¿Sabes dónde pagar el impuesto de sucesiones y donaciones?

Lo principal es saber qué es el impuesto de sucesiones y donaciones: este es es un tributo que grava el patrimonio adquirido por las personas físicas a través de herencias, legados o donaciones.​

 

Para abonar este impuesto desde que se produce la donación tienes un plazo de un mes y a diferencia de una herencia, no tienes que pagar antes de recibir el dinero o los bienes, por lo que puedes usar parte para pagar a Hacienda.

 

Según qué escenario se hace de una forma u otra, te explicamos:

  • Si es una donación y lo que se dona es un inmueble, el impuesto se deberá presentar en la oficina del territorio a la que pertenezca el inmueble. Si este está situado fuera de España, la presentación del impuesto se efectuará en la Delegación de Hacienda de Madrid.
  • En el caso de una herencia, el impuesto se declara en la oficina del territorio donde el fallecido ha tenido su residencia habitual. Como en el escenario anterior, en caso de que el fallecido no tuviera residencia en España, se presentará en la Delegación de Hacienda de Madrid.
  • Por último, si se trata de una donación de otro tipo de bien se presenta en la oficina del territorio donde tenga la residencia habitual la persona donataria.