Modificación del Código Técnico de la Edificación

Se ha publicado el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Mediante este real decreto se introduce una nueva exigencia básica de salubridad HS 6, de protección frente al gas radón, por la cual se obliga a que, en los edificios situados en los términos municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable, se dispongan los medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada en su interior, a radón procedente del terreno. Dicha exigencia básica es desarrollada mediante la inclusión de una nueva sección en el documento básico DB HS de «Salubridad», donde se caracteriza y cuantifica la exigencia, y se establecen los criterios para la verificación y justificación de su cumplimiento.

Asimismo, teniendo en cuenta los efectos que sobre los cerramientos exteriores del edificio podrían derivarse del incremento de las nuevas exigencias reglamentarias de eficiencia energética, se realizan algunas modificaciones en el Documento Básico DB SI de «Seguridad en caso de incendio», para limitar adecuadamente el riesgo de propagación del incendio por el exterior del edificio.

Los consumidores podrán reclamar por la cláusula abusiva en su hipoteca

El Tribunal Supremo acaba de dictaminar que los consumidores que padecieron una cláusula suelo abusiva en su hipoteca tiene derecho a reclamar a su entidad la restitución del dinero indebidamente cobrado aunque el préstamo haya vencido.

El fallo abre la puerta a una nueva ola de demandas en torno a las ya célebres cláusulas suelo hipotecarias al permitir que no solo quienes mantengan el crédito vivo puedan exigir judicialmente la devolución de lo pagado.

Puede descargar la sentencia STS 3911/2019 en CENDOJ

La Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente para 2020

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2020, pero con algunas novedades significativas respecto a 2019, de las que destacamos:

Se sigue aumentando la cantidad de modelos que se pueden presentar con Cl@ve PIN, aunque siempre deben ser personas físicas, no representantes ni personas jurídicas.

El 1 de abril de 2020 será cuando se inicie el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2019.

Las citas previas para que Hacienda nos ayude telefónicamente se podrán concertar desde el 31 de marzo. La presentación de los diferentes modelos se podrá hacer de forma telemática como es habitual con DNIe, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Los modelos 190, 347 y 390 correspondientes al ejercicio 2019 se presentarán mediante formulario de ayuda o mediante fichero. Desaparece la opción de presentación con SMS. Además hay dos nuevos modelos, el 234 y 235 declaraciones informativas de información de determinados mecanismos de planificación fiscal y comercializables respectivamente.

La declaración anual del modelo 349 correspondiente al 2019 se presentará en enero de 2020, si bien ya no se realizará la declaración anual a partir del año 2020, a presentar en el 2021. Se sigue con la intención de armonizar el calendario fiscal, aunque el modelo 347 sigue presentándose durante el mes de febrero hasta el 2 de marzo, a pesar de la intención de Hacienda de moverlo a enero.

Finalmente y a  tener en cuenta que si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente.