El alza de tipos impacta en el mercado hipotecario, que vira hacia los contratos mixtos

El número de hipotecas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad acumula un descenso del 12% en 2023. El formato mixto, una combinación de tipo fijo y variable, ha repuntado en paralelo al aumento del precio del dinero por el BCE.

 

Menos hipotecas, pero más mixtas. El mercado hipotecario ha ido registrando descensos en paralelo al avance de la política macroeconómica del Banco Central Europeo (BCE), que en julio del año pasado empezó una estrategia de subida de los tipos de interés, lo que ha impactado de lleno en la firma de hipotecas y la modalidad de estas.

El número de hipotecas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad en lo que va de año se sitúa en 169.968 firmas, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que recoge las cifras de enero a mayo. Esto representa un descenso del 12% en comparación con el mismo periodo del año pasado.

De hecho, si en los primeros cinco meses de 2022 el número de hipotecas mensuales firmadas se elevaba hasta 38.600 operaciones, de enero a mayo de este año, la media se ha rebajado hasta las 34.000 firmas. El mes con mayores operaciones fue enero, con 37.435 hipotecas firmadas, mientras que abril anotó el menor registro, cuando las firmas se elevaron ligeramente por encima de las 27.000 hipotecas.

En paralelo a esta contracción del mercado, la tendencia del hipotecado es decantarse por el modelo mixto, que combina el tipo de interés fijo y variable.

 

 

 

[Fuente ‘EjePrime’]

 

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Comunidad de Propietarios con vivienda del portero arrendada»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Llevamos la gestión de una comunidad que tiene arrendada la vivienda del portero. El contrato se hizo con fecha 01-01-2021 con una duración de 3 años que vence el 31-12-2024.

La comunidad quiere finalizar el contrato de alquiler llegada la fecha. Pero los inquilinos indican que les corresponden 5 años por el cambio de la normativa.

¿Me pueden confirmar si estos en cierto?.

 

RESPUESTA:

Se trata de un contrato celebrado el 7 de diciembre de 2020 y se somete a la regulación de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En el art. 9 de la LAU se establece el régimen aplicable:

Artículo 9. Plazo mínimo 

  1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si esta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.

  1. Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o este sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario, en los términos resultantes del apartado anterior.

Lo que si le pueden aplicar son las subidas de renta y exigirles los seguros de riesgo en cumplimiento del contrato.

 

¿Cómo vivimos en la UE? Radiografía de un mercado de la vivienda con mayoría de propietarios

Del análisis del inmobiliario en la Unión Europea se deducen varios puntos en común entre los veintisiete países que la componen. El mercado de la vivienda en todos ellos ha caído en las redes de la inflación, que ha extendido sus tentáculos a la capacidad para cubrir los gastos y ha modulado tanto la compra como el alquiler.

 

Lo que no ha perturbado la situación actual es la esencia mayoritariamente ‘propietaria’ que tienen los Estados miembro, donde la mayoría de las personas viven en una residencia de su propiedad.

En la UE en 2022, el 69% de la población eran propietarios de su vivienda, mientras que el 31% restante residía en viviendas de alquiler. Los mayores porcentajes de propiedad se observaron en Rumanía (el 95% de la población vivía en un hogar propietario), Eslovaquia (93%), Croacia (91%) y Hungría (90%).

En 2022, el 53% de la población alemana era inquilina. Alemania es el único país de los Veintisiete con más inquilinos que propietarios, pero no siempre fue así. La potencia germana estuvo no logró afianzar su posición hasta el año 2011, cuando finalmente tomó la delantera a Austria.

 

 

 

[Fuente ‘El Economista’]

ESINE: La ventana Inmobiliaria. Boletín nº136 – Diciembre 2023

Enlazamos desde este post el último boletín del Campus ESINE, centro de estudios técnicos y empresariales, con toda la información de actualidad sobre el sector inmobiliario.

 

      • Sánchez recupera el Ministerio de Vivienda 13 años después.
      • La vivienda de lujo en Madrid atrae a los latinoamericanos.
      • Los hoteles disparan sus precios en diciembre.
      • 17.200 demandas por okupación de pisos en 5 años.
      • El euríbor entra en una nueva fase.