APETI hoy, en Gran Vía Radio: «Ajustes en el mercado inmobiliario»

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Compartimos con vosotros la intervención de nuestro Presidente, Luis Guirado en el programa ‘Ponte al día’ de Gran Vía Radio, que ha tenido lugar esta mañana.

 

En esta ocasión, durante su intervención en el programa que dirige Jordi Paniello, nuestro Presidente ha hablado sobre los reajustes que ha de sufrir el mercado inmobiliario ante la coyuntura bélica actual y con la inflación en ascenso.

El el siguiente enlace, puedes escuchar la intervención completa:

 

 

 

Boletín Campus ESINE: «La ventana inmobiliaria» – Septiembre 2022

Enlazamos desde este post el último boletín del Campus ESINE, centro de estudios técnicos y empresariales, con toda la información de actualidad sobre el sector inmobiliario.

 

        • Récord de precios en vivienda en Madrid y Baleares.
        • El Euríbor sigue imparable.
        • El Supremo reconoce el derecho a los compradores de viviendas de segunda mano a reclamar daños a las promotoras.
        • El 23% de los pisos que alquilan los estudiantes pertenecen a jubilados.
        • El Gobierno se plantea crear un fondo de rescate de las hipotecas para evitar otra crisis hipotecaria.

 

 

 

 

Nuestro Presidente, un martes más, en Gran Vía Radio: «Deducción por alquiler de vivienda habitual»

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Una semana más, compartimos con vosotros la última intervención de nuestro Presidente, Luis Guirado en el programa ‘Ponte al día’ de Gran Vía Radio, que tuvo lugar el martes, 20 de septiembre.

 

En esta ocasión, durante su intervención en el programa que dirige Jordi Paniello, nuestro Presidente ha hablado sobre la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, a través de las cual dicho organismo se pronuncia respecto al tema de la deducción en el IRPF del alquiler de vivienda habitual, por parte de los arrendatarios y el régimen transitorio a aplicar para contratos posteriores al 1 de enero de 2015, en el caso de cumplirse ciertos requisitos.

El el siguiente enlace, puedes escuchar la intervención completa:

 

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Desinfección pandemia»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Si durante la pandemia, cuando se decreta el estado de alarma en marzo, el presidente, después de estudiar las ofertas, contrata una desinfección urgente semanal de las zonas comunes, servicio que realiza una empresa de limpieza especializada o la misma que venían contratando para las limpiezas normales de las zonas comunes.

1º.- Está autorizado a llevar a cabo dicha contratación, dada la situación generada durante la pandemia, sin la posibilidad de realizar juntas de propietarios ni la ley (excepto Cataluña) las telemáticas.

2º.- Hay comunidades que mantuvieron el servicio 3 meses otras casi un año, utilizando para el pago de dichas facturas el fondo comunitario. Cuando la comunidad tenía mucho fondo, simplemente se explicó y en la mayoría se acordó no reponer esa partida. Cuando la comunidad perdió el mínimo fondo exigido por ley del 10% se efectuó derrama acordada en junta “después” de la pandemia para reponer las cantidades abonadas por dicho concepto.

Sólo una comunidad se muestra reticente y culpa al presidente de realizar dicha contratación sin autorización de la junta. Cabe indicar que se pusieron notas en todos los portales con el certificado de la empresa cada vez que realizaban el servicio.

 

RESPUESTA:

En principio es una decisión que se adopta teniendo en cuenta las circunstancias de la pandemia y por lo tanto, una situación excepcional sanitaria por lo que entraría dentro de lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal en su art. 10.1. a):

 

Artículo 10. [Obras necesarias de conservación y de accesibilidad]

 Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

  1. a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Las renovaciones pueden incluirse en el orden del día y pedir el acuerdo en junta por mayoría, aunque ahora aunque el tema de las mascarillas parece entender que el tema está controlado, los espacios comunes son zonas de riesgo y no estaría de más tener un plus de limpieza que evite riesgos a las personas de riesgos y las que no lo son y debería tenerse en cuenta a la hora de provisional el fondo común.

 

 

El Congreso aprueba la Ley «Crea y Crece», una de las principales reformas del Plan de Recuperación

El Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento Empresas («Crea y Crece») dirigida a facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión.

