La Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente para 2020

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario del contribuyente para 2020, pero con algunas novedades significativas respecto a 2019, de las que destacamos:

Se sigue aumentando la cantidad de modelos que se pueden presentar con Cl@ve PIN, aunque siempre deben ser personas físicas, no representantes ni personas jurídicas.

El 1 de abril de 2020 será cuando se inicie el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2019.

Las citas previas para que Hacienda nos ayude telefónicamente se podrán concertar desde el 31 de marzo. La presentación de los diferentes modelos se podrá hacer de forma telemática como es habitual con DNIe, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Los modelos 190, 347 y 390 correspondientes al ejercicio 2019 se presentarán mediante formulario de ayuda o mediante fichero. Desaparece la opción de presentación con SMS. Además hay dos nuevos modelos, el 234 y 235 declaraciones informativas de información de determinados mecanismos de planificación fiscal y comercializables respectivamente.

La declaración anual del modelo 349 correspondiente al 2019 se presentará en enero de 2020, si bien ya no se realizará la declaración anual a partir del año 2020, a presentar en el 2021. Se sigue con la intención de armonizar el calendario fiscal, aunque el modelo 347 sigue presentándose durante el mes de febrero hasta el 2 de marzo, a pesar de la intención de Hacienda de moverlo a enero.

Finalmente y a  tener en cuenta que si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente.

 

El Colegio de Registradores lanza una campaña para las vacaciones navideñas relacionada al alquiler vacacional

El Registro de la Propiedad, además de ser una gran herramienta para los inquilinos, también se puede consultar para confirmar si el dueño del alojamiento es realmente el propietario, pudiendo alquilarlo con pleno derecho si la descripción de la vivienda casa con la realidad. También los registradores ayudan a los inquilinos a conocer sus derechos y obligaciones, saber si los contratos tienen cláusulas abusivas o si la ubicación indicada es la real.

Por ello, los registradores intentan dar a conocer la labor de servicio público que ejercen, en concreto en esta época del año para disfrute de unas tranquilas vacaciones, garantizando los derechos de la ciudadanía.

En Andalucía, la Agencia Tributaria encomendará a registradores competencias de impuestos de Transmisiones y Sucesiones

El pasado martes el Consejo de Gobierno dio luz verde al Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía para delegar en los registradores de la propiedad ciertas funciones y competencias relacionadas a la aplicación de los tributos y revisión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La Junta de Andalucía defiende en una nota los avances de administración electrónica, mejora de la información y medios de control, además de los cambios normativos que afectan a los tributos que gestiona la Agencia Tributaria de Andalucía. Todos ellos crean la necesidad de establecer un nuevo modelo de colaboración en el Contrato de Gestión de la Agencia Tributaria de Andalucía aprobado el pasado 3 de julio de 2018 por acuerdo del Consejo de Gobierno.

El próximo 31 de diciembre de 2019 expira la vigencia del convenio de 26 de julio de 1999 poniendo fin al régimen de atribución de funciones, previo a la creación de la Agencia Tributaria de Andalucía.

Por ello, la Junta de Andalucía negocia un nuevo régimen con los registradores de la Propiedad.

Las compraventas de viviendas inscritas disminuyen un 1,5% respecto a octubre de 2018

Según los datos provisionales del informe de Estadística de Transmisiones de Derechos de la Propiedad (ETDP) de octubre 2019, publicado el pasado 13 de diciembre por el INE, el número de compraventas de fincas urbanas sube un 0,3%, lo que supone una disminución anual del 1,5%. En lo que a las fincas rústicas se refiere, éstas suben un 2,8% en octubre en tasa anual.

En el mes de octubre, el número total de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad alcanza sus valores más altos en La Rioja, Castilla y León y Castilla–La Mancha. Por su parte, la Comunidad Foral de Navarra, Extremadura  e Illes Balears  presentan las tasas anuales más bajas. En cuanto a las  comunidades con mayor número de transmisiones son La Rioja, Comunitat Valenciana y Región de Murcia.

En cuanto al número de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) bajan un 5,1% menos que en el mismo mes de 2018.

 

 

FUENTE: https://www.ine.es/daco/daco42/etdp/etdp1019.pdf

La tasa de variación anual del IPC del mes de noviembre se sitúa en el 0,4%

Según datos del INE, la tasa de variación anual del IPC del mes de noviembre se sitúa en el 0,4%, tres décimas por encima de la del mes anterior. Los grupos con mayor influencia positiva en el aumento de la tasa anual son: el transporte, debido a la estabilidad de los precios de los carburantes y lubricantes en este mes de noviembre; los alimentos y bebidas no alcohólicas, como consecuencia, por un lado, de que la disminución de los precios de las frutas ha sido menor que la producida en 2018 y por el aumento, por otro lado, de los precios del pescado y marisco, que aumentan este mes más que el año anterior; y el ocio y cultura que se mantiene sin variación, porque la bajada de los precios de los paquetes turísticos este mes es menor que en noviembre del año pasado.

Por otra parte, vivienda es el grupo que destaca por su influencia negativa, registrando una variación del –4,1%, dos décimas por debajo de la de octubre, debido a que los precios de la electricidad y, en menor magnitud, del gasóleo para calefacción descienden este mes más que en 2018.

 

FUENTE: https://www.ine.es/daco/daco42/daco421/ipc1119.pdf

El TS condena al Estado a devolver la plusvalía municipal cobrada indebidamente

El impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos, que suele asfixiar a contribuyentes y mantiene en vilo a abogados y administradores, deberá ser ahora devuelto por el Estado, según el fallo del Tribunal Supremo.

Dicho órgano condenó al Estado el pasado 21 de noviembre,  por el impuesto que ha sido cobrado indebidamente y  tras previa sentencia que avalaba la opción de los contribuyentes a reclamar por daños y perjuicios.

El hecho de solicitar responsabilidad patrimonial es debido al artículo 32 de la Ley 40/2015 de Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas en cuyo apartado cuatro estipula que “si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada”, por lo que se recurrirá al citado apartado una vez se hayan agotado todas las vías judiciales, habiendo una sentencia desestimatoria de un recurso contra la decisión administrativa.

En este último fallo, el Tribunal Supremo ha certificado la disminución patrimonial que existe entre adquisición y transmisión del inmueble, procediendo a estimar el recurso interpuesto, lo que lleva a la imposición de las costas al Estado.

 

 

 

 

Los bajos tipos de interés impulsarán la inversión inmobiliaria en 2020

Según un estudio de Savills Investment Management (Savills IM), los bajos tipos de interés sostendrán la inversión inmobiliaria el próximo año. Según la  gestora internacional de inversiones inmobiliarias, la falta de alternativas de inversión pronostica lo que los inversores van a destinar al sector inmobiliario.

También aseguran que la actividad en la Eurozona  crecerá continuado durante un año y medio, esperando una menor demanda de alquiler.

 

 

 

 

Las viviendas de obra nueva y segunda mano, moderan el crecimiento de precios

Según apunta el Instituto Nacional de Estadística (INE), el precio de la vivienda se encarece en un 4.7%, el menor índice en los últimos tres años, no obstante, esto no quiere decir que la vivienda se abarate ya que según el mismo órgano son un 1.6% más caras que en el pasado trimestre.

Si observamos los gráficos por comunidades autónomas, los precios crecieron sobre la media en País Vasco, Baleares, Aragón y Andalucía.

Por tipo de vivienda, la obra nueva prevalece sobre la de segunda mano en contraposición a la situación del pasado año, en el que la obra de segunda mano se encarecía por momentos.

En general y según las estadísticas la vivienda actualmente mantiene los mismos precios que hace ocho años atrás (2011).

 

 

 

 

Remontada de la vivienda de obra nueva en las ciudades españolas

Tras esta subida los expertos han analizado los motivos por los cuales la obra nueva prevalece sobre la de segunda mano, siendo el primer motivo la falta de oferta de vivienda en las ciudades.

Según los expertos en el sector alrededor del 80% de la población española vive en las urbes y cada vez más en las principales ciudades del país.

También, a raíz de los últimos movimientos ecologistas existe una nueva conciencia por el medio ambiente, por lo que los compradores podrían optar por nuevos inmuebles, más sostenibles que los de segunda mano, además de estar más adaptados a sus necesidades.

 

 

 

 

El TJUE aplaza la lectura de las conclusiones de su abogado sobre las cláusulas abusivas hipotecarias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha decidido aplazar hasta casi dos meses la lectura por parte del abogado general, a pesar de que el fallo estuviera previsto para la semana del 9 de diciembre, así, la sentencia final no verá la luz hasta finales de la próxima primavera.

Este aplazamiento conlleva un aumento en la presión sobre el sector financiero, el cual participa en dicho procedimiento.

Además, queda por saber si el fallo va a afectar a las novaciones hipotecarias en su totalidad o solo a las que mantenían cláusulas abusivas. En caso que el fallo sea favorable a los clientes, entidades bancarias como el Banco Santander y Banco Sabadell, deberán abonar una gran cantidad de dinero.