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

 

En relación al precio NO existe la posibilidad de que sea deducida las rentas del precio salvo que se hubiera pactado expresamente en el contrato la aplicación de la renta como parte de precio. Es una fórmula utilizada pero debe pactarse expresamente en los contratos por las partes.

 

 

‼APETI estrena programa de radio‼: +QUE INMOBILIARIO

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Y es una noticia que estamos encantados de comunicaros. Porque desde el pasado martes y cada semana, APETI contará con su propio espacio de radio, de una hora de duración, en Gran Vía Radio.

 

+ Que Inmobiliario  es un espacio con el que pretendemos emitir un programa de radio ameno, estructurado de tal forma que conectemos directamente con las inquietudes de los oyentes. Todas las novedades del ámbito inmobiliario y tendencias del mercado, además de consejos para el ciudadano y respuestas para los profesionales del sector.

 

+QUE INMOBILIARIO

 

Un programa de noticias y debate sobre la información más relevante del sector inmobiliario con las voces de expertos de referencia en este ámbito y presentado por Gracia Calleja, Responsable de Comunicacón de APETI, que sigue esta estructura:

  • Actualidad inmobiliaria.
  • Entrevista con el experto.
  • Consultas y consejos.
  • Actualidad Profesional (entrevistas a asociados)

 


 

Por eso, te invitamos a que te unas a nosotros cada martes, de 11.00h a 12.00 en Gran Vía Radio, para que puedas seguir + Que Inmobiliario en directo de la forma que te resulte más cómoda:

Sintonizándolo desde cualquiera de estas ciudades en las siguientes frecuencias…

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Contamos contigo para hacer crecer programa. Un programa de TODOS, en el que será bienvenida la participación de todos los que queráis aportar ideas, sugerencias e incluso, vuestros testimonios, experiencias e inquietudes profesionales en directo, cualquiera de estos martes.

Haciendo clic en esta imagen, podrás ver el vídeo completo del primer programa que se retransmitió en directo en la página de facebook de Gran Vía Radio:

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¡Os esperamos en + Que Inmobiliario!