Boletín Campus ESINE: «La ventana inmobiliaria» – Junio 2022

Enlazamos desde este post el último boletín del Campus ESINE, centro de estudios técnicos y empresariales, con toda la información de actualidad sobre el sector inmobiliario.

 

 

  • El Gobierno prorroga hasta septiembre la limitación de subidas del alquiler al 2%.
  • Eroski controla ya el 60% del capital de la inmobiliaria de Sergio Ramos.
  • Las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas suben un 5,4% en el primer trimestre.
  • Los arquitectos piden que la vivienda sea más asequible.
  • El Euríbor cierra mayo rozando el 0,3%.

 

 

 

SEMINARIO ON LINE DAR >> Realización de obras en la comunidad de propietarios

APETI, en colaboración con DAR Escuela de Negocios, imparten seminario en el que se analizarán las características de toda la temática relativa a obras en comunidades, tanto elementos privativos como comunes, y las respuestas a cada cuestión que surge en esta materia. Además, analizaremos los últimos criterios sobre la materia en cuestión.

 

Programa:

  1. Responsabilidad por obras de la comunidad.
  2. Acuerdos sobre obras.
  3. Jurisprudencia del TS reciente en materia de obras
  4. Obras obligatorias y forma de llevarlas a juntas
  5. Responsabilidad en elementos comunes de uso privativo
  6. Responsabilidad por obras por comuneros.

 

Fecha y Horario:

Lunes, 13 de junio de 2022  |  17.00h a 19.00h (una hora menos en Canarias).

 

Lugar:

En directo: Videoconferencia, a través de ordenador, tablet o móvil.
En diferido: Podrá visualizarlo en cualquier momento durante tres meses.
(Derecho de uso y difusión propiedad de Escuela de Negocios DAR SLU.)
Recomendable conexión a Internet por cable, no es aconsejable la conexión por wifi.

 

Inscripción:

Importe (Precio especial asociados APETI): 49,00€

Imprescindible realizar la inscripción a través de DAR (PDF descargable desde el enlace), cuyos datos aparecen más abajo, remitiendo a DAR la hoja de inscripción. Posteriormente, deberán enviar a la APETI, el justificante de dicha inscripción:

 

Pulse aquí para descargar programa y hoja de inscripción

 

 

Euríbor, inflación y mercado inmobiliario

La vuelta del euríbor a signo positivo es perjudicial para el consumidor. Durante los últimos años nos hemos acostumbrado a que el euríbor fuera bajando, pero esto era algo completamente excepcional y sorprendente.

 

Lo cierto es que la subida de este índice debería haber pasado hace algunos meses, pero se ha ido retrasando y ahora con la inflación, el fin de la pandemia y la subida de tipos por parte del banco central estadounidense, la tendencia ha cambiado y el euríbor se ha posicionado en positivo.

El aumento de los tipos de interés es una medida clásica que se aplica para contrarrestar la inflación. Parece una contradicción en sí misma, pero la realidad es muy diferente. La inflación está estrechamente ligada a la cantidad de dinero que hay en circulación, por tanto, limitando el dinero que hay en circulación se logra una bajada de la inflación. El problema actual, a diferencia de la crisis de 2008, es que hay mucho dinero barato en circulación y esto provoca que las personas intenten asumir situaciones arriesgadas que no son sostenibles.

Teniendo en consideración el mercado inmobiliario, las personas que más se verán afectadas con esta subida del euríbor son aquellas que tienen una hipoteca a tipo variable, ya que son las que están referenciadas al euríbor. De hecho, desde febrero de 2016 cuando el euríbor a 12 meses, el de referencia para las operaciones hipotecarias, empezó a cotizar en negativo, las personas con hipotecas a tipo variable se empezaron a beneficiar, pero ahora, con esta vuelta a números positivos de este índice verán como su cuota mensual se incrementa.

 

 

 

[Fuente Ejeprime.com]

 

 

 

El Índice Registral Inmobiliario presenta un crecimiento elevado en todos sus indicadores referentes a compraventas e hipotecas

El Colegio de Registradores elabora el Índice Registral de Actividad Inmobiliaria (IRAI) único que conjuga transacciones e hipotecas inmobiliarias inscritas en los registros de la propiedad (enfoque desde la demanda) con la actividad mercantil del sector de  la construcción e inmobiliario (enfoque desde la oferta), dando por tanto una estimación completa de la actividad del sector.