 

 

La Ley «Crea y Crece» es una de las principales reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dirigida a fomentar el dinamismo del tejido productivo y dar respuesta a las demandas y recomendaciones de los diferentes organismos internacionales. La norma ha contado con un amplio respaldo en el Congreso de los Diputados, fruto del intenso diálogo y colaboración parlamentaria, con las Comunidades Autónomas y todos los actores económicos, que ha permitido la incorporación de mejoras durante su tramitación.

La ley impulsa la creación de empresas y facilita su crecimiento y expansión, especialmente de las pymes, poniéndolas en el centro de la política económica. La mejora en el proceso de crecimiento empresarial es esencial, según la evidencia reciente, para aumentar la productividad, la calidad del empleo y la internacionalización, elementos fundamentales para incrementar la competitividad de las empresas e impulsar el crecimiento económico.

Además, la norma reduce y agiliza los trámites y condiciones para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, fomenta su crecimiento a través de la mejora regulatoria, generaliza el uso de la factura electrónica, establece medidas para luchar contra la morosidad en operaciones comerciales e impulsa la financiación alternativa potenciando mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva o el capital riesgo.

Crear una empresa será más fácil y más rápido

La Ley «Crea y Crece» facilita la creación de una empresa, al reducir el coste económico y simplificar los trámites para su constitución.

Con este objetivo, se establece la posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta el momento, permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativo y facilitando la creación de nuevos negocios.

De esta forma, España se alinea con gran parte de los países de nuestro entorno en los que no se requiere un capital mínimo, favoreciendo de esta forma el emprendimiento.

Asimismo, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales.

Medidas para favorecer el crecimiento de las empresas

De forma adicional, el anteproyecto de Ley mejora la eficiencia del marco regulatorio de las actividades económicas al simplificar la legislación existente, eliminar regulaciones innecesarias y establecer procedimientos más ágiles.

Se modifica la Ley de medidas de liberalización del comercio, ampliándose el catálogo de actividades económicas exentas de licencia. Se incorporan al listado de la normativa básica estatal las actividades que hayan sido consideradas inocuas por al menos una comunidad autónoma.

Asimismo, se modifica la Ley de Garantía de Unidad de Mercado para reforzar la cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas y los mecanismos de protección de empresas y consumidores frente a medidas que no respeten los principios de proporcionalidad y necesidad.

Medidas para luchar contra la morosidad

La norma incluye también medidas para avanzar en la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, una de las causas que más incidencia tiene en la liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas, con particular incidencia en las pymes.

Para ello, se extiende la obligación de expedir y remitir factura electrónica en todas las relaciones comerciales a empresas y autónomos, lo que garantizará una mayor trazabilidad y control de pagos. Esta medida, además de reducir los costes de transacción y suponer un avance en la digitalización de la operativa de las empresas, permitirá obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago, requisito imprescindible para reducir la morosidad comercial.

Asimismo, se establece que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión.

Finalmente, se prevé la creación de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, que hará una seguimiento y análisis de los datos de los plazos de pagos y promoverá buenas prácticas. Entre sus actuaciones se incluye la publicación de un listado anual de empresas morosas (personas jurídicas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y que el importe total de las facturas impagadas sea superior a 600.000 euros).

También se incluye en la Ley de Sociedades de capital y la Ley de Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen en sus memorias anuales el periodo medio de pago a sus proveedores o el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.

Refuerzo de la financiación

La norma incorpora medidas para mejorar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial alternativos a la financiación bancaria, como el crowdfunding o financiación participativa, la inversión colectiva y el capital riesgo.

En el ámbito del crowdfunding, la Ley Crea y Crece adapta la regulación nacional a la normativa europea. introduciendo más flexibilidad para que estas plataformas presten sus servicios en Europa. Además, se refuerza la protección de los inversores y se permite la creación de vehículos para agrupar a los inversores y así reducir costes de gestión. Para ampliar el universo de proyectos empresariales elegibles se elevan los umbrales de inversión por proyecto (de 2 a 5 millones de euros) y se modifican los límites de inversión por proyecto para inversores minoristas, que pasan a ser el más alto entre 1.000 euros o el 5% de la riqueza.

Se impulsa la industria del capital riesgo, ampliándose el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades, incluyendo empresas financieras con un alto componente tecnológico.

Por último, se amplían las figuras reconocidas para fondos cerrados, incluyendo estructuras de amplia trayectoria en otros países de nuestro entorno. Se trata de fondos de deuda que puedan invertir en préstamos, facturas o efectos comerciales, contribuyendo y mejorando la financiación empresarial de compañías que hayan visto deteriorada su estructura financiera como consecuencia de la pandemia.

En relación con las Instituciones de Inversión Colectiva, se elimina el carácter obligatorio del informe trimestral, se establecen los medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.

El Pleno del Congreso aprobó el pasado jueves por mayoría parte de las enmiendas que el Senado ha incorporado al proyecto de ley, por lo que la iniciativa concluye así su tramitación parlamentaria y el texto queda listo para su publicación en el BOE y su posterior entrada en vigor.

 

 

[Fuente «La Moncloa»]

 

 

Guindos (BCE) avisa de un cambio de tendencia en el mercado inmobiliario y antepone las subidas de tipos a la recesión

Luis de Guindos, vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), ha advertido del cambio de tendencia al que se podría enfrentar el mercado inmobiliario en la Eurozona tras años de fuerte crecimiento de precios y del crédito hipotecario. Guindos ha reconocido que se están viendo ciertos cambios (expectativas, tipos y demanda) que podrían conducir a una caída de precios de la vivienda. 

 

Las subidas de tipos están disparando el euríbor, que ya ha alcanzado la zona del 2%, lo que a su vez está encareciendo rápidamente la concesión de crédito hipotecario (tanto tipo fijo como, por supuesto, el variable). Esta dinámica podría reducir una demanda de vivienda que ha crecido, quizá, de forma desproporcionada en los últimos años, disparando el precio de los inmuebles. En el nuevo entorno financiero, la tendencia de los últimos años en el inmobiliario parece vulnerable, ha asegurado De Guindos en un discurso en Lisboa.

 

La crisis del covid, al contrario de lo que se pensó en un primer momento, tuvo un impacto positivo sobre la demanda de vivienda y el precio. Por un lado, los hogares incrementaron el valor que le dan a los inmuebles, puesto la vivienda se convirtió en un bien todavía más relevante ante las restricciones de movilidad.

 

Por otro lado, las bajadas de tipos de interés y las inyecciones de liquidez de la banca central dejaron a la vivienda como uno de los pocos activos con una rentabilidad elevada (depósitos, bonos, etc. ofrecían una rentabilidad casi nula). A todo lo anterior hay que sumarle el ahorro acumulado por las familias durante la pandemia que, en parte, se canalizó en modo de inversión hacia la compra de vivienda.

 

 

 

[Fuente «El Economista»]

 

Nuestro Presidente, un martes más, en Gran Vía Radio: «La subida de los tipos de interés»

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Como ya os hemos comunicado, a partir de ahora nuestro Presidente, Luis Guirado, intervendrá como colaborador habitual todos los martes, a partir de las 9.00h de la mañana, en el programa «Ponte al día» de Gran Vía Radio.

 

Recién iniciada esta nueva andadura, hoy compartimos con vosotros su última intervención en el citado medio, que tuvo lugar el pasado martes 13 de septiembre.

En esta ocasión, durante su intervención en el programa que dirige Jordi Paniello, nuestro Presidente trató el tema de la subida de los tipos de interés y de cómo va a afectar a las economías familiares, teniendo en cuenta las previsiones que establecen los expertos.

 

De nuevo, un paso más en la tarea de dar visibilidad a APETI, como colectivo de referencia en el ámbito inmobiliario.

El el siguiente enlace, puedes escuchar la intervención completa:

 

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Silla Salvaescaleras»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En una comunidad se va a proponer la colocación de una silla salva escalera debido a las dificultades que tiene el propietario de la 2º planta para acceder a la vivienda .Mi pregunta es si los propietarios de los locales comerciales tendrían la obligación de participar.

 

RESPUESTA:

En primer lugar hay que ver el título constitutivo y los Estatutos para comprobar si están exceptuados de alguna forma específica. En caso contrario es obligatorio en aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal establece en el Artículo 10. [Obras necesarias de conservación y de accesibilidad]

 

  1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

 

  1. a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

 

  1. b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

 

También será obligatorio realizar estas obras cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas.

 

Luis Guirado de nuevo en los medios y a partir de ahora, todos los martes en Gran Vía Radio

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Os informamos sobre la participación del presidente de APETI, Luis Guirado, en el programa «Ponte al día» de Gran Vía Radio, que tuvo lugar el pasado 7 de septiembre.

 

Durante su intervención en el programa dirigido por Jordi Paniello, nuestro Presidente dio respuesta a diferentes cuestiones relativas al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, en el caso de arrendamiento:

  • ¿Puede el inquilino asumir el pago de este impuesto?
  • ¿Es válido el pacto entre las partes de cara a la Agencia Tributaria?
  • ¿Qué ocurre con los contratos de arrendamiento anteriores a 1985?
  • ¿Cuáles son las consecuencias tributarias para el arrendador, en relación al ITP?

Todas estas cuestiones fueron resultas por parte de nuestro Presidente, Luis Guirado, en el transcurso de su intervención, que puedes escuchar íntegramente a través del siguiente enlace:

 

 

 

En julio se ralentizó el crecimiento anual del número de compraventas y de hipotecas

El Colegio de Registradores incluye en esta nota informativa, un avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al mes de julio, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, mediante la comparación de datos con el mismo mes del año anterior.

 

Con relación al número de compraventas totales en julio, respecto al mismo periodo del año anterior, se produce la mayor ralentización del crecimiento de los últimos meses, que viene precedida de una moderación del crecimiento en el mes de junio. De las 92.847 operaciones realizadas en julio de 2021, se pasaron a las 92.962 en julio de este año, cifra prácticamente igual a la de un año antes.

 

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Esta ralentización también se observa de una forma similar en las compraventas de vivienda, con incrementos suaves en los dos últimos meses frente al mismo periodo del año anterior. En este mes de julio se alcanzan las 49.177 inscripciones, 3.000 operaciones más que en el mismo mes del año anterior, cuando se registraron 45.939 operaciones.

La evolución de las constituciones de hipoteca muestra también una tendencia similar a lo ocurrido con las compraventas. En número de hipotecas totales se han registrado 43.702 operaciones en julio, frente a las 44.998 del mismo mes de un año antes. Este dato supone el primer descenso interanual desde el mes de febrero de 2021. En cuanto a las hipotecas de vivienda, apenas crecieron en julio, pasando de las 32.585 del mismo mes del año pasado, a las 32.941 de este año.

 

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Si se mide la evolución mediante la tasa de variación de las compraventas inscritas en julio frente al mismo mes de 2021, se pueden precisar mejor la clara ralentización del crecimiento de meses anteriores. Las compraventas totales se han incrementado tan solo un 0,1% (6,8% en junio), siendo mayor el incremento en las de vivienda, con un 7,0% frente al 18,3% de junio. En cuanto a las hipotecas totales, descendieron un 2,9% (se incrementaron un 8,7% en junio), mientras las de vivienda las superaron, aunque crecen tan solo el 1,1% (11,2% el mes anterior).

Con relación a la evolución anual de las compraventas totales por Comunidades Autónomas, se observan descensos en diez territorios. Entre las cuatro Comunidades con mayor volumen, descienden en Madrid (-12,9%) y Andalucía (-3,0%), y se incrementan en la Comunidad Valenciana (11,2%) y Cataluña (4,4%). En el resto destacan los crecimientos de Canarias (20,2%) y Baleares (15,6%) y en la parte negativa los descensos de La Rioja (-21,0%) y Castilla – La Mancha (-12,4%). Con relación a las hipotecas totales constituidas respecto a julio del año pasado, disminuyeron sobre todo en Madrid (-34,3%) y Extremadura (-13,7%). En la parte positiva, aumentaron más en Baleares (24,6%), Cataluña (19,1%) y Navarra (15,6%).

 

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[Fuente Registradores.org]