ATV: Presentación telemática de los modelos 600, 620, 650 y 651 en la plataforma de la GVA.

Desde la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) nos informan que ya se encuentra disponible la posibilidad de presentar de forma telemática la autoliquidación después de haber ingresado, en su caso, el correspondiente pago del impuesto de forma presencial en una entidad financiera.

 

Esta posibilidad se recoge respecto a los modelos 600 (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), 620 (compraventa de vehículos), 650 (Sucesiones) y 651 (Donaciones).

Después de haber cumplimentado la autoliquidación con los datos correspondientes, puede acudir a una de las oficinas de las entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria para realizar el ingreso (puede consultar el listado AQUÍ). Una vez realizado el pago, puede presentar telemáticamente la autoliquidación.

El único requisito es que la presentación telemática deberá realizarse pasados dos días del ingreso presencial en la entidad financiera.

 

 

El Euríbor sigue aliviando a los hipotecados al caer al 3,68% en mayo

El Euríbor sigue aliviando a los hipotecados al caer al 3,68% en mayo, desde el 3,703% de abril. El índice de referencia para los préstamos se queda así por debajo de su nivel de hace justo un año, ya que en mayo de 2023 promedió el 3,862%. Es decir, los hipotecados a tipo de interés variable (a 12 meses) que actualicen sus cuotas en junio lo harán con un Euríbor más ‘barato’.

 

También disfrutarán de una rebaja de sus préstamos las familias que revisan sus hipotecas cada 6 meses. En noviembre, el Euríbor se fue de media al 4,022%. La bajada del índice de las hipotecas también facilita el acceso a financiación a las familias que la necesiten actualmente, y, por supuesto, a las empresas.

Sirvan un par de ejemplos para entender mejor el alivio. “Si calculamos cómo quedarán las cuotas de aquellos hipotecados que tengan revisión anual y tomamos como referencia una hipoteca media de 150.000 euros a devolver en 25 años, con un interés de Euríbor más un diferencial del 1%, podemos decir que este dato supondrá una rebaja moderada (cerca de 190 euros al año). Al contrario de lo que ocurre para aquellos que tengan revisión semestral, quienes verán una baja importante en la cuota de su hipoteca (casi 30 euros menos al mes)”,

La caída del Euríbor está anticipando el primer recorte de los tipos de interés oficiales del Banco Central Europeo (BCE) en este ciclo de austeridad que la institución comenzó en julio de 2022 para luchar contra la inflación. En este ciclo (que han ejecutado todos los bancos centrales de las economías occidentales) ha aumentado los tipos de interés del 0% al 4,5% en la eurozona, un máximo que no se alcanzaba desde 2008.

Esta estrategia clásica (u ortodoxa) de la política monetaria intenta combatir las subidas de precios asfixiando la demanda de familias y empresas —o lo que es lo mismo: ahogando la actividad económica en general mediante el encarecimiento del las hipotecas y de las préstamos y la financiación—, sin tener en cuenta que el origen de la crisis de inflación estuvo en la oferta de energía y de otras materias primas. Y, efectivamente, sus consecuencias pueden ser muy agresivas, sobre todo para los más vulnerables, mientras los bancos ganan más y más.

 

 

[Fuente elDiario.es]

 

 

 

 

La escasez de viviendas impulsa el crecimiento del mercado inmobiliario en España

El mercado inmobiliario español muestra señales de resiliencia y oportunidades, pese a los desafíos persistentes. En los últimos meses, las acciones de las principales constructoras han registrado subidas significativas, con Aedas Homes liderando con un 25,62%.

 

Mientras el déficit de viviendas y la cautela del Banco de España destacan los retos, el ajuste en los modelos de negocio de empresas como Metrovacesa y Neinor Homes refleja una adaptación estratégica en un entorno financiero complejo.

En los últimos meses, las acciones de las principales constructoras cotizadas en España han mostrado un notable crecimiento. Metrovacesa ha subido un 12,10%, Neinor Homes un 12,79% y Aedas Homes un 25,62%. Este repunte refleja una resiliencia subyacente en el mercado inmobiliario español, a pesar de las persistentes preocupaciones sobre la oferta y la demanda de viviendas.

Desde la crisis financiera global, el mercado de la vivienda en España ha experimentado una recuperación gradual. Sin embargo, la oferta de viviendas sigue siendo un desafío significativo. El país registró un déficit de alrededor de 350,000 viviendas el año pasado, y aunque los precios de las viviendas se han recuperado, la falta de nuevas construcciones ha frenado el crecimiento del mercado.

Los promotores inmobiliarios se encuentran en una situación complicada. Aunque los precios de las viviendas se mantienen, las transacciones de viviendas nuevas cayeron un 10% el año pasado. Los permisos de construcción están estancados y las finalizaciones también están disminuyendo, lo que ha llevado a un aumento de los precios de las viviendas nuevas a un ritmo doble que el de las viviendas existentes.

A pesar de las dificultades, las empresas como Metrovacesa y Neinor Homes han ajustado sus modelos para priorizar los flujos de caja y los retornos para los accionistas. Metrovacesa ha devuelto más del 40% de su capitalización de mercado en dividendos desde 2019, y Neinor Homes está siguiendo una estrategia similar, con dividendos esperados de 200 millones de euros este año, lo que representa un rendimiento del 25%.

 

 

[Fuente «Estrategias de Inversión»]

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Instalación Aire Acondicionado»

Reproducimos en este post, dos de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resueltas esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

La unidad exterior de un Aire Acondicionado está instalada en la terraza de un primer piso. El vecino del piso bajo, nos indica que esta instalación no cumple la normativa.

No obstante, entendemos que no tiene otra ubicación al no tener sitio habilitado por la comunidad para estos aparatos.

¿Se puede exigir su retirada?

 

RESPUESTA:

En primer hay que confirmar  lo que regula el título constitutivo, Estatutos y Normas de Régimen Interno (si las tuvieran) de la Comunidad de Propietarios. Además de debe comprobarse cómo se regula en las Ordenadas Municipales y, en su caso, en el Plan General Municipal de Ordenación en que pueden regularlo por cuestiones de carácter estético; Acústicos; Seguridad, etc.

Al afectar a un elemento común debería haberse solicitado una autorización a la Comunidad en cumplimiento del art. 7 de la LPH y exige las mayorías de 3/5 del total de propietarios que, a su vez, representen los 3/5 del total de las cuotas de participación (artículo 10.3 b) LPH).

No obstante lo anterior, existen sentencias que exigen la unanimidad de todos los propietarios al sostener que la instalación supone la utilización en exclusiva de elementos comunes (fachada) o la modificación estética del edificio.

La comunidad, cuando se le solicite tal permiso, deberá examinarla con estos criterios de flexibilidad y si no lo aprobase podrá el comunero acudir a los tribunales aduciendo tal interpretación flexible. De igual forma, no es la comunidad o el resto de propietarios quien tiene que acreditar que la maquinaría provoca molestias sino quien la ha instalado no pudiendo sostenerse que la máquina es inocua porque no se ha acreditado que provoque ruidos sino que será quien la ha instalado para apoyar esta posibilidad de ocupación de zonas comunes quien deberá acreditar que no produce molestias a los comuneros o al menos no más molestias que las admisibles de vivir en comunidad.

Por ello es ilegal y no se puede instalar los aparatos en zonas comunes sin tan siquiera solicitar autorización, o intentar un consenso por parte de la comunidad (en este caso del otro comunero), y sostener su legalidad porque no ha articulado prueba el actor que acredite las molestias.

Por todo lo expuesto, se debería por el propietario pedir esa autorización, y explicar la ausencia de otro lugar, y la seguridad, y falta de vibraciones, ruidos o riesgo para los vecinos.

Por otro lado, y siendo Alicante donde se encuentra el edificio sería conveniente que la Comunidad regulara sobre la forma de proceder de los vecinos para su instalación.