Ayuso endurece el acceso a la vivienda protegida: exige 10 años de empadronamiento en Madrid y prohíbe a los condenados por ‘okupación’
Según ha anunciado este lunes la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, los solicitantes de este tipo de inmuebles deberán acreditar al menos 10 años de empadronamiento en la capital y se prohíbe el acceso a los condenados por cualquier delito relacionado con la ‘okupación’, como el allanamiento de morada o usurpación, durante cinco años.
El nuevo Reglamento de Vivienda, que está actualmente en fase de tramitación, se someterá a un periodo de audiencia e información pública, por lo que su aprobación definitiva está prevista para el mes de julio.
«Vamos a seguir reforzando nuestra lucha contra la ‘okupación’ a pesar de tener unas competencias limitadas», ha señalado la presidenta, quien ha remarcado que la nueva medida pretende modernizar el marco normativo vigente, «mejorar la eficacia de las políticas públicas en la materia y reforzar la defensa de la legalidad».
En este sentido, la mandataria regional ha indicado que esta nueva ley fijará que cualquier persona que haya sido condenada por sentencia firme por los delitos de allanamiento de morada o usurpación de un inmueble no podrá beneficiarse de una vivienda protegida si se produjo en los cinco años anteriores a la solicitud.
Asimismo, el texto incluye como novedad que todo solicitante deberá acreditar un periodo mínimo de 10 años de empadronamiento en Madrid antes de poder optar a una vivienda protegida. «Esta condición pretende priorizar la vinculación estable con la región de los beneficiarios y asegurar que los recursos públicos se destinan a quienes contribuyen de manera continuada a su desarrollo», ha explicado.
[Fuente «El Economista»]



