Aplicación de los MASC en comunidades de propietarios: claves prácticas y consideraciones legales

Compartimos en este post un nuevo documento de interés elaborado por nuestro presidente, Luis Guirado Pueyo, con el objetivo de ofrecer claridad sobre la aplicación práctica de los Medios Adecuados de Solución de Conflictos (MASC) en el ámbito de las comunidades de propietarios.

 

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, resulta imprescindible acreditar el intento de resolución extrajudicial antes de acudir a los tribunales. Este texto analiza los diferentes mecanismos disponibles (mediación, conciliación, oferta vinculante confidencial, etc.), sus ventajas y desventajas, así como recomendaciones prácticas para aplicarlos con eficacia y seguridad jurídica.

Puedes acceder al documento completo en el siguiente enlace:

 

 

Obra nueva, hipotecas más baratas y un apetito que recuerda a la burbuja: así se venden 183.000 viviendas en tres meses

Los expertos señalan que la actual inestabilidad geopolítica está reforzando la percepción de la vivienda «como un valor refugio», lo que podría traducirse en un repunte de la demanda y un incremento en el número de compraventas en los próximos meses.

 

El mercado de la vivienda está rememorando su época dorada. Los profesionales del sector asisten asombrados a la euforia por comprar casa y comentan a menudo que lo que está sucediendo ahora no lo habían vivido nunca, ni siquiera en la burbuja de 2008 (cuando todavía nadie se percataba de que era eso, una burbuja). El ritmo de compraventas se ha acelerado y parece asentarse en una velocidad de crucero similar a la que tenía hace 18 años sostenido por un apetito voraz de los compradores, la concesión de hipotecas más baratas y el auge de las casas de obra nueva, cuyos promotores y constructores no dan abasto para cubrir la demanda.

Así las cosas, sólo en el primer trimestre del año se cerraron 183.140 transacciones, una cifra récord para un primer trimestre desde 2007. La cifra es un 20,7% superior al mismo periodo del año pasado y está aupada, en gran medida, por el balance de marzo, cuando se firmaron un total de 62.808 operaciones. De nuevo, hay que retrotraerse a 2007 para encontrar un dato de marzo más abultado, ya que entonces se superaron las 74.000 compraventas, según las cifras actualizadas ayer por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

La diferencia entre un momento y otro, además del endeudamiento financiero que acabó saltando por los aires entonces, es que ahora el mercado carece de oferta suficiente para atender la creciente demanda y ese desequilibrio está tensionando los precios hasta niveles que convierte en inaccesible la vivienda para jóvenes, familias vulnerables y una clase media cuyos recursos cada vez se presentan más insuficientes para acceder a una hipoteca o, en su defecto, para pagar una renta de alquiler.

 

[Fuente «El Mundo»]

 

Estadística de Transmisiones de Derechos de la Propiedad – Marzo 2025. (Datos provisionales)

El número de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad (procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente) en el mes de marzo fue de 213.557, lo que supuso un 29,0% más que en el mismo mes de 2024.

 

 

En el caso de las compraventas de fincas registradas, el número de transmisiones fue de 121.123, con un crecimiento anual del 37,4%.

 

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad

El 87,1% de las compraventas registradas en marzo correspondieron a fincas urbanas y el 12,9% a rústicas. En el caso de las urbanas, el 59,6% fueron compraventas de viviendas.

El número de compraventas de fincas rústicas aumentó un 27,3% en marzo en tasa anual y el de fincas urbanas un 39,0%. Dentro de estas últimas, las compraventas de viviendas registraron un incremento anual del 40,6%.

 

Compraventas inscritas en los registros de la propiedad

El 93,2% de las viviendas transmitidas por compraventa en marzo eran libres y el 6,8% protegidas. En términos anuales, el número de viviendas libres transmitidas por compraventa aumentó un 41,0% y el de protegidas un 35,8%.

El 23,2% de las viviendas transmitidas por compraventa en marzo eran nuevas y el 76,8% usadas. El número de operaciones sobre viviendas nuevas aumentó un 64,2% respecto a marzo de 2024 y el de usadas un 34,8%.

 

 

[Fuente «Instituto Nacional de Estadística»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Mirillas inteligentes»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Quería consultarles si para la instalación de mirillas inteligentes, es necesario aprobación en junta.

Se activan al móvil, solo cuando tocan en la puerta o se pasa muy cerca de la puerta.

RESPUESTA:

Las mirillas son un elemento de seguridad del hogar por lo que la mirilla digital no necesita de autorización y se han relacionado con el funcionamiento normal de un video portero, activándose únicamente tras pulsar el timbre, permitiendo la visualización momentánea de visitantes. La Agencia de Protección de Datos (AEPD) archivó una denuncia al considerar que no existía vulneración de la normativa de protección de datos, siempre que estas mirillas digitales contemplaran las características técnicas propias de su función y que no tenga las capacidades de cámara de seguridad con grabaciones prolongadas.

Es importante tener en cuenta los siguientes elementos:

  • Las mirillas digitales no deberían ser utilizadas como cámaras de seguridad y por ello su captación o grabación no debería ser en ningún caso de forma prolongada. Idealmente. Las mirillas digitales que excedan del funcionamiento normal y esperable de una mirilla deberán regirse por las obligaciones relativas a la videovigilancia.
  • La ubicación y el ángulo de visión de la mirilla es fundamental. Debería evitarse la captación de áreas que invadan la privacidad de terceras personas.

La resolución de la Agencia de Protección de Datos sobre la cuestión planteada en la que afirma que:

  • Esta Agencia no puede vivir de espaldas en lo relativo a los nuevos avances tecnológicos, en particular en materia de cámaras, que prácticamente forman parte de nuestra vida cotidiana (vgr. casi todo el mundo dispone de dispositivos móviles con cámara incorporada).
  • Ahora bien, esto no supone que con los mismos se esté permanentemente grabando u obteniendo datos de terceros sin su consentimiento invadiendo su privacidad, sino que los mismos son usados con carácter general para la finalidad concebida, esto es, visualización de películas, consulta de noticias, búsqueda de información, juegos, música, etc.
  • Lo mismo ocurre con el dispositivo denunciado “mirilla electrónica” la mera instalación del mismo, no supone a priori un mecanismo de control de las entradas/salidas de los vecinos, ni menos aún un hipotético “tratamiento de datos”, ni está es la finalidad para la que se concibe este tipo de dispositivo. A priori su naturaleza sería asimilable a la de los video-porteros, sin que exista “tratamiento de datos” al limitarse en la mayor parte de las ocasiones a la mera observancia de la persona (vecino) que está llamando a nuestra puerta.

 

 

Condenado un propietario a retirar las modificaciones que realizó en su terraza, a pesar de que eran similares a las ejecutadas por otros vecinos

La  Audiencia Provincial de Madrid obliga a un propietario a devolver el cerramiento de la terraza de su vivienda al estado original, a pesar de que la reforma realizada era muy similar a las que otros vecinos de la comunidad habían llevado a cabo.

 

Sin embargo, en este caso, el propietario no contaba con la autorización de la junta de propietarios para realizar una modificación de los elementos comunes del edificio, a pesar de que conocía la obligación de solicitar primero dicho permiso, tal y como él mismo reconoció en una junta extraordinaria celebrada con posterioridad a la realización de la obra.

En consecuencia, al no haber contado con autorización de la comunidad y en aras de preservar la fachada del edificio respecto de alteraciones no autorizadas, la Sección Vigésima del tribunal provincial ha dictado sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) obligando al propietario demandado a deshacer la modificación de su terraza, consistente en cambiar el ladrillo original por uno de metal y vidrio.

Igualmente, la Justicia ha condenado a este vecino a asumir los costes de los trabajos necesarios para restituir la terraza y la fachada del edificio a su estado anterior a la ejecución de las obras no consentidas.

Este fallo judicial llega a raíz de que una comunidad de propietarios de Madrid demandase a uno de sus comuneros por realizar una alteración en los elementos comunes de la finca, concretamente en la fachada, sin haber solicitado ni recabado la previa autorización de la comunidad de propietarios para ello.

Dicho propietario instaló un cerramiento de carpintería metálica y vidrio en su terraza, retirando el cerramiento de ladrillo prexistente, e incorporó la superficie de la terraza al salón de la vivienda.

Los hechos fueron reconocidos por el propio vecino en una junta general extraordinaria celebrada a posteriori de que se hubiese realizado la obra, en la cual, según consta en cuya acta, el comunero reconoció no haber actuado correctamente, pero que lo hizo “a la vista de que hay otras viviendas que también lo tienen hecho”. Asimismo, en aquel momento, el propietario solicitó que la obra le fuera autorizada, mostrándose dispuesto a que se modificase su cuota o coeficiente en proporción a los metros añadidos a su vivienda, sin embargo, la propuesta fue rechazada.

 

 

[Fuente «Economist & Jurist»]

 

El gráfico de la previsión del Euribor para lo que resta de 2025 y 2026

Tras la última bajada de tipos de interés del Banco Central Europeo (BCE), las perspectivas sobre el euríbor continúan a la baja. La extraordinaria incertidumbre que azota a la economía global -en gran parte, debido a la política arancelaria de Estados Unidos, aún en el aire- podría hacer que el BCE continuara bajando los tipos y que, con ello, el principal indicador de las hipotecas en España siguiera en descenso.

 

“Según las estimaciones de Kelisto.es, la cuota de las hipotecas variables con revisión anual seguirá bajando en los próximos meses de 2025 y en adelante, mientras que el euríbor se situará por debajo del 2% de cara al final de 2025. En cualquier caso, dada la situación de elevada incertidumbre a nivel global, la situación podría cambiar a lo largo de los próximos meses, por lo que continuaremos analizando el mercado para ajustar la previsión del euríbor siempre que sea necesario”, explica la portavoz de Kelisto.es, Estefanía González.

En la misma línea que los expertos de Kelisto.es, otros organismos prevén que el euríbor ronde el 2% a finales de 2025 después de realizar varias revisiones a la baja. Así, desde Funcas lo sitúan en el 2,2%, mientras que Caixabank estima que cerrará el año en el 2,09% y Bankinter, en el 2,1%.

Aunque el euríbor comenzó el año echando el freno a las rebajas que había experimentado en los últimos meses de 2024, lo cierto es que desde febrero ha continuado una senda bajista que podría mantenerse en los próximos meses. De hecho, sus caídas con respecto a los valores del año pasado son cada vez más pronunciadas, lo que sin duda ha traído buenas noticias a quienes tienen una hipoteca variable.

 

 

[Fuente «La Vanguardia»]

 

El Congreso debatirá una proposición para atajar la discriminación residencial con los extranjeros

Los extranjeros que buscan piso en España no solo se topan con una oferta escasa y unos precios de alquiler por las nubes, muchas agencias y propietarios aprovechan su posición de ventaja para aplicar prácticas de racismo inmobiliario que les dificultan el acceso a la vivienda.

 

Sumar, ERC, EH Bildu, Podemos y BNG registraron el pasado miércoles en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley (PNL) para reclamar al Gobierno medidas para atajar la discriminación residencial. Los grupos parlamentarios —en nombre de 47 entidades sociales, encabezadas por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la Federación de Consumidores y Usuarios CECU, Provivienda, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, la Coordinadora de Asociaciones Senegalesas de Cataluña y Red Acoge — exigen, entre otros puntos, regular los requisitos máximos que se pueden pedir para alquilar o comprar una casa, sancionar prácticas de exclusión inmobiliaria o facilitar los procesos denuncia de las víctimas.

El Presidente de la Asociación Rumiñahui, centrada en los derechos de los inmigrantes, Vladimir Pascual Revelo, ha lamentado las “situaciones de extrema vulnerabilidad” que viven niños y las familias del extranjero. En tanto, la diputada de ERC Etna Estrems Fayos, ha señalado que la vivienda es “la emergencia social más importante” del país, y que el racismo inmobiliario le añade una capa más de complejidad a este problema. “Esperamos que el Gobierno, especialmente el Partido Socialista, haga alguna cosa más desde su posición de poder que hacer grandes declaraciones, que es hasta ahora lo único que ha hecho”, ha declarado.

 

 

[Fuente «El País»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Separar la comunidad en subcomunidades»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En la asamblea de una comunidad tiene un punto que se lleva a debatir en separar la comunidad en subcomunidades y un intercomunidad.

¿Es posible sin la unanimidad o al tocar título constitutivo no se podría sin la unanimidad de todos?.

RESPUESTA:

Es correcto es una modificación de los Estatutos  la  creación de subcomunidaes que  resultan cuando varios propietarios, disponen, en régimen de comunidad, para su uso y disfrute exclusivo, de determinados elementos o servicios comunes dotados de unidad e independencia funcional o económica.

Para que esto sea legal y los estatutos, si existieran, pudieran dejar constancia de la posibilidad de creación de estas subcomunidades, sería necesario que la aprobación de estas se diera en virtud de lo que indica el artículo 17.6 de la LPH:

“Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.” 

Sería necesario a nuestro criterio un acuerdo unánime de la junta general de propietarios actual autorizando esta operación. Pero además debe tenerse en cuenta otra serie de aspectos fundamentales para su creación y funcionamiento y su inscripción en el Registro de la propiedad y cumplir con sus obligaciones de recursos financieros y todos los aspectos necesarios para su funcionamiento.

 

Más de 20.000 viviendas okupadas salen al mercado en España: un fenómeno en auge que preocupa al sector inmobiliario

Las estadísticas oficiales revelan que en 2024 se registraron más de 16.400 casos de usurpación y allanamiento de morada, lo que supone un incremento del 7,4% con respecto al año anterior.

 

El mercado inmobiliario español se enfrenta a un desafío cada vez más acuciante: el incremento sostenido de viviendas okupadas que salen al mercado. Esta realidad, lejos de constituir un hecho aislado, revela una tendencia que suscita una creciente inquietud entre propietarios, compradores y profesionales del sector. Según se desprende de un informe publicado por Idealista en marzo de 2025, el número de viviendas okupadas actualmente a la venta en España asciende a 20.464, lo que representa aproximadamente un 2,6% del total de viviendas disponibles en el mercado. Esta cifra, aunque en apariencia pueda considerarse relativamente modesta, adquiere una dimensión más preocupante al analizar su evolución en el tiempo y su distribución geográfica a lo largo del territorio nacional.

Los datos que arroja el Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior refuerzan esta tendencia al alza. Las estadísticas oficiales revelan que en 2024 se registraron más de 16.400 casos de usurpación y allanamiento de morada, lo que supone un incremento del 7,4% con respecto al año anterior y la tercera cifra más alta de la serie histórica, que se inició en 2010. Si bien es cierto que se observó un ligero descenso en los años 2022 y 2023, la tendencia general a lo largo de la última década apunta claramente a un aumento sostenido de los casos de okupación, lo que evidencia la persistencia y la creciente gravedad de este fenómeno.

Los expertos aseguran que estamos ante un problema de gran envergadura que requiere una respuesta contundente y coordinada por parte de todos los agentes implicados. La okupación no solo constituye una vulneración del derecho fundamental a la propiedad privada, sino que también genera un clima de inseguridad jurídica que tiene un efecto disuasorio sobre la inversión y dificulta el acceso a la vivienda, especialmente para los colectivos más vulnerables.

Grandes disparidades geográficas

Girona se destaca como la provincia con la mayor proporción de viviendas okupadas en venta, alcanzando un preocupante 8,8% del total de su mercado inmobiliario en la capital y un 3,8% en el conjunto de la provincia. Otras ciudades y provincias que presentan una alta proporción de viviendas okupadas en venta son Murcia ciudad (5,5%), Sevilla ciudad (4,7%), Almería (3,9%), Málaga (3,8%) y Barcelona (3,5% en la ciudad y un significativo 7,6% en el conjunto de la provincia).

“La presencia de grandes núcleos urbanos entre las zonas más afectadas sugiere que la okupación puede estar estrechamente relacionada con problemas como la escasez de vivienda asequible, la especulación inmobiliaria y otras problemáticas socioeconómicas”, opina Gulias.

En el extremo opuesto, algunas zonas del territorio nacional registran una incidencia relativamente baja de viviendas okupadas en venta. Logroño ciudad, por ejemplo, presenta la menor proporción (0,2%), seguida de la provincia de Soria (0,1%). Resulta también significativo el hecho de que Madrid y Alicante, a pesar de ser dos de las principales ciudades del país, se sitúen por debajo de la media nacional, con un 2,3% y un 2,1% respectivamente (tanto en la ciudad como en la provincia).

 

 

[Fuente «El Mundo Financiero»]

 

Qué es el ‘flex living’, la nueva tendencia del mercado inmobiliario en España que aterriza en Valencia

El ‘flex living’ se posiciona como alternativa al alquiler tradicional en ciudades con alta movilidad residencial, y ya planea sumar cerca de 3.000 plazas en la capital valenciana.

 

El mercado inmobiliario español experimenta un giro hacia modelos de vivienda más dinámicos y adaptados a nuevas formas de vida. La creciente movilidad laboral, el auge del teletrabajo y el incremento de estudiantes y trabajadores de diversas partes del mundo han propiciado la aparición de fórmulas más flexibles, aunque la alta demanda y otros fenómenos como los alquileres vacacionales también han provocado un aumento muy notorio de los precios. En cualquier caso, uno de los conceptos que gana terreno es el flex living, una modalidad que combina estancias medias, servicios incluidos y mayor autonomía que las residencias tradicionales. Valencia, en concreto, se ha convertido en uno de los focos de esta tendencia emergente.

Este modelo, cuyo nombre deriva del inglés flexible living, se refiere a alojamientos pensados para estancias de semanas o meses, habitualmente inferiores al año. Se dirige a profesionales en tránsito, estudiantes, expatriados y nómadas digitales que buscan contratos sin ataduras, con viviendas amuebladas y servicios como limpieza, internet o coworking incluidos. Según informa el medio local Levante-EMV, en Valencia hay actualmente 1.060 plazas de este tipo, pero se prevé más que duplicar la oferta hasta alcanzar casi 3.000 camas en los próximos meses.

Grandes operadores y nuevas promociones

El informe citado por el diario valenciano revela que 21 edificios ya ofrecen este tipo de alojamiento, y que se sumarán otros 12 próximamente. Compañías como Nido Living, Urban Campus o Kategora han invertido en grandes promociones, con proyectos como los 253 apartamentos en la Malvarrosa o los 428 en el Cabanyal. Además, The Residential Hub prevé abrir en 2026 un edificio en la avenida Cardenal Benlloch. Las tarifas varían, pero no son precisamente baratas (aunque incluyen servicios complementarios): desde 797 euros mensuales en habitación individual hasta más de 1.000 en dobles con zonas comunes como gimnasio o salón comunitario.

 

[Fuente «El Confidencial»]