 

El valor del índice se situó en 124,8 (116,8 el trimestre anterior) y el índice suavizado, libre de factores estacionales, en 114,6 (111,5 el trimestre anterior). Desde el 2º trimestre de 2020, que marcó 96,4, se viene produciendo una recuperación de la actividad inmobiliaria, a excepción del ligero descenso del 4ª trimestre de 2021. Esta evolución favorable se debe, sobre todo, a la tendencia positiva de la parte de propiedad (8,7% trimestral), mientras que en la parte mercantil del IRAI, esencialmente más constante en los últimos trimestres, el crecimiento ha sido más moderado (1,7% trimestral).

 

Evolución anual del IRAI con base 2003 durante el 1er trimestre

La evolución anual del IRAI durante el primer trimestre obtiene una subida del 11,1% frente al mismo trimestre de 2021, similar al último trimestre de 2021, aunque inferior a los grandes incrementos anuales registrados durante el segundo y tercer trimestres del año pasado, afectados todavía en la comparación con los mismos períodos de 2020, debido al gran impacto de la crisis sanitaria sobre la economía, que provocó en aquel momento caídas del 12,4% en el segundo y del 6,0% en el tecero. Continúa, por tanto, de forma más moderada pero robusta, el crecimiento de la actividad iniciado en el segundo trimestre de 2021. Como se aprecia en el siguiente gráfico, la evolución anual ha compensado ya claramente los descensos de 2020, y el crecimiento de los cuatro últimos trimestres, aunque matizado por la comparación con los peores momentos de la pandemia en 2020, sigue consolidando crecimientos muy importantes de la actividad inmobiliaria global.

Con relación a los componentes de la evolución del IRAI mostrada en los datos anuales al término del primer trimestre, el crecimiento se produjo fundamentalmente por el incremento en el área de propiedad (15,6%), nuevamente debido al gran aumento del número de compraventas (27,7%) y del incremento del número de hipotecas (18,5%), acompañados del precio de las compraventas (6,6%) y también del importe de las hipotecas (7,2%).

En el área de las sociedades mercantiles se produjo un ligero incremento del 0,3%, aportado sobre todo por el sector inmobiliario (1,4%), mientras que el sector de la construcción permanece inalterado.

 

 

 

[Fuente Registradores.org]

 

 

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Asesoría Jurídica Responde: “Adaptación de piscina para discapacitados”

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En una comunidad una persona discapacitada me ha solicitado por escrito la adaptación del vaso para discapacitados.

Ya le he comentado que se podría hacer de 2 formas:

  • Instalando un elevador
  • Haciendo de obra una rampa en el vaso. Cosa lógica debe cumplir unos requisitos técnicos.

El problema radica en que esta persona dice que ella quiere rampa SI o SI, que ella no ha pedido un elevador.

¿Estamos obligados a construir la rampa incluso si es viable técnicamente?

¿Podemos llevar a votación a Junta, que poner, si rampa o elevador?

 

RESPUESTA:

La Ley de Propiedad Horizontal establece en su  Artículo 10. [Obras necesarias de conservación y de accesibilidad]

  1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
  2. b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

 

Por lo tanto la obligación de la comunidad es asegurarle un uso adecuado mediante la instalación de los medios que favorezcan la orientación o su comunicación. NO es una elección por preferencias, primando la solución técnicamente más viable y  deberá tenerse en cuenta que existe unos límites económicos a  las cuotas de doce mensualidades ordinarias siendo los excesos abonados por quien lo requiere.

 

 

El alza del euríbor aboca a la mayor subida de las hipotecas desde la época de la burbuja inmobiliaria

La inflación aprieta y no trae buenas noticias a los hogares con una hipoteca variable. Incluso en los escenarios más cautos que contemplan los bancos, los préstamos se encarecerían a finales de este año al ritmo más rápido desde 2007.

 

Mientras el Banco Central Europeo (BCE) deshoja la margarita del rumbo de la política monetaria a partir de verano, el indicador al que se referencian la mayoría de préstamos, el euríbor a 12 meses, viró en abril a positivo encareciendo considerablemente las letras. La tendencia continuará, agravada por dos factores: de un lado, cada vez parece más probable que el BCE adelante a julio la primera subida de tipos oficiales en más de una década; de otro, el diferencial con el año pasado se irá ensanchando porque entonces el indicador cayó durante el segundo semestre.

Como resultado, incluso en las previsiones más tímidas de los bancos, 2022 acabaría con un alza de al menos 0,9 puntos porcentuales, el mayor encarecimiento de las hipotecas desde hace 15 años, en pleno apogeo de la burbuja inmobiliaria. Para una hipoteca media, eso significa entre 56 y 69 euros más al mes.

Según el último informe de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), a finales de 2021 España contaba 5,5 millones de hipotecas vivas y tres cuartas partes (4,1 millones) tenían un interés variable. Aunque no hay datos en el estudio, se estima que la mayoría de préstamos variables (alrededor del 90%) están vinculados al euríbor a 12 meses. Esto significa que periódicamente (normalmente, una vez al año) se recalculan las cuotas en función de cómo haya cambiado el índice desde la última revisión. Y eso, a finales de 2022, se resumirá en un axioma que augura pocas alegrías a los prestatarios: el euríbor acabó el pasado diciembre con la segunda media más baja de la historia (-0,502%) mientras el próximo diciembre se espera que alcance su cota más alta al menos desde 2014.

 

 

[Fuente ‘El País’]

 

El número de hipotecas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad es de 43.378, un 18,0% más en tasa anual

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) el número de hipotecas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad es de 43.378, un 18,0% más en tasa anual. El importe medio de dichas hipotecas aumenta un 6,5% y se sitúa en 145.715 euros.

 

El número de hipotecas constituidas sobre viviendas es de 43.378, un 18,0% más que en marzo de 2021. El importe medio es de 145.715 euros, con un aumento del 6,5%. El importe medio de las hipotecas sobre el total de fincas inscritas en los registros de la propiedad en marzo (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) es de 154.223 euros, un 2,9% superior al del mismo mes de 2021.

 

INE

 

 

[Fuente ‘Instituto Nacional de Estadística’]

 

 

Nuestra Asesoría Jurídica responde: “Derecho de habitación y asistencia a juntas de propietarios”

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Una persona que consta en el Registro de la Propiedad con derecho de habitación puede asistir a las juntas sin llevar representación de los propietarios.

 

RESPUESTA:

Hay que comprobar el alcance del derecho de habitación y si se ha regulado algo en relación a los derechos y obligaciones como propietario. Si no se dice nada, el derecho le corresponde al nudo propietario en aplicación del art.15 de la LPH< que de forma expresa (salvo autorización por escrito otorgada por el propietario) reserva el derecho de asistencia y voto al nudo propietario:

Artículo 15. [Asistencia a la Junta de propietarios y derecho al voto]

  1. La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.

Si algún piso o local perteneciese «pro indiviso» a diferentes propietarios estos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas.

Si la vivienda o local se hallare en usufructo, la asistencia y el voto corresponderán al nudo propietario, quien, salvo manifestación en contrario, se entenderá representado por el usufructuario, debiendo ser expresa la delegación cuando se trate de los acuerdos a que se refiere la regla primera del artículo 17 o de obras extraordinarias y de mejora.

  1. Los propietarios que en el momento de iniciarse la junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto. El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley. La vivienda o local se hallare en usufructo, la asistencia y el voto corresponderá al nudo propietario, quien, salvo manifestación en contrario, se entenderá representado por el usufructuario, debiendo ser expresa la delegación cuando se trate de los acuerdos a que se refiere la regla primera del artículo 17 o de obras extraordinarias y de mejora.

La instalación de una salida de humos tiene la consideración de canalización sobre elementos comunes y exige la unanimidad de los propietarios, en aplicación del art. 17.6 LPH.

 

 

 

Dossier «Propiedad Horizontal»

Incluimos en este post un nuevo dossier de la mano de la editorial Tirant Lo Blanch, empresa con la que como sabéis, nuestro colectivo mantiene un acuerdo de colaboración, esta vez relativo a la Propiedad Horizontal.

 

Este dossier incluye los siguientes contenidos:

 

Jurisprudencia destacada del mes

  1. Nulidad y anulabilidad de los acuerdos adoptados en el ámbito de la propiedad horizontal.
  2. Legitimación para la impugnación de acuerdos.
  3. Sobre el pago de reparaciones de una terraza común de uso exclusivo.
  4. Nulidad y anulabilidad de los acuerdos adoptados en el ámbito de la propiedad horizontal. Caducidad de la acción de impugnación.
  5. Usucapión de elementos comunes por destino.
  6. Nulidad del acuerdo de la Comunidad de Propietarios prohibiendo la actividad turística.
  7. Aplicación de la LPH en relación con los complejos inmobiliarios privados.

Consultas destacadas del mes

  1. ¿Qué ocurre si se tratan asuntos en una Junta que no están incluidos en el orden del día?
  2. Posibilidad de impugnar un acuerdo de construcción de una piscina.
  3. Consentimiento para la modificación del título constitutivo.

 

Acceso al dossier completo a través de este enlace: