El severo desajuste entre oferta y demanda se cronifica en el mercado inmobiliario español

Las medidas a adoptar para paliar el déficit de vivienda, especialmente de nueva construcción, que está disparando los precios ha sido uno de los grandes protagonistas del Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA), celebrado esta semana.

 

El Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA) ha celebrado esta semana su vigésimo quinta edición y, como cada año, ha tratado de dar respuesta a los temas más actuales del sector.

Uno de ellos es el desajuste que existe en el mercado entre la oferta y la demanda de vivienda, de total actualidad una vez que la reforma de la Ley del Suelo ha quedado paralizada al retirarla el Gobierno del debate del Parlamento ante la falta de apoyos.

La oferta de vivienda nueva es insuficiente para cubrir la demanda de vivienda dada la evolución demográfica en España. Por un lado, «los visados de vivienda de obra nueva en los últimos 3 años (2021-2023) se han situado en torno a los 110.000 visados por año», explica Judit Montoriol, economista principal de CaixaBank Research. En cambio, «el aumento neto en el número de hogares ha ido incrementando, pasando de los 65.400 hogares en 2021, 311.100 en 2022 y 265.400 en 2023 (según la EPA)», añade. De este modo, la brecha entre la nueva oferta de vivienda y la creación neta de hogares se ha ido acrecentando en 2022-2023.

El Banco de España, en su informe anual de 2023, estima un déficit (diferencial acumulado entre la creación neta de hogares y la producción de vivienda nueva) de 600.000 viviendas acumulado en 2022-2025. «Es importante remarcar que esta falta de oferta se concentra en determinadas zonas en España: las principales zonas urbanas más dinámicas económicamente y las zonas turísticas», aclara Montoriol. De hecho, esta situación de falta de oferta convive con otra realidad en gran parte del país «que está perdiendo población y donde se encuentran numerosas viviendas vacías.

 

 

[Fuente ABC]

 

Los precios de la vivienda aumentaron el 0,8% con respecto al trimestre precedente

El Colegio de Registradores, en su Estadística Registral Inmobiliaria del primer trimestre de 2024, analiza las tendencias actuales que reflejan el comportamiento de los españoles en la compra de viviendas. Se incluye también un informe de precios medios, adicional al tradicional índice Case & Shiller de precios aplicado a España.

 

El precio medio de la vivienda experimenta un ligero incremento respecto al trimestre anterior, con lo que se acumulan tres trimestres consecutivos de subidas. Los 1.998 €/m² del primer trimestre suponen un aumento del 0,8% respecto al trimestre precedente. Este incremento se debe fundamentalmente al comportamiento de la vivienda nueva, que crece el 3,0%, mientras que la usada desciende el 0,2%. Conviene tener en cuenta que la vivienda nueva apenas representa 2 de cada 10 operaciones y en ocasiones recoge acuerdos de compraventa con una antelación media de dos años, siendo por tanto más representativa la evolución de los precios de la vivienda usada.

Los datos de los últimos doce meses para el conjunto de España, con un comportamiento más estructural, muestran que en el primer trimestre, los 1.984 €/m² de precio medio, han supuesto un incremento interanual acumulado del 1,9%.  Este aumento se debe principalmente a la mayor fuerza de la vivienda nueva (4,1%), mientras que la vivienda usada registra un aumento mucho más moderado (1,1%) en sus precios.

Por CC.AA., en el primer trimestre, los mayores precios medios se localizaron en Madrid (3.344 €/m2), seguido de Baleares (3.325 €/m2), País Vasco (3.031 €/m2), Cataluña (2.463 €/m2) y Canarias (2.212) €/m2. En sentido opuesto, los precios más bajos se registraron en Extremadura (804 €/m2) y Castilla – La Mancha (893 €/m2), únicas comunidades por debajo de los 1.000 euros por m2.

 

Compraventas inscritas

Entre enero y marzo se inscribieron en los registros de la propiedad 151.476 compraventas de vivienda, un repunte del 16,6% sobre el trimestre anterior. Con estos datos, se rompe la tendencia descendente de los tres últimos trimestres y muestra la fortaleza del mercado residencial, en la medida que respecto al mismo trimestre de 2023 la caída fue únicamente del 5,9%.

 

 

[Fuente Registradores.org]

 

 

AYUNTAMIENTO DE MADRID: Listado de viviendas de uso turístico con licencia municipal

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado la lista de todas las viviendas de uso turístico (VUT) que cuentan con licencia municipal.

 

Dada la incidencia que tiene en la vida de las comunidades de propietarios, el Ayuntamiento de Madrid ha publicado, para su consulta, el listado completo de las viviendas de uso turístico, con su ubicación real, que hasta la fecha cuentan con  licencia urbanística.

Para consultar la publicación, puedes ACCEDER desde aquí y, si quieres el listado completo es te es el ACCESO DIRECTO.

Una noticia MUY IMPORTANTE, es que el pasado 26 de abril de 2024, en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid  (VER BOLETIN) el Ayuntamiento anunció que suspendía temporalmente, POR PLAZO DE UN AÑO, AMPLIABLE A OTRO MAS la concesión de licencias para viviendas de uso turístico en dos tipos de usos dentro del ámbito territorial que contempla el Plan Especial de Hospedaje (anillos 1,2 y 3):

1.  En edificaciones cuyo uso existente sea residencial:

  • La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje en parte de la edificación, en cualquier situación dentro del edificio.
  • En los niveles C y D de usos de la Norma Zonal 1, la transformación de local a uso residencial.

2. En edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial:

  • La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje, en la modalidad de viviendas de uso turístico, en planta baja.

En definitiva, para uso residencial, se suspenden las licencias para VUT dispersas y las licencias para la transformación de local a vivienda en los ejes comerciales del distrito de Centro. Se suspenden también las licencias para VUT en edificaciones distintas al ámbito residencial que se sitúen en planta baja.

 

 

Asesoría Jurídica Responde: «Firma electrónica del presidente de la comunidad de propietarios»

Reproducimos en este post, dos de las consultas jurídicas de nuestros asociados, resueltas esta semana por el servicio jurídico de APETI.

 

PREGUNTA:

¿Sirve el certificado digital del presidente de la comunidad para la firma de las actas?

En Hacienda no nos han aceptado un acta porque estaba firmada digitalmente.

 

RESPUESTA:

La firma mediante un certificado electrónico de la persona física que es Presidente sirve igual que la manuscrita. Ya que este tipo de firmas electrónicas ofrecen un grado de veracidad o confianza equivalentes a la firma convencional de puño y letra y justamente por ello, debe aceptarse siempre que corresponda a un certificado cualificado, en la medida que el emisor de los certificados de firma cualificados está sujeto a autorización previa, control y supervisión de la Administración a través del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Parece  más una discusión sobre quién posee la firma digital o que no sea una firma con la cualificación de veracidad necesaria pero debe admitirse salvo que existan pruebas de alguna circunstancia que pongan en duda que la haya puesto la persona que es el presidente.