¿Sabías que si vendes tu piso debes avisar a la comunidad?

La venta de una vivienda no termina pasando de vendedor a comprador, sino que además es el primero el que tiene el deber de avisar a la comunidad de vecinos que va a proceder con la venta de su vivienda, sobre todo si se trata de una comunidad formada por un gran número de vecinos.

 

Así lo refleja el artículo  9.1.i) de la Ley de Propiedad Horizontal:

“Son obligaciones de cada propietario

  1. i) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local.

Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste”.

 

Es decir, no cumplir con dicha obligación puede traer consecuencias tales como el deber de abonar los impagos que contraiga el nuevo propietario  en la comunidad.

Esta norma no aclara  la forma de hacer la comunicación por lo que se daría por válida cualquier comunicación escrita, hecha de tal forma que si en un futuro se necesitase, se pudiese demostrar.