Éxito de nuestro seminario online: “Comunidades de Propietarios en Estado de Alarma por el Coronavirus”
El pasado miércoles 10 de junio, APETI en colaboración con DAR Escuela de Negocios, impartió un seminario para analizar las novedades legislativas del mes de mayo que afectan a las comunidades de propietarios.
Los asistentes al seminario tuvieron como ponente al Magistrado del Tribunal Supremo, el Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet, que resolvió al final de la ponencia todas las dudas que les fueron surgiendo a nuestros asociados a lo largo de la misma.
Este seminario ha resultado un éxito absoluto tanto en participación como en satisfacción en cuanto a la calidad del mismo, hecho que nos anima a seguir ofreciendo más formación en el futuro con el fin que todos nuestros asociados sigan estando actualizados en todas las novedades acaecidas en el sector.
Los temas que más interés suscitaron entre nuestros asociados fueron:
- Obras en las comunidades de propietarios durante el estado de alarma y post pandemia ante las reformas de mayo 2020 junto a la realización de juntas de propietarios con o sin relación a las mismas.
- 8 Plazos Procesales en virtud del Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo y Art. 10 Plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo ambos relacionados con las juntas de propietarios y el voto presunto del ausente en casos de decisión sobre obras en las comunidades de propietarios.
- Cuándo se pueden realizar las juntas de propietarios: presenciales y por videoconferencia. Convocatoria, lugar de celebración, condiciones, desplazamiento de propietario desde otra comunidad autónoma para asistencia a la junta…
- Apertura de piscinas en comunidades de propietarios (Fase 2 y 3).
- El uso de elementos comunes en las comunidades y responsabilidad en que podría incurrir la comunidad de propietarios en cuestiones relacionadas con el COVID19.
Algunas preguntas realizadas por los asistentes:
- “Una vez finalizada la fase III ¿Cuáles son las medidas de seguridad que hay que mantener? ¿Sólo mantener la distancia de 1,5metros y mascarilla?”
- “¿Podría incurrir el administrador en alguna responsabilidad si se convoca una junta y no se guardan las medidas de seguridad?”
- “¿Las juntas por video conferencia se pueden aprobar con mayoría simple de los presentes?”
- “¿Qué pasa con las personas que por ejemplo por su edad no sepan o puedan unirse a la videoconferencia?”
- “Para abrir las piscinas cumpliendo con art 44 y 45 hay que tener personal en la comunidad 7 días en semana, lo cual es un gasto adicional, no incluido en el presupuesto y que no se ha podido aprobar ¿Cómo se abren?”
- “A partir del 22 de junio ¿cuál será el porcentaje de aforo de la piscina?”
- “¿En el estado de alarma, hay restricción de uso de la piscina a personas ajenas a la comunidad, familiares y amigos?”
- “Dicen que con el Socorrista sería suficiente para controlar distancias y aforo, pero, si la función del Socorrista es por contrato y responsabilidad la de controlar el vaso ¿cómo controlamos en las Comunidades que se cumplan las distancias de seguridad?”
- “Entonces ¿el asunto de la desinfección ya no sería de aplicación a partir del 22 de junio?”
- “¿La responsabilidad de infracciones graves recaen siempre sobre el presidente? ¿El administrador que responsabilidad tiene?”
Si no tuviste ocasión de asistir a este seminario, ahora tienes la oportunidad de verlo en diferido.
Accede a este enlace para ampliar información:
SEMINARIO ONLINE «Novedades en las Comunidades de Propietarios»