Tributación segunda vivienda , Renta 2020

¿Tienes una segunda vivienda? Este es el consejo de la OCU a los dueños que tengan que pagar el IRPF este año

Esta organización no considera justo que los contribuyentes que tengan una segunda vivienda tengan que pagar por ella en la declaración de la renta este año debido a la pandemia.

 

Si tienes una segunda vivienda, lo más probable es que no la hayas podido disfrutar todo lo que te hubiera gustado durante 2020. Sin embargo, si debido a tu renta te toca presentar la declaración, deberás tributar por ella.

La Organización de Consumidores y Usuarios se ha pronunciado al respecto y lo considera una injusticia: «Desde OCU nos movilizamos para reclamar lo que es de justicia: que se ajusten las rentas imputadas a la segunda vivienda, de forma que solo se paguen impuestos por el periodo en que realmente han estado a nuestra disposición».

Esta organización denuncia que debido a las restricciones de movilidad entre comunidades, el Estado de Alarma y la pandemia por COVID-19, algunos usuarios no han podido hacer uso de sus segundas viviendas con normalidad, ya que o no han podido ir o lo han hecho por un periodo de tiempo muy limitado. De ahí que su lema sea: «Si no me dejan usarla, no me hagan pagarla».

Además, la OCU recuerda que las rentas inmobiliarias imputadas no existen en los territorios forales, por lo que los contribuyentes del País Vasco o Navarra no se encuentran en esta situación a la hora de pagar el IRPF como sí que lo hace, por ejemplo, un murciano.

¿Qué son las rentas inmobiliarias imputadas?

En las rentas inmobiliarias imputadas se engloban todas aquellas propiedades inmobiliarias que el contribuyente posea, mientras que no se alquilen a otras personas y a excepción de la vivienda habitual y un máximo de hasta dos plazas de garaje adquiridas con la vivienda actual.

Estas segundas viviendas se deben declarar en el IRPF dentro de esta categoría, que se calcula aplicando al valor catastral del inmueble un porcentaje del 1,1% o del 2%, según cuándo fuera la última revisión del Catastro: « En resumidas cuentas, tener esa segunda residencia hace que en tu declaración tengas que incluir un rendimiento extra de 300, 500, 1.000 euros o más, y tributar lo que corresponda en función de tus demás ingresos y circunstancias», explican desde la OCU.

La OCU se moviliza

La Organización de Consumidores y Usuarios ha presentado una petición ante la Agencia Tributaria y ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente, a través de la cual quieren solicitar que las segundas residencias de los contribuyentes no se cuenten «a efectos de imputación de rentas» en la declaración del ejercicio de 2020.

 

«Siempre que puedas demostrar que la vivienda no fue utilizable por las restricciones y que permaneció vacía (por ejemplo, mediante las facturas que reflejen la ausencia de consumos de agua y luz), no debería atribuirse a esos días ninguna renta imputada», piden desde la OCU.

 

[Fuente Laverdad.es]