El aviso de un experto por lo que va a pasar con las hipotecas: no estamos preparados

Las hipotecas han sido, durante años, el pilar principal para aquellos que desean adquirir una vivienda sin tener que abonar el total del precio al contado. Para muchos, la firma de una hipoteca es un paso necesario hacia la estabilidad, pero también una de las decisiones financieras más importantes de sus vidas.

 

Esto se debe a que las condiciones de la hipoteca, especialmente el tipo de interés, tienen un impacto directo sobre la cuota mensual que se debe abonar al banco, y por ende, sobre el bolsillo de cada uno.

En un contexto económico cambiante, la posibilidad de obtener una hipoteca a un tipo de interés favorable depende de diversos factores, siendo uno de los más relevantes el Euríbor. Este índice, que se utiliza principalmente en las hipotecas a tipo variable, determina el tipo de interés de los préstamos hipotecarios a nivel europeo. Cuando el Euríbor sube, las cuotas mensuales aumentan, mientras que cuando baja, los hipotecados ven una oportunidad para reducir su gasto mensual. Sin embargo, la situación actual es algo diferente a lo que se esperaba hace unos meses, y es fundamental comprender por qué el Euríbor no está bajando tan rápidamente como muchos anticipaban.

 

Escenario actual de las hipotecas

El Euríbor, que había experimentado una notable subida en los últimos años debido a las decisiones del Banco Central Europeo (BCE) en su lucha contra la inflación, ha comenzado a estabilizarse, pero no está bajando con la rapidez que muchos de los hipotecados esperaban. Esto ha generado preocupación, especialmente en aquellos que tienen hipotecas a tipo variable.

De hecho, si bien las condiciones de los tipos fijos han mejorado, no podemos dejar de notar que, en muchos casos, los hipotecados de tipo variable siguen viendo cómo sus cuotas mensuales se mantienen altas. Este panorama está llevando a muchos a replantearse sus condiciones hipotecarias e incluso a solicitar renegociaciones con sus entidades bancarias, lo que marca una tendencia que se está intensificando en el primer trimestre de 2025.

 

 

[Fuente «OK Diario»]

 

 

SEMINARIO ON LINE DAR >> Novedades y cuestiones controvertidas de la Ley de Propiedad Horizontal

APETI, en colaboración con DAR Escuela de Negocios, imparten seminario en el que se analizarán las sentencias recientes, la nueva jurisprudencia y las cuestiones más controvertidas de la Ley de Propiedad Horizontal.

 

PONENTE:

Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet
Magistrado del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho

 

OBJETIVO:

• Se analizará la casuística sobre el contenido de la reforma operada en varios textos legales por la LO 1/2025, de 2 de enero que afecta en gran medida a la propiedad horizontal y a la actividad diaria de los administradores de fincas colegiados en torno, sobre todo, a la reforma en materia de alquiler vacacional, así como a todo lo que rodea a esta temática.
• También se tratará la necesidad de acudir las comunidades de propietarios a un mecanismo de solución extrajudicial de conflictos en virtud de la reforma introducida, que establece un requisito de procedibilidad antes de acudir a una acción judicial en materia de propiedad horizontal.

 

PROGRAMA:

  1. Acuerdos de autorización de destino de inmueble a alquiler vacacional.
  2. El acuerdo de prohibición del art. 17.12 LPH y consecuencias.
  3. Interpretación y alcance de la no retroactividad de la reforma.
  4. Examen de la LO 1/2025 de 2 de enero en lo que afecta a la necesidad de las comunidades de propietarios de acudir a un mecanismo extrajudicial de solución de conflictos antes de acudir al ejercicio de una acción judicial.
  5. ¿Cómo afecta esto a las comunidades de propietarios y a los administradores de fincas colegiados?.
  6. El cumplimiento del requisito de procedibilidad del art. 5. ¿Cómo se acredita?.
  7. ¿Es preciso acudir a ello en el monitorio de reclamación de gastos?.
  8. ¿Cómo se hacen las comunicaciones con los comuneros a estos efectos?.

 

Fecha y Horario:

Martes, 24 de marzo de 2025  |  16.30h a 18.30h (una hora menos en Canarias).

 

Lugar:

En directo: Videoconferencia, a través de ordenador, tablet o móvil.
En diferido: Podrá visualizarlo en cualquier momento durante tres meses.
(Derecho de uso y difusión propiedad de Escuela de Negocios DAR SLU.)
Recomendable conexión a Internet por cable, no es aconsejable la conexión por wifi.

 

Inscripción:

Importe (Precio especial asociados APETI): 48,00€

Imprescindible realizar la inscripción a través de DAR (PDF descargable desde el enlace), cuyos datos aparecen más abajo, remitiendo a DAR la hoja de inscripción. Posteriormente, deberán enviar a la APETI, el justificante de dicha inscripción:

 

Pulse aquí para descargar programa y hoja de inscripción

 

 

Un año de la medida estrella de la ley de vivienda: alquileres un 11% más caros y dos comunidades con zonas tensionadas activas

Hace un año se publicaba en el BOE el sistema de índices de precios de referencia del Ministerio de Vivienda y, a la par, la entrada en vigor de las zonas tensionadas en Cataluña. La comunidad entonces presidida todavía por Pere Aragonès se convertía en la primera en aplicar la medida estrella de la ley estatal de vivienda y en limitar el precio de los alquileres para tratar de frenar su escalada.

 

Doce meses después, el Gobierno celebra el resultado y pone a Cataluña como ejemplo, mientras que el PP rechaza la intervención del mercado como solución a la crisis habitacional. Y en medio de las discrepancias políticas, los alquileres no dejan de crecer. Arrendar un piso es actualmente de media en España un 11% más caro que en febrero del año pasado.

El 16 de marzo de 2024 empezaban a funcionar las zonas tensionadas en 140 municipios catalanes, a los que en octubre se sumaron otros 131 que también cumplían con los requisitos exigidos por la ley de vivienda: ser localidades donde los vecinos dedican más del 30% de sus ingresos a pagar el alquiler o la hipoteca —incluidos los suministros— o bien donde el precio de la vivienda ha aumentando al menos tres puntos por encima del IPC en los últimos cinco años. A partir de ese momento, el precio de los nuevos contratos de alquiler quedó topado al índice de precios de referencia del ministerio en el caso de los inmuebles vacíos o propiedad de grandes tenedores y al precio del contrato anterior en el caso de que el casero sea un pequeño propietario.

Según los datos de la Generalitat, el control de rentas ha dado lugar en las zonas tensionadas a una bajada en el precio de los alquileres del 3,7% entre el primer y el último trimestre de 2024. La caída llegaría al 6,4% en la ciudad de Barcelona. «La ley de vivienda funciona», valoró el viernes la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, en una rueda conjunta con su homóloga catalana, Sílvia Paneque, y el alcalde de la Ciudad Condal, Jaume Collboni. «De nuevo fallaron los pregoneros del Apocalipsis. Hoy les decimos que es posible intervenir el mercado del alquiler para bajar los precios y mantener la estabilidad de los inquilinos al tiempo que trabajamos por una mayor oferta», enfatizó.

 

 

[Fuente «20 minutos»]

 

 

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Invasión de plaza de garaje por otro vehículo»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Ruego me indiquen si es posible, el articulo o normativa donde se especifique que no está permitido la invasión de la zona cebreada o de delimitación de las plazas de garaje. Tenemos un conflicto con un vecino por su aparcamiento. Nos exige que se le presente la normativa donde indique esta prohibición.

RESPUESTA:

El aparcamiento debe hacerse en las zonas habilitadas para dejar el vehículo, y no fuera de la zona habilitada para salir y entrar de los vehículos estacionados en su plaza que son zonas comunes

La normativa de la Ley de Propiedad Horizontal, Estatutos, Normas de Régimen Interno y los acuerdos de la comunidad regulan el uso adecuado de estas zonas comunes. En primer lugar hay que ver cómo figura en el título y en los estatutos y si existen normas de régimen interno y en principio deben figurar esos espacios como zona común.
No es una regulación municipal, salvo que afecte a zonas que puedan dar lugar a problemas de seguridad.

También cabe mediante acuerdos en junta:

  • La comunidad podría acordar para esos supuestos contratar una grúa privada para retirar el vehículo hacia la vía pública, asumiendo los costes y repercutiéndoselos al infractor.
  • La comunidad podrá acordar ejercitar acciones judiciales contra los propietarios que estacionen sus vehículos en zonas de elementos comunes es la de recurrir a la vía del art. 710 LEC que prevé el ejercicio de acciones judiciales tendentes a conseguir de una persona, en este caso el demandado, que se abstenga de actuar en un sentido. Es esta una acción civil dirigida a obtener de una persona un no actuar o no comportarse de una manera concreta obteniendo, en su caso, del órgano judicial una resolución judicial en forma de sentencia que le compele al demandado a abstenerse en lo sucesivo de actuar en la forma que constaba en la demanda y que ha sido fijado en la sentencia.

Bajo esta figura procesal de las demandas dirigidas a obtener un «no hacer» de una persona o abstenerse de llevar a cabo determinada conducta recordaremos que el propio art. 710 LEC señala que: Si el condenado a no hacer alguna cosa quebrantare la sentencia, se le requerirá, a instancia del ejecutante por parte del Secretario judicial responsable de la ejecución, para que deshaga lo mal hecho si fuere posible, indemnice los daños y perjuicios causados y, en su caso, se abstenga de reiterar el quebrantamiento, con apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial. Se procederá de esta forma cuantas veces incumpla la condena y para que deshaga lo mal hecho se le intimará por el Secretario judicial con la imposición de multas por cada mes que transcurra sin deshacerlo.