La modernización en la administración de fincas, una necesidad imperante

En el contexto social y económico actual, es evidente que la tecnología ha revolucionado todos aquellos sectores en los que se ha aplicado cualquier avance digital. Hemos visto el gran impacto social y el potencial económico de algunas novedades presentadas recientemente en el mercado, como la Inteligencia Artificial, por ejemplo.

 

También hemos visto el cambio que ha generado en nuestra vida y en cómo funcionamos otros avances como el vídeo en streaming, un hecho que prácticamente ha sustituido la televisión, o la posibilidad de realizar pagos a través de nuestros teléfonos.

Mientras observamos y nos quedamos fascinados ante estos desarrollos, muchos de los cuales ni nos hubiésemos imaginado hace unos años, hay sectores que se han quedado atrás en la carrera de la evolución. Ejemplo de ello es el sector inmobiliario, una de las industrias más extendidas en el tejido español que ha permanecido prácticamente intacta durante décadas. No ha sido hasta que han entrado en escena empresas con una propuesta disruptiva que este sector no ha dado pasos hacia adelante en su funcionamiento. Del mismo modo, existen otros oficios relacionados con el real estate siguen gestionándose como se ha hecho tradicionalmente, como es el caso de la administración de fincas.

Con un total de un millón y medio de fincas en España, la gestión de las comunidades es una tarea que concierne a una inmensa mayoría de habitantes. Mejorar la eficiencia del sector es una necesidad imperante en un contexto social frenético como el que vivimos. Los propietarios solicitan servicios cada vez más inmediatos y debemos esforzarnos por cubrir esa necesidad.

 

 

[Fuente «Brainsre.new»]

 

 

Cómo detectar a los inquilinos que son morosos profesionales

El moroso profesional es un estafador que se hace pasar por inquilino para obtener un contrato de alquiler y dejar de pagar tras acceder a la vivienda. Se puede detectar a un moroso profesional mediante algunos indicios, como que pague varios meses por adelantado, que entregue documentación incompleta o que insista en dejar lo suministros a nombre del propietario.

 

La morosidad en el alquiler, por desgracia, sigue existiendo en España. El año pasado, los inquilinos dejaron a deber, de media, 7.608,34 euros, según el estudio sobre Morosidad en Arrendamientos Urbanos en España en 2023, elaborado por el Observatorio del Alquiler de la Fundación Alquiler Seguro y la Universidad Rey Juan Carlos, lo que supone un incremento del 0,85% con respecto al año anterior.

Sin embargo, es necesario distinguir entre aquellos arrendatarios que no pueden hacer frente al pago de la renta de forma puntual, por causas como la pérdida de un empleo o un gasto imprevisto, de quienes se dedican de forma profesional a estafar a propietarios para dejar de pagar después de firmar el contrato.

El moroso profesional es un “inquiokupa”, que, en lugar de acceder a una vivienda por la fuerza para su ocupación, como haría un okupa tradicional, lo hace a través de un contrato legal de arrendamiento para, al poco tiempo, dejar de pagar las mensualidades del alquiler. Desalojarlos se convierte en un proceso muy complejo, ya que conocen las artimañas legales demorar en el tiempo su expulsión.

La morosidad no solo supone un perjuicio para el propietario, que deja de percibir unos ingresos con los que contaba mensualmente y que además no puede disponer de su vivienda, sino que va en detrimento del conjunto de la sociedad, ya que desincentiva la oferta y dificulta el acceso a una vivienda.

 

Los 7 tips para detectar a un moroso profesional

Un moroso profesional es un estafador especializado en presentarse como el inquilino ideal. Sin embargo, existen una serie de patrones que se repiten en este tipo de casos y que pueden resultar de gran utilidad para identificarlos.

  1. SIN PROBLEMAS ECONÓMICOS Y CON PRISAS. Cuando un inquilino moroso trata con un propietario insiste en que tiene mucha prisa por entrar en la vivienda cuanto antes, generalmente con excusas como un traslado laboral o la matrícula de un hijo en un colegio. Lo hacen para tratar de que el arrendador se identifique con su situación e intente ayudarles. Además, aseguran que el dinero no es problema, y están dispuestos a pagar lo que corresponda, sin negociar bajadas de precio.

 

 

[Fuente «InmoDiario»]

 

 

Las inmobiliarias anticipan más subidas en los precios de la vivienda en venta y en alquiler

La actividad del mercado de la vivienda en venta y en alquiler experimentará durante el próximo trimestre un repunte de los precios en ambos mercados, según han anticipado las agencias inmobiliarias en una encuesta realizada recientemente.

 

La mayoría de los agentes prevé que aumente la oferta en el mercado de compraventa, pero hay cada vez más profesionales que atisban menos operaciones durante este verano. Mientras, los arrendamientos siguen tensionados, con rentas más altas y menos oferta en el mercado, según ha declarado el portal inmobiliario en su comunicado.

La confianza de las agencias inmobiliarias se ha estabilizado de cara al verano, con un ligero movimiento positivo del Índice de compraventa, de apenas ocho décimas, hasta alcanzar un 68,8 puntos sobre 100, su mejor resultado desde 2019.

Por otro lado, el Índice de alquiler sube un punto y medio (59,7 puntos), lanzado por las previsiones de más aumentos de los precios, aunque vuelve a estar tensionado por la escasez de oferta de viviendas en arrendamiento.

 

El índice de compraventa alcanza su mejor dato

El mercado de la compraventa de viviendas se muestra más robusto que el de alquiler, y alcanza su cuarta subida trimestral consecutiva, por lo que la mayoría de las agencias inmobiliarias atisban más operaciones y captación de producto en los próximos meses.

Un 54% de los profesiones consultados han afirmado que espera captar más viviendas para su venta, el mismo porcentaje que espera concretar más operaciones en los siguientes meses, mientras un 40% declara que los precios seguirán subiendo. Otro 54% espera que los precios se mantengan y solo un 3% cree que los precios bajarán.

 

 

[Fuente «20 Minutos»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Convocar un punto en el orden del día en varias juntas continuadas»

Reproducimos en este post, una de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resuelta esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

Tengo una petición de una propietaria de un Edificio para que se convoque en el orden del día de la Junta General Ordinaria un punto en el que solicita autorización para instalar algún elemento divisorio en los patios de luces.

Este asunto ya se trató como punto del orden del día en la junta del año 2022 y también se comentó algo en ruegos y preguntas del año 2023.

JUNTA AÑO 2022

9.- Vivienda 1º6. Autorización para abrir puerta de acceso al patio de luces. Colocación de una reja en la ventana  existente en el patio. Dicha propuesta es desestimada por amplia mayoría de esta Junta General (todos en contra salvo 7 votos a favor).

JUNTA AÑO 2023

6.- En el apartado de ruegos y preguntas, se establece lo siguiente: La hija de los propietarios de la vivienda 1º6 procede a la lectura de una carta firmada por varios vecinos, en la que solicitan que se convoque en el orden del día de la próxima Junta General, un punto para debatir la posibilidad de instalar en los patios de luces, por seguridad, algún tipo de medidas divisorias entre las viviendas.

La Junta Directiva quiere saber si es obligatorio que se vuelva a convocar en el orden del día de la Junta General Ordinaria de este año, por la petición que nos realizaron en el año 2023.

 

RESPUESTA:

En el art.16.2 segundo párrafo de la LPH estable la obligación del Presidente de incluir en los puntos del orden del día temas propuestos por cualquier propietario que sean de interés para la comunidad, debiendo el o los propietarios solicitantes especificar claramente el asunto a tratar.

Artículo 16. [Régimen de reuniones de la Junta de propietarios y convocatoria] 

  1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación. 
  1. La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no están al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2. 

Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.

 

En este caso al parecer se ha presentado un escrito en que se modifica el motivo por el que se solicita la instalación de elemento divisorio en la medianera es por seguridad y no por mantener la intimidad (como se propuso en el punto anterior).

Otra cuestión es el resultado de la votación, una vez oídos los argumentos de los solicitantes de la medida que exige, en aplicación del art. 17.4, pfo 3º  de la LPH  al menos 3/5 de propietarios y de las cuotas que componen la Comunidad de Propietarios:

Cualquier otra alteración de la estructura o fabrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.