Requisitos para transformar local comercial en vivienda

Debido a las dificultades actuales para el acceso a la vivienda además del auge del negocio de los pisos turísticos, están comenzando a surgir multitud de viviendas que antes eran locales comerciales.

 

Para ello, lo primero de todo sería presentar al ayuntamiento un proyecto de cambio de uso que cumpla todas las normativas vigentes y haya sido realizado por un arquitecto y así obtener la licencia.

En un principio no es necesario el acuerdo en junta de propietarios, a no ser que la modificación de local a vivienda suponga un cambio en los estatutos de la comunidad.

Una vez obtenida la licencia de cambio de uso, se necesitará que un técnico municipal visite la futura vivienda para dar fe que ésta cumple con lo expuesto en el proyecto inicial y así ceder una licencia de primera ocupación.

Finalmente, se deberá registrar la nueva vivienda ante notario.

El periplo de instalar un ascensor en una comunidad de vecinos

España está a la cabeza como país en el que más ascensores se han instalado, aun así todavía quedan fincas en las que contar con este elemento es inviable debido a las características del edificio.

 

Un ascensor aparte de influir en el precio de la vivienda y del edificio en sí, se vuelve necesario en fincas con propietarios o inquilinos de avanzada edad o problemas de movilidad reducida.

Antes de su instalación, lo primero es contar con un informe técnico positivo además de convocar una junta de propietarios para hacer constar dicha instalación.

Es interesante pedir diversos presupuestos cerrados de instalación para que se elija cuál será el conveniente además de por precio y su posibilidad de financiación, lo que suele ser motivo de desacuerdo vecinal (para su instalación sería necesario el acuerdo de la mayoría, la mitad más uno).

Además de causas económicas, otro motivo de desacuerdo es la necesidad que presenta la obra de instalación de ocupar parte de viviendas debido a que la finca fue construida sin espacio para esta maquinaria. No obstante siempre se puede indemnizar al inquilino afectado por daños y perjuicios.

Cabe recordar que todos los vecinos incluyendo los inquilinos de los bajos y locales comerciales están obligados al pago.

El precio del alquiler sube casi un 5% en febrero

El Índice Actualizador de Rentas de Contratos de Alquiler (ARCA) de Alquiler Seguro estima que las rentas de alquiler cerraron el mes de febrero con un incremento del 4,8%.

 

Según esta noticia de Pisos.com este avance supondría que un alquiler de 700€ con contrato firmado a fecha de febrero del pasado año subiría alrededor de unos 30€.

Esta subida ya se adelantó en diversos medios en enero del presente año, comunicando que “el alquiler se actualizará según lo que marque el IPC”.