Condenado un propietario a retirar las modificaciones que realizó en su terraza, a pesar de que eran similares a las ejecutadas por otros vecinos

La  Audiencia Provincial de Madrid obliga a un propietario a devolver el cerramiento de la terraza de su vivienda al estado original, a pesar de que la reforma realizada era muy similar a las que otros vecinos de la comunidad habían llevado a cabo.

 

Sin embargo, en este caso, el propietario no contaba con la autorización de la junta de propietarios para realizar una modificación de los elementos comunes del edificio, a pesar de que conocía la obligación de solicitar primero dicho permiso, tal y como él mismo reconoció en una junta extraordinaria celebrada con posterioridad a la realización de la obra.

En consecuencia, al no haber contado con autorización de la comunidad y en aras de preservar la fachada del edificio respecto de alteraciones no autorizadas, la Sección Vigésima del tribunal provincial ha dictado sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) obligando al propietario demandado a deshacer la modificación de su terraza, consistente en cambiar el ladrillo original por uno de metal y vidrio.

Igualmente, la Justicia ha condenado a este vecino a asumir los costes de los trabajos necesarios para restituir la terraza y la fachada del edificio a su estado anterior a la ejecución de las obras no consentidas.

Este fallo judicial llega a raíz de que una comunidad de propietarios de Madrid demandase a uno de sus comuneros por realizar una alteración en los elementos comunes de la finca, concretamente en la fachada, sin haber solicitado ni recabado la previa autorización de la comunidad de propietarios para ello.

Dicho propietario instaló un cerramiento de carpintería metálica y vidrio en su terraza, retirando el cerramiento de ladrillo prexistente, e incorporó la superficie de la terraza al salón de la vivienda.

Los hechos fueron reconocidos por el propio vecino en una junta general extraordinaria celebrada a posteriori de que se hubiese realizado la obra, en la cual, según consta en cuya acta, el comunero reconoció no haber actuado correctamente, pero que lo hizo “a la vista de que hay otras viviendas que también lo tienen hecho”. Asimismo, en aquel momento, el propietario solicitó que la obra le fuera autorizada, mostrándose dispuesto a que se modificase su cuota o coeficiente en proporción a los metros añadidos a su vivienda, sin embargo, la propuesta fue rechazada.

 

 

[Fuente «Economist & Jurist»]

 

El gráfico de la previsión del Euribor para lo que resta de 2025 y 2026

Tras la última bajada de tipos de interés del Banco Central Europeo (BCE), las perspectivas sobre el euríbor continúan a la baja. La extraordinaria incertidumbre que azota a la economía global -en gran parte, debido a la política arancelaria de Estados Unidos, aún en el aire- podría hacer que el BCE continuara bajando los tipos y que, con ello, el principal indicador de las hipotecas en España siguiera en descenso.

 

“Según las estimaciones de Kelisto.es, la cuota de las hipotecas variables con revisión anual seguirá bajando en los próximos meses de 2025 y en adelante, mientras que el euríbor se situará por debajo del 2% de cara al final de 2025. En cualquier caso, dada la situación de elevada incertidumbre a nivel global, la situación podría cambiar a lo largo de los próximos meses, por lo que continuaremos analizando el mercado para ajustar la previsión del euríbor siempre que sea necesario”, explica la portavoz de Kelisto.es, Estefanía González.

En la misma línea que los expertos de Kelisto.es, otros organismos prevén que el euríbor ronde el 2% a finales de 2025 después de realizar varias revisiones a la baja. Así, desde Funcas lo sitúan en el 2,2%, mientras que Caixabank estima que cerrará el año en el 2,09% y Bankinter, en el 2,1%.

Aunque el euríbor comenzó el año echando el freno a las rebajas que había experimentado en los últimos meses de 2024, lo cierto es que desde febrero ha continuado una senda bajista que podría mantenerse en los próximos meses. De hecho, sus caídas con respecto a los valores del año pasado son cada vez más pronunciadas, lo que sin duda ha traído buenas noticias a quienes tienen una hipoteca variable.

 

 

[Fuente «La Vanguardia»]

 

El Congreso debatirá una proposición para atajar la discriminación residencial con los extranjeros

Los extranjeros que buscan piso en España no solo se topan con una oferta escasa y unos precios de alquiler por las nubes, muchas agencias y propietarios aprovechan su posición de ventaja para aplicar prácticas de racismo inmobiliario que les dificultan el acceso a la vivienda.

 

Sumar, ERC, EH Bildu, Podemos y BNG registraron el pasado miércoles en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley (PNL) para reclamar al Gobierno medidas para atajar la discriminación residencial. Los grupos parlamentarios —en nombre de 47 entidades sociales, encabezadas por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la Federación de Consumidores y Usuarios CECU, Provivienda, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, la Coordinadora de Asociaciones Senegalesas de Cataluña y Red Acoge — exigen, entre otros puntos, regular los requisitos máximos que se pueden pedir para alquilar o comprar una casa, sancionar prácticas de exclusión inmobiliaria o facilitar los procesos denuncia de las víctimas.

El Presidente de la Asociación Rumiñahui, centrada en los derechos de los inmigrantes, Vladimir Pascual Revelo, ha lamentado las “situaciones de extrema vulnerabilidad” que viven niños y las familias del extranjero. En tanto, la diputada de ERC Etna Estrems Fayos, ha señalado que la vivienda es “la emergencia social más importante” del país, y que el racismo inmobiliario le añade una capa más de complejidad a este problema. “Esperamos que el Gobierno, especialmente el Partido Socialista, haga alguna cosa más desde su posición de poder que hacer grandes declaraciones, que es hasta ahora lo único que ha hecho”, ha declarado.

 

 

[Fuente «El País»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Separar la comunidad en subcomunidades»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

En la asamblea de una comunidad tiene un punto que se lleva a debatir en separar la comunidad en subcomunidades y un intercomunidad.

¿Es posible sin la unanimidad o al tocar título constitutivo no se podría sin la unanimidad de todos?.

RESPUESTA:

Es correcto es una modificación de los Estatutos  la  creación de subcomunidaes que  resultan cuando varios propietarios, disponen, en régimen de comunidad, para su uso y disfrute exclusivo, de determinados elementos o servicios comunes dotados de unidad e independencia funcional o económica.

Para que esto sea legal y los estatutos, si existieran, pudieran dejar constancia de la posibilidad de creación de estas subcomunidades, sería necesario que la aprobación de estas se diera en virtud de lo que indica el artículo 17.6 de la LPH:

“Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.” 

Sería necesario a nuestro criterio un acuerdo unánime de la junta general de propietarios actual autorizando esta operación. Pero además debe tenerse en cuenta otra serie de aspectos fundamentales para su creación y funcionamiento y su inscripción en el Registro de la propiedad y cumplir con sus obligaciones de recursos financieros y todos los aspectos necesarios para su funcionamiento.