La AEAT incorpora la «Calculadora de sectores diferenciados»

La AEAT incorpora una nueva herramienta denominada «Calculadora de sectores diferenciados». Dicha herramienta, es una calculadora de sectores diferenciados que resulta muy útil si se realizan diferentes actividades ya que permite determinar si constituyen sectores diferenciados a efectos de IVA.

 

Son actividades económicas distintas las que pertenecen a grupos diferentes en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009). No se considera distinta la actividad accesoria a otra cuando, en el año precedente, su volumen de operaciones no hubiera excedido del 15 por 100 del de esta última y, además, contribuya a su realización.

Las actividades accesorias siguen el mismo régimen de tributación que las actividades de las que dependan. Si no se ejerció la actividad accesoria el año anterior, se deberá hacer una previsión razonable de estas operaciones, y en su caso, regularizar una vez conocido su volumen.

El resultado muestra:

– Los sectores diferenciados existentes

– La prorrata general aplicable a cada sector diferenciado. Debe tener en cuenta que podrá optar por la prorrata especial.

– La prorrata general común aplicable a los bienes y servicios utilizados en más de un sector diferenciado. En el caso de coincidir actividades en régimen general con actividades en régimen especial Vd. podrá calcularla dividiendo el volumen de operaciones en régimen general (excepto las operaciones exentas por art. 20 LIVA), más en su caso, las del régimen simplificado, entre el volumen de operaciones de la totalidad de actividades.

 

Para ampliar información y hacer uso de la herramienta acceda a: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/AVAC-CALC/DiferenciadorActividades